Las personas con discapacidad poseen un conjunto de derechos fundamentales y específicos, cuyo reconocimiento y garantía son esenciales para asegurar su plena inclusión y participación en la sociedad. Estos derechos abarcan diversas áreas como la dignidad, el acceso a la justicia, la educación, la vivienda, la salud y la participación política, entre otros.
Dignidad y Respeto
En el marco de la legislación pertinente, las personas con discapacidad deberán ser tratadas con dignidad y respeto en todo momento. Esto subraya la importancia de una interacción social y legal que reconozca la valía inherente de cada individuo, independientemente de su condición.
Acceso a la Justicia y Ajustes Procesales

El acceso a la justicia es un pilar fundamental para las personas con discapacidad. La Ley 20.422 establece que en los procedimientos judiciales, la vista de la causa podrá suspenderse solo por una vez, siempre que sea a petición del demandante de la primera instancia, independientemente del número de partes en el recurso. Si la solicitud es planteada por quien fuera el demandado en la primera instancia, solo procederá si la Corte de Apelaciones respectiva califica la solicitud como fundada.
Es importante destacar que, en cuanto a la legislación penal y/o procesal, se ha señalado la falta de prohibiciones explícitas a arreglos al margen de la ley de los procedimientos, así como de legislación relativa a ajustes de procedimiento y garantías procesales para la intervención de personas con discapacidad en procesos legales.
Capacidad Legal y Comunicación
El Código Civil, a través de la reforma introducida por la Ley 19.904, modificó las normas sobre capacidad respecto de las personas sordas y sordomudas que pueden "darse a entender claramente" y no necesariamente por "escrito". Esta reforma es crucial para el reconocimiento de diversas formas de comunicación y para la autonomía de estas personas.
Exenciones y Procedimientos Especiales
El Artículo 10 del Código Penal exime de responsabilidad criminal al "loco o demente", a no ser que haya obrado en un intervalo lúcido, y al que, por cualquier causa independiente de su voluntad, se halla privado totalmente de razón. Asimismo, el Artículo 458 del Código Procesal Penal establece los requisitos para la procedencia del procedimiento especial para personas imputadas presumiblemente enajenadas mentales.
Provisión de Ajustes Procesales
Cuando se solicite, la provisión de ajustes procesales se debe realizar en "todos los procedimientos judiciales y administrativos" y debe basarse en la libre elección y preferencia de la persona interesada. Ejemplos de estos ajustes incluyen:
- Interpretación en lenguaje de señas.
- Disponibilidad de información jurídica y judicial en formatos accesibles.
- Medios de comunicación múltiples.
- Versiones de fácil lectura de los documentos.
- Participación en Braille y a distancia, y el testimonio por enlace de vídeo.
- Provisión de tecnologías de asistencia.
- Asistencia personal.
- Flexibilidad procesal para dar cabida a requisitos específicos de participación, como el cambio de sede de un tribunal.
- Posibilidad de que los intérpretes de lenguaje de señas participen en debates confidenciales con jurado.
- Ampliación o el ajuste de los plazos procesales y otras formalidades.
PLAN INDIVIDUAL DE AJUSTES RAZONABLES - PIAR
Programas de Acceso a la Justicia
El programa "Acceso a la Justicia para personas con Discapacidad" se desarrolla en colaboración con las Corporaciones de Asistencia Judicial (CAJ) de todo el país, buscando facilitar estos ajustes y apoyos.
Otros Derechos Fundamentales
Reconocimiento de la Discapacidad
La persona con discapacidad tiene derecho a ser evaluada médicamente, tanto en el sector público como en el privado, para obtener la calificación oficial de la discapacidad. Este reconocimiento es la puerta de entrada a muchos otros derechos y beneficios.
Subsidio de Vivienda
Existen subsidios especiales del Ministerio de Vivienda para adquirir viviendas que serán permanentemente habitadas por personas con discapacidad, facilitando el acceso a un hogar adecuado y accesible.
Votar sin Presiones
Existen sanciones penales para quienes impidan, obstaculicen o dificulten maliciosamente el voto de un elector con discapacidad, garantizando el derecho a la participación política sin coacciones.
Accesibilidad en Edificios

Los usuarios de sillas de ruedas tienen derecho al fácil acceso y tránsito en edificios de uso público o que presten servicios a la comunidad, lo que implica adaptaciones en infraestructura para asegurar la movilidad.
Inclusión Educativa
Las personas con discapacidad tienen derecho a acceder a los establecimientos públicos y privados de enseñanza regular o de educación especial que reciban subvenciones del Estado. Los establecimientos de educación parvularia, básica y media, deben tener planes para alumnos con necesidades especiales. Además, los establecimientos de enseñanza regular deben implementar adecuaciones de currículum, infraestructura y materiales de apoyo para permitir el acceso de personas con discapacidad, promoviendo una educación inclusiva.
Reconocimiento de Lengua de Señas
El Estado de Chile reconoce la lengua de señas como medio de comunicación natural de la comunidad sorda, lo cual es vital para su comunicación y participación plena en la sociedad.
Prevención y Rehabilitación
Las personas con discapacidad tienen derecho a acceder a programas estatales o a prestaciones en la salud pública destinadas a su rehabilitación, fomentando su bienestar y desarrollo.
Resguardo de Ficha Clínica
Las personas con discapacidad psíquica o intelectual tienen derecho a que se resguarde la reserva de su ficha clínica, garantizando la privacidad de su información médica.
Contratos de Aprendizaje
Las personas con discapacidad tienen derecho a celebrar el contrato de aprendizaje contemplado en el Código del Trabajo, sin limitación de edad, lo que favorece su integración laboral.