Ha llegado el momento de entender que una discapacidad no es un impedimento para poder movilizarse. El futuro de la movilidad tiene que ser capaz de atender las necesidades de personas con discapacidad física, psicosocial, cognitiva o sensorial, y garantizar que éstos puedan desarrollarse correctamente en todas sus dimensiones como usuarios activos y valiosos del espacio público.

Medidas de Accesibilidad en el Transporte Público Masivo
Enfoque Regulatorio y Alcance
Considerando los medios de transporte a regular en el reglamento actual, se ha optado por enfocar la regulación en los transportes masivos de pasajeros. Se desestimó incluir otros medios debido a criterios técnicos de expertos en transporte que señalaron una escasa factibilidad de aplicación de ciertas medidas. En este reglamento de transporte, se incorpora únicamente lo referente a acciones realizadas desde la puerta de acceso al medio de transporte y en el interior del mismo.
Perros de Asistencia
Se incorpora explícitamente el acceso, la circulación y la permanencia en los medios de transporte de los perros de asistencia que acompañen a las personas con discapacidad, facilitando así su desplazamiento y autonomía.
Accesibilidad en Buses Interurbanos y Asientos Preferentes
Existe un problema al que se enfrentan las personas con discapacidad al momento de viajar en transporte colectivo: la venta anticipada de pasajes de los asientos de preferencia. En respuesta a esto, se propone que en los buses interurbanos se mantengan los asientos preferenciales, vendiéndolos solo cuando la capacidad total del bus ya esté copada, y que estos asientos sean los más espaciosos. En los servicios de transporte interurbano que contemplen venta anticipada de pasajes, se incorpora la venta de los primeros asientos (reservados para personas con discapacidad) como los últimos en ser vendidos, en la eventualidad que sean requeridos por una persona con discapacidad.

No se establece la obligatoriedad del uso de la credencial de discapacidad, pero se define el concepto de persona con discapacidad y de "persona con discapacidad y movilidad reducida", quienes tienen la preferencia en el uso de los espacios reservados.
Señalización y Conciencia
- Adicionalmente, estos asientos se señalizarán con la leyenda "ASIENTO PREFERENTE PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD" ubicada bajo el símbolo internacional.
- Se incorpora una señal táctil en pasamanos superiores y zonas ubicadas frente a los asientos. Sin embargo, el sistema Braille no se incorpora en este reglamento.
- Se informa que el símbolo internacional es aplicable a diferentes discapacidades.
- Se ha propuesto que en los boletos de pasajeros debería quedar impreso que estos asientos son de preferencia, para así hacer campaña de concienciación, aunque este tema no ha sido incorporado en el Reglamento de Transportes.
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Medidas Específicas para Otros Medios de Transporte
Trenes y Metro
- En los carros que contengan el espacio para pasajeros que viajan en silla de ruedas, las puertas deberán estar debidamente señalizadas con el pictograma que se contiene en el artículo 5 del presente reglamento, aumentadas sus dimensiones en un 50%.
- Se establece una rampa para acceder a los vagones de trenes de un máximo de 15% de inclinación.
- Los asientos preferentes podrán estar distribuidos en todos los carros.
Naves (Marítimas/Fluviales)
Se deben considerar las medidas cuando las naves son pequeñas, donde la posibilidad de transporte para una persona en silla de ruedas puede implicar que esta quede plegada y la persona sentada en la banca junto a los demás usuarios. La idea fundamental es garantizar la mayor autonomía posible para las personas con discapacidad.
Se incorpora que las naves deberán contar con personal capacitado y disponible, de modo de facilitar el acceso y circulación con seguridad y autonomía de los pasajeros con discapacidad y pasajeros con discapacidad con movilidad reducida. Asimismo, dichas naves deberán estar dotadas de elementos que permitan a tales pasajeros el acceso a la nave y la circulación dentro de la misma.
Infraestructura y Personal de Apoyo
Paraderos y Altura de Asientos
El responsable de modificar y construir los paraderos es el SERVIU, y el tema no corresponde normarlo desde el Reglamento de Transportes. Sin embargo, este punto considera la altura de los asientos y establece que no deben estar en lugares que aumenten la altura desde el piso al nivel del asiento mismo. A pesar de esto, en la actualidad ocurre que los asientos están a un nivel superior, lo que hace incluso incómodo el acceso y uso para usuarios sin discapacidad.

Personal Capacitado
Cuando no sea posible implementar ciertas medidas estructurales, por ejemplo, cuando se usan vehículos particulares para prestar traslados de pasajeros, se debe estipular que su conductor, cobrador u otro personal, deberá entregar información de manera adecuada y oportuna sobre la asistencia disponible.
Movilidad Personal y el Rol de las Organizaciones
Nuestra institución está convencida de que el automóvil entrega independencia y facilita el acceso a la educación, el trabajo, la salud, entre otras actividades, además de fomentar el turismo. Precisamente, por más de 85 años, Automóvil Club de Chile ha trabajado incansablemente por ofrecer distintas soluciones que les permitan a los conductores chilenos tener una mejor calidad de vida en sus desplazamientos diarios por las calles y carreteras del país.
El turismo es un pilar estratégico dentro de nuestra organización, y para ello, hemos creado un sinnúmero de productos y servicios que permitan garantizar el bienestar y la seguridad de nuestros automovilistas a lo largo de todo el territorio nacional. Posicionarnos como la entidad número uno en la prestación de servicios al automovilista ha sido un gran desafío. Ha llegado el momento de entender que una discapacidad no es un impedimento para poder conducir y, menos, un problema para optar a la licencia no profesional en Chile ni en otro país.