Derechos del Adulto Mayor como Inquilino y Empleado

La situación de los adultos mayores, ya sea como inquilinos o empleados, a menudo requiere una atención y protección legal especial. Es fundamental comprender los derechos que los amparan, tanto en sus relaciones laborales como en el acceso y mantenimiento de una vivienda digna. Este artículo aborda las principales disposiciones legales y los recursos disponibles para garantizar el respeto de estos derechos.

Protección Especial para Adultos Mayores como Inquilinos

El arriendo de un inmueble puede presentar desafíos, y el marco legal busca proteger a los adultos mayores en estas circunstancias, reconociéndolos como sujetos de especial protección.

Esquema de subsidio de arriendo para adultos mayores

Subsidios y Apoyos Estatales

Para personas mayores de 60 años o con condición de discapacidad, existe un llamado especial al subsidio de arriendo. Este consiste en un aporte mensual que cubre entre el 90% y el 95% del valor del arriendo. Está destinado a quienes se encuentren en el 70% de vulnerabilidad, según su Registro Social de Hogares (RSH). Para postular, no se debe superar el tramo del 70% de la población más vulnerable de acuerdo con el RSH. Además, junto con los factores de puntaje regulares, se otorgará un puntaje adicional por edad, discapacidad y por tener la calidad de persona cuidadora dentro del núcleo familiar.

Consideraciones en Procesos de Desalojo

El incumplimiento de un contrato de arrendamiento o de las normas de propiedad horizontal puede desencadenar un desalojo. Sin embargo, la ley establece una protección especial para los adultos mayores.

En Colombia, la protección de los derechos de los adultos mayores está firmemente respaldada por la Constitución y varias leyes. Aunque no existe una prohibición absoluta para desalojar a los adultos mayores, el marco legal establece requisitos estrictos para asegurar que cualquier desalojo se realice con el máximo respeto hacia sus derechos fundamentales, y aún más si se trata de personas con una especial protección como lo son los adultos mayores. La Corte Constitucional ha enfatizado que, en el caso de los adultos mayores, el desalojo debe llevarse a cabo con especial cuidado, garantizando alternativas adecuadas y dignas.

Las personas mayores son sujetos de especial protección y tienen derecho a una vivienda digna. El Estado debe garantizar que los adultos mayores tengan los mínimos vitales, pudiendo recurrirse al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio en estos casos para brindar apoyo.

Aspectos clave a considerar antes de un desalojo de un adulto mayor:

  • Análisis jurídico: Verificar la situación legal del desalojo, considerando las leyes y normas aplicables. Es crucial asegurarse de que el desalojo sea legal y esté justificado.
  • Evaluación social: Considerar la situación personal del adulto mayor, incluyendo su estado de salud, condiciones económicas y redes de apoyo.
  • Notificación formal: Informar al adulto mayor sobre el desalojo con suficiente antelación, explicando las razones y el proceso.
  • Comunicación clara: Utilizar un lenguaje claro y accesible, asegurándose de que la notificación se entregue de manera que el adulto mayor pueda entenderla completamente.
  • Reubicación Digna: Ofrecer alternativas de vivienda adecuadas.

El proceso de desalojo puede tomar entre seis meses y un año, dependiendo de cada caso y de la determinación del juez.

Ilustración de casa y una balanza de la justicia

Aspectos Clave del Contrato de Arrendamiento

Formalización y Validez del Contrato

El contrato de arrendamiento puede constar por escrito o ser consensual, es decir, un acuerdo verbal entre las partes. Antes del 30 de junio de 2022, fecha en que se modificó la ley de arrendamiento, no era obligación que el contrato de arriendo fuera firmado ante Notario Público. No obstante, es recomendable que así se haga con anticipación a la fecha en que empezará a regir.

Pago de la Renta

La renta de arrendamiento debe pagarse en la forma que han acordado las partes del contrato. Se recomienda que el pago se haga de una forma en que quede constancia de este, por ejemplo, mediante depósito o transferencia electrónica en una cuenta del arrendador. Si el arrendador se niega a recibir el pago o a otorgar recibo, o cuando no es posible ubicarlo, el arrendatario podrá efectuar el pago mediante depósito en la Tesorería que corresponda a la comuna en que se encuentra ubicado el inmueble. En este caso, el arrendatario debería indicar su nombre y apellidos y el domicilio del arrendador.

Plazo y Terminación del Contrato

Las partes del contrato (arrendador y arrendatario) deben acordar el plazo en que se mantendrá vigente el contrato. Adicionalmente, se podrá renovar su vigencia en forma automática, por el mismo plazo, si así lo han acordado. El desahucio de contrato de arriendo es el acto por el cual una de las partes notifica a la otra la terminación anticipada de un contrato de arrendamiento.

Si usted es el dueño de un inmueble y quiere realizar un desahucio a sus inquilinos, algunas de las razones por las cuales se puede realizar este trámite son: el no pago del canon de arriendo, que residan personas no autorizadas para habitar el inmueble, u otros aspectos, según los términos del contrato.

Proceso Judicial de Restitución del Inmueble

Para poder realizar el desalojo, se tendrá que interponer una demanda donde se debe solicitar al juez la restitución del bien inmueble arrendado, agregando el contrato de arrendamiento y las pruebas del incumplimiento. Usted debe solicitarle a un tribunal civil del lugar en que se ubica el inmueble que lo autorice para tomar nuevamente posesión del inmueble. Si se presenta una demanda por cobro de rentas y consumos domiciliarios adeudados, el tribunal otorgará un plazo de 10 días corridos para que el demandado (arrendatario) pague lo adeudado, más intereses y costas.

Derechos Laborales Fundamentales

Para una persona que desempeña una labor, independientemente de su edad, existen derechos fundamentales que deben ser respetados por su empleador.

El Contrato de Trabajo

La relación laboral debe constar en un documento escrito, llamado contrato de trabajo, que debe contener las condiciones de trabajo acordadas (servicios, remuneraciones, horarios, etc.) con la parte empleadora. Incluso se exige para quienes trabajen solo algunas horas a la semana.

Remuneración y Seguridad Social

La remuneración no puede comprender los alimentos y la habitación, los cuales siempre serán de cargo de la parte empleadora, quien no puede efectuar descuentos por estos conceptos. La parte empleadora debe cubrir a la persona trabajadora por concepto del Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, a través del pago del 0,95% de la remuneración. Este seguro aplica frente a cualquier accidente o enfermedad que sufra a causa o con ocasión del trabajo.

Período de Prueba

Los 15 primeros días de relación laboral se consideran período a prueba, lapso en que, tanto la persona trabajadora como empleadora pueden dar término al contrato, siempre que se avise con tres días de anticipación y se paguen los días trabajados.

Asistencia Legal y Orientación

La Corporación de Asistencia Judicial puede orientar e informar sobre todas las dudas que tengan tanto el arrendatario como el arrendador, para lo cual no es necesario acreditar su situación socioeconómica. No obstante, solo puede otorgar patrocinio (asignar un abogado) a aquellas personas que cumplan con los requisitos de focalización establecidos para acceder a sus servicios, es decir, para determinar su situación socioeconómica. Un abogado puede ser asignado si la defensa es viable jurídicamente o para intentar llegar a un acuerdo con el arrendador/a.

Los derechos de los inquilino y el proceso legal para solicitar un desalojo en California

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