El Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia y sus programas

El sistema de protección de la niñez y adolescencia en Chile ha experimentado una importante transformación con la creación del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, sucesor del antiguo Servicio Nacional de Menores (Sename). Este nuevo organismo público descentralizado, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, tiene como misión garantizar la protección especializada de niños, niñas y adolescentes que se encuentran gravemente amenazados o vulnerados en sus derechos. Su labor es supervisada por la Presidencia de la República a través del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, el cual asegura el cumplimiento de las normativas que rigen su funcionamiento y el de sus colaboradores acreditados.

Esquema de la estructura del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia en Chile

Objeto y Principios Rectores del Nuevo Servicio

El objeto primordial del Servicio es asegurar la provisión y ejecución de programas especializados diseñados para abordar casos de mediana y alta complejidad en la protección de niños, niñas y adolescentes (NNA). Dentro de su competencia y atribuciones, el Servicio debe garantizar el pleno respeto a los NNA como sujetos de derechos de especial protección. Esto incluye el acatamiento de sus derechos fundamentales reconocidos en la Constitución Política de la República, la Convención sobre los Derechos del Niño y los demás tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Chile y vigentes.

La actuación del Servicio se enmarca en la Política Nacional de Niñez y Adolescencia y su Plan de Acción, garantizando el derecho de acceso a la justicia de forma independiente. Sus funciones se ejercerán con un enfoque de derechos, en concordancia con la dignidad humana de cada NNA.

Entre los principios rectores que guían la labor del Servicio se encuentran:

  • El interés superior del niño, niña o adolescente.
  • La igualdad y no discriminación arbitraria.
  • La autonomía progresiva.
  • La perspectiva de género.
  • La inclusión.
  • La protección social.
  • La participación efectiva.

Operación y Estructura Organizacional

Para asegurar las prestaciones, el Servicio proveerá la oferta pública en todas las regiones del país, ya sea directamente o a través de terceros. En casos de daño a NNA por falta de servicio, la indemnización por daño moral será fijada por un juez, considerando la gravedad del perjuicio y la modificación de las condiciones de existencia del afectado.

Sujetos de Atención

La acción del Servicio se dirige principalmente a niños, niñas y adolescentes. Sin embargo, seguirán siendo sujetos de atención quienes tengan dieciocho años o más, siempre que se encuentren bajo cuidado alternativo y cursando estudios, hasta el 31 de diciembre del año en que cumplan veinticuatro años.

Dirección y Fiscalización

El Servicio es dirigido por un Director o Directora Nacional, cuyo nombramiento es por cinco años y puede renovarse una sola vez. Además, contará con direcciones regionales en cada región del país. Tanto el Director Nacional como los directores regionales son nombrados mediante el Sistema de Alta Dirección Pública.

Una unidad de fiscalización será la encargada de supervisar y fiscalizar los programas y la labor de los colaboradores acreditados, aplicando sanciones en los casos calificados de incumplimiento. Asimismo, el Servicio cuenta con un Consejo de Expertos, conformado por cinco miembros con reconocida trayectoria y experiencia en áreas ligadas a la niñez, que duran tres años en su cargo con posibilidad de una única renovación.

Funciones y Programas de Protección Especializada

El Servicio tiene diversas funciones para cumplir su mandato, incluyendo:

  • Elaborar la normativa técnica y administrativa para cada programa de protección especializada.
  • Colaborar con órganos del Estado y requerir/entregar información pertinente.
  • Generar procedimientos para recabar periódicamente la opinión de los NNA sujetos de atención y sus familias.
  • Velar por el respeto de los derechos humanos y las disposiciones legales en protección especializada.
  • Diseñar y desarrollar políticas, programas y actividades de capacitación periódica.
  • Solicitar información a cualquier órgano del Estado para el cumplimiento de sus funciones.
  • Ejercer acciones para la recuperación de recursos utilizados en contravención de la normativa.
  • Ejercer todas las demás funciones que la ley le encomiende.

Los NNA sujetos de atención del Servicio, y sus familias, deberán ser atendidos prioritariamente en el marco de los programas vigentes en los órganos de la Administración del Estado.

Diseño de Programas

Los programas de protección especializada deberán diseñarse en base a evidencia técnica y territorial, a evaluaciones previas realizadas por el Servicio o terceros, y atendiendo a las evaluaciones del Ministerio de Desarrollo Social y Familia u otros organismos estatales competentes.

Líneas de Acción o Modalidades de Atención Especializada

El Servicio contempla varias líneas de acción para la atención especializada:

  • Diagnóstico clínico especializado y seguimiento de casos, y pericia: Programas encargados de evaluar y realizar peritajes a NNA que podrían estar sufriendo una vulneración de sus derechos.
  • Intervenciones ambulatorias de reparación: Servicios que buscan reparar el daño sufrido por NNA a través de tratamientos y apoyos.
  • Fortalecimiento y vinculación: Acciones destinadas a fortalecer los lazos familiares y sociales.
  • Cuidado alternativo: Medidas que proveen un entorno de cuidado cuando el NNA no puede permanecer con su familia de origen.
  • Adopción: Toda actividad tendiente a procurar al NNA una familia que le brinde afecto y los cuidados necesarios para satisfacer sus necesidades vinculares y materiales, cuando esto no sea posible con su familia de origen, conforme a la normativa vigente.

Los NNA respecto de quienes se determine una medida de protección serán derivados a estos programas de protección especializada por los tribunales o las Oficinas Locales de la Niñez, según corresponda.

