La educación es un proceso de aprendizaje que nos permite adquirir conocimientos, habilidades, valores y actitudes para desenvolvernos en la sociedad. Los profesores jubilados son aquellos que han cesado su actividad laboral tras una larga trayectoria docente, pero que siguen teniendo vocación y pasión por la enseñanza.
Características de los Profesores Jubilados en la Educación Voluntaria
Algunos de ellos continúan impartiendo clases de forma voluntaria a diferentes colectivos, como inmigrantes, mayores o estudiantes con dificultades de aprendizaje. Las cualidades que los distinguen en esta labor son:
- Experiencia: Los profesores jubilados tienen una amplia experiencia profesional y personal que les permite transmitir sus conocimientos con sabiduría y criterio.
- Motivación: Los profesores jubilados tienen una motivación intrínseca por la enseñanza, ya que no lo hacen por obligación ni por dinero, sino por gusto y por compromiso social.
- Innovación: Los profesores jubilados no se quedan anclados en el pasado, sino que se adaptan a los cambios y a las nuevas demandas educativas.
- Diversidad: Los profesores jubilados atienden a la diversidad de los estudiantes, respetando sus características, necesidades e intereses.
En general, las aulas virtuales y el aprendizaje online son modalidades educativas que ofrecen grandes oportunidades para la Educación del Futuro y para seguir contribuyendo al desarrollo personal y social de los estudiantes y profesores jubilados.

Aspectos Legales de la Jubilación Docente en el Sector Municipal
El artículo 72, letra e) de la ley 19.070, o Estatuto Docente, establece que los docentes que forman parte de una dotación docente del sector municipal, dejarán de pertenecer a ella por obtención de jubilación, pensión o renta vitalicia de un régimen previsional, en relación a las respectivas funciones docentes.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 146 del Decreto Reglamentario Nº 453, de 1991, la causal en comento produce efectos desde la fecha en que la respectiva institución previsional concede la jubilación, pensión o renta vitalicia.
Mediante dictamen N° 1760/90, de 25.03.94 la Dirección del Trabajo, refiriéndose a los profesionales de la educación que se desempeñan en un establecimiento educacional dependiente de una Corporación Municipal, ha dispuesto que para que opere el término de la relación laboral, en virtud de esta causal, es necesario que la jubilación, pensión o renta vitalicia se obtenga en relación al cargo docente que dicho profesional de la educación se encuentra desempeñando en un determinado establecimiento al momento de la concesión de tales beneficios previsionales.
El legislador sólo ha otorgado el beneficio señalado a los docentes que se le pone término al contrato por la causal del artículo 72 letra h) del Estatuto Docente, esto es, por salud irrecuperable o incompatible para el desempeño de la función y no para los que cesan por jubilación, pensión o renta vitalicia.
A su vez, el artículo 72 del mismo Estatuto, en la letra h), fija como causal de término del contrato del personal docente la salud irrecuperable o incompatible con el desempeño de la función en conformidad a lo dispuesto en la ley N° 18.883.
Por su parte, el artículo 149 de la citada ley, Estatuto Administrativo de los Funcionarios Municipales, dispone que si se hubiere declarado irrecuperable la salud de un funcionario, éste deberá retirarse de la municipalidad dentro del plazo de seis meses, contado desde la fecha en que se notifique la resolución por la cual se declare su irrecuperabilidad. A contar de la fecha de notificación y durante el referido plazo de seis meses el funcionario no estará obligado a trabajar y gozará de todas las remuneraciones correspondientes a su empleo, las que serán de cargo de la municipalidad.
El Colegio de Profesores de Chile
¿Qué es el Colegio de Profesores?
El Colegio de Profesores de Chile es la organización nacional de los docentes chilenos. La entidad fue fundada en 1974 y en la actualidad, es la instancia más grande, unitaria y democrática del Magisterio, la que está al servicio de todos los profesores.
El Colegio de Profesores cuenta hoy con más de 60.000 afiliados.
Beneficios y Funcionamiento de la Afiliación
¿Por qué afiliarse al Colegio de Profesores?
Pertenecer al Colegio de Profesores permite contar con la protección y defensa del gremio más importante del país.
¿Quiénes pueden afiliarse y cómo?
La afiliación puede realizarse de forma presencial o por internet.
¿Cuánto se cotiza mensualmente?
- Los profesores activos aportan el 1% del total de sus ingresos como docentes (menos las asignaciones familiares).
- Los profesores jubilados aportan el 0,5% de su pensión.
- Los docentes exonerados o que no trabajan como profesores aportan el 1% de la Remuneración Básica Mínima Nacional.
¿Cómo se paga la cuota social o cotización?
- Los profesores que trabajan en el sector municipalizado deben firmar una autorización para que el o los empleadores le descuenten por planilla el 1%, el que es entregado al Colegio de Profesores a través del banco.
- Los profesores jubilados, cesantes, o que ejerzan libremente la profesión, deben cancelar sus cuotas en Tesorería del Directorio Regional, Provincial o Comunal del Colegio de Profesores respectivo, dentro de los 5 primeros días de cada mes. También pueden adelantar hasta por un año el pago de las cuotas ordinarias.
- Los Profesores jubilados por el I.P.S. ex I.N.P.
¿Cómo se utilizan las cotizaciones?
- 50% para bienestar y cuota mortuoria.
- 50% para financiamiento gremial, que se distribuye de la siguiente forma:
- 10% al Directorio Nacional.
- 10% al Directorio Regional.
- 10% al Directorio Provincial.
Revisión del estado de cotizaciones
Los profesores afiliados al Colegio de Profesores pueden revisar toda la información de sus cotizaciones en la web www.colegiodeprofesores.cl. Para ello, deben pinchar la sección "Acceso Colegiados", y una vez en esta, pinchar la sección "Mi Cuenta Personal".
Beneficios para afiliados: Beca Gabriela Mistral
La Beca Gabriela Mistral es un aporte mensual en dinero para hijos de docentes afiliados al Colegio de Profesores, que estén cursando estudios superiores (de nivel universitario, profesional o técnico), a los que, cumpliendo con los requisitos de postulación, se les asigna la beca por el periodo de un año académico.
Requisitos de postulación a la Beca Gabriela Mistral:
- El profesor o profesora solicitante debe tener una antigüedad mínima de 24 meses de afiliación al Colegio de Profesores, y encontrarse con sus cotizaciones al día.
- El postulante debe ser hijo o hija del profesor o profesora solicitante.
- La beca sólo puede beneficiar a un integrante del grupo familiar.
- La beca se entrega por dos años como máximo.
- El postulante debe ser alumno regular de una universidad estatal, privada, instituto profesional o centro de formación técnica, indistintamente.
Horas de Docencia y Actividades No Lectivas
Distribución de horas
Las horas de docencia de aula no pueden exceder de un 75% de la jornada semanal, mientras que un 25% debe destinarse a actividades curriculares no lectivas. Sin embargo, tratándose de docentes que se desempeñen en JEC (Jornada Escolar Completa), la docencia de aula será de un máximo de 32 horas y 15 minutos.
Beneficio de reducción de horas aula
Se trata de un beneficio contemplado en el Artículo 69 del Estatuto Docente y en el artículo 130 del Reglamento del mismo, a favor de aquellos docentes con 30 o más años de servicio, los que pueden reducir a un máximo de 24 horas cronológicas semanales la docencia de aula efectiva. El beneficio debe solicitarse expresamente por el profesor, para surtir efectos a contar del año siguiente, por regla general.
¿Qué son las actividades curriculares no lectivas?
Son labores educativas complementarias a la función docente de sala, tales como la administración de la educación; actividades anexas o adicionales a la función docente propiamente tal; jefaturas de curso; actividades co-programáticas y culturales; actividades extraescolares; actividades vinculadas con organismos o acciones propias del quehacer escolar; actividades vinculadas con organismos o instituciones del sector que incidan directa o indirectamente en la educación y las análogas que sean establecidas por un decreto del Ministerio de Educación.

Bono Post Laboral
¿Qué es el Bono Post Laboral?
Es un bono mensual de $50.000 (cincuenta mil pesos), reajustables, que busca mejorar las pensiones de los trabajadores del sector público -incluidos los profesores- que tengan una baja tasa de reemplazo en sus jubilaciones. La tasa de reemplazo es el resultado que se obtiene de dividir el monto mensual de la pensión líquida que obtendrá el trabajador por la remuneración líquida promedio que percibe mientras se encuentra activo. Si esta tasa de reemplazo es igual o inferior al 55%, el profesor resulta elegible para postular al Bono Post Laboral.