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La Red de Colaboradores Acreditados

El Servicio mantiene y administra un registro de los colaboradores acreditados, que debe estar disponible en su página web y actualizarse anualmente. Solo personas jurídicas que hayan implementado modelos de organización, administración y supervisión para prevenir delitos que afecten la vida, salud, integridad, libertad e indemnidad sexual de NNA, así como el correcto uso de recursos públicos, podrán ser colaboradores acreditados.

Las infracciones graves o gravísimas cometidas por los colaboradores pueden llevar a sanciones, incluyendo el término de la acreditación. Se considera infracción gravísima la ocurrencia de delitos que afecten la vida, salud, integridad, libertad e indemnidad sexual de NNA o el uso incorrecto de recursos públicos.

Con la entrada en vigencia del nuevo Servicio, todos los colaboradores deberán volver a acreditarse bajo requisitos más altos y exigentes que los previos al Sename.

Programas de Justicia Juvenil y Otras Iniciativas

En el área de Justicia Juvenil, el Servicio Nacional de Menores (Sename) tuvo a su cargo la supervisión de programas ejecutados por organismos colaboradores. Existen diversos tipos de programas según la sanción impuesta a los adolescentes infractores de la ley, que pueden ser privativas o no privativas de libertad. Dentro de las primeras, los centros pueden ser provisorios, cerrados o semicerrados.

Medidas Cautelares y Sanciones

  • Medida Cautelar Ambulatoria (MCA): Asegura los fines del procedimiento penal, favoreciendo la participación del adolescente imputado en la investigación y actuaciones judiciales.
  • Internación Provisoria: Medida cautelar excepcional de privación de libertad, ejecutada en centros de internación provisoria (CIP), decretada por el juez a solicitud del fiscal o querellante.
  • Servicios en Beneficio de la Comunidad y Reparación del Daño (SBC y RD): Cumplimiento de actividades de servicio no remuneradas a favor de la colectividad o víctimas, o restitución de daño causado.
  • Libertad Asistida (PLA): Ingreso a un programa ambulatorio con intervención personalizada, que requiere la asistencia a actividades educativas, terapéuticas y escolares.
  • Libertad Asistida Especial (PLE): Intervención ambulatoria intensiva controlada por un delegado, basada en un plan de integración social aprobado por el tribunal.
  • Régimen Cerrado con Programa de Reinserción Social (CRC): Ejecutado en centros de régimen cerrado, la participación en este programa puede ser una condición para la suspensión condicional del procedimiento o acuerdos reparatorios.

El Programa 24 Horas

Diseñado en 2009 e implementado en 2010, el Programa 24 Horas es una iniciativa intersectorial entre la Subsecretaría de Carabineros, el Sename (entonces dependiente del Ministerio de Justicia) y la Subsecretaría de Prevención del Delito. Su objetivo general es contribuir a la superación de situaciones de vulneración y/o a la interrupción de conductas transgresoras en NNA derivados del Programa de Seguridad Integrada PSI 24 Horas.

Este programa, que en el pasado financió 56 proyectos en 8 comunas, se ha ampliado a otras como Arica, Iquique, Alto Hospicio, Antofagasta, Calama, Copiapó, Coquimbo, Valparaíso, Viña del Mar, Rancagua, Talca, Los Ángeles, Temuco y Puerto Montt. Se caracteriza por su focalización barrial o comunal, complementariedad con otras intervenciones y una fuerte gestión territorial, con oficinas cofinanciadas entre el Servicio y municipios u otros actores locales.

Oficinas Locales de Niñez (OLN)

Las Oficinas Locales de Niñez son propuestas de oficinas con enfoque local que han iniciado como pilotos. Se conforman mediante convenio entre los municipios y la Subsecretaría de la Niñez, con la misión de administrar un sistema de alerta temprana para detectar riesgos de vulneración de derechos, coordinar la oferta de niñez en el territorio y promover los derechos de NNA.

Subsistema de Protección a la Infancia Chile Crece Contigo

Este subsistema se enfoca en el desarrollo de niños y niñas entre 0 y 9 años, el cuidado durante el embarazo y el acompañamiento a padres/cuidadores. La línea telefónica de Fundación Integra, parte de este subsistema, ofrece consultas sobre crianza.

Programas de Representación Jurídica

Existen programas específicos que trabajan en la representación legal de NNA. Un ejemplo es el programa del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, iniciado en 2017 como piloto y extendido a varias regiones, cuyo principal objetivo es representar jurídicamente a NNA en residencias del Sename, ejecutado por las Corporaciones de Asistencia Judicial (CAJ).

Representación de un abogado explicando derechos a un menor

Desafíos y Conflictos de Interés en la Ejecución de Programas bajo SENAME

La Ley 21.140, promulgada en 2019, prohíbe explícitamente que una misma institución colaboradora ejecute programas de diagnóstico y, al mismo tiempo, programas de protección. Esta normativa busca evitar el incremento artificial del número de niños enviados a un programa de protección solo para aumentar los pagos, ya que se entrega una subvención por cada menor atendido.

Sin embargo, informes periodísticos revelaron que de las ocho instituciones que realizaban diagnósticos bajo el Sename, al menos cuatro tenían en sus directorios a personas que se repetían en cargos de otras entidades que ejecutaban programas de protección. Esta situación fue calificada como "gravísima" por expertos y juezas de Familia, señalando una infracción al espíritu de la ley.

Casos Reportados de Conflicto de Interés

La información sobre la reiteración de nombres se obtuvo al comparar las nóminas de directores de instituciones que se adjudicaron programas de Diagnóstico