Compatibilidad con otros beneficios
Sí. El Bono Post Laboral es compatible con las indemnizaciones por años de servicio (por ejemplo, la del artículo 2º transitorio del Estatuto Docente) y con otras bonificaciones por retiro voluntario (Ley Nº 20.158 y Nº 20).
Postulación al Bono Post Laboral
Plazos de postulación
Se debe postular dentro de los 12 meses siguientes al cumplimiento de los 65 años de edad en el caso de los hombres y 60 en el caso de las mujeres.
Es importante considerar:
- Si el trabajador no presenta la solicitud para acceder al bono dentro de los plazos señalados, se entenderá que renuncia a dicho beneficio.
- Situación especial de pensionados por invalidez: Los profesores que tengan pensión por invalidez pueden postular al Bono Post Laboral una vez que cumplan 65 años de edad en el caso de los hombres y 60 en el caso de las mujeres. El plazo de postulación es de un año, contado desde el cumplimiento de las respectivas edades.
La Deuda Histórica de los Docentes en Chile
Origen y significado
Se le denomina Deuda Histórica al perjuicio salarial que sufrieron miles de profesoras y profesores de escuelas públicas durante la dictadura, cuando la administración de los establecimientos fue traspasada desde el Estado a las municipalidades, lo que impidió que los profesionales recibieran el reajuste salarial que estaba contemplado en el Decreto Ley N° 3.551 (Artículo 40), pues este fue desconocido por sus nuevos empleadores. Pero la Deuda Histórica es más que eso.
La Deuda Histórica, por otra parte, es una deuda del Retorno a la Democracia, pues el gremio docente estuvo desde el primer momento luchando por la vuelta del Estado de Derecho a Chile. Pero cuando terminó el autoritarismo en el país, el Estado de Chile no restituyó a miles de docentes un derecho laboral básico: el derecho a percibir su sueldo íntegramente y respetar los derechos salariales adquiridos.
Finalmente, la Deuda Histórica es un desafío para el país: es reparar en alguna medida un daño de décadas infligido particularmente a profesoras, que son la inmensa mayoría del gremio docente. El llamado del Magisterio a Chile es a reparar el perjuicio material que afecta hoy en día, en su abrumadora mayoría, a docentes jubiladas de avanzada edad que durante décadas educaron a muchas generaciones de jóvenes.
Solución Legislativa y Proceso de Postulación
Desde su comienzo, el gobierno del Presidente Gabriel Boric asumió el compromiso de avanzar en una solución concreta y viable para la denominada Deuda Histórica, demanda sostenida durante décadas por miles de docentes a lo largo de todo el país. Por eso, el Ministerio de Educación elaboró un proyecto de ley que fue aprobado por el Congreso con amplia mayoría.
La ley fue promulgada el 31 de enero de 2025 y su publicación en el Diario Oficial fue el 6 de febrero. El 31 de marzo de 2025 inició el proceso para que todas las y los docentes entreguen los antecedentes necesarios para cumplir con los requisitos establecidos en la Ley 21.728, tanto quienes son parte de la nómina de docentes ya identificados como parte del traspaso a la educación municipal, como quienes no se encuentran en esa lista.
Quienes ya ingresaron los antecedentes en la plataforma hasta el 22 de junio pueden revisar el estado de su trámite en el sitio web del Mineduc, ingresando con su RUT y Clave Única.
Las y los docentes que aún no entregan los antecedentes necesarios para cumplir con los requisitos establecidos en la Ley 21.728, pueden aportar esta información hasta el 31 de diciembre de 2026, en el sitio web del Mineduc, ingresando con RUT y Clave Única.
Es importante destacar que la entrega de los antecedentes dentro de los plazos establecidos no asegura el pago del aporte el mismo año. La asignación está sujeta al cumplimiento de los requisitos y los cupos disponibles por año, priorizando a las personas de mayor edad. Para postular al aporte, ingresa al sitio web del Mineduc con tu ClaveÚnica. El sistema te pedirá que completes tus datos personales (región, comuna, dirección, teléfono y correo electrónico para recibir las notificaciones) y de tu cuenta bancaria.
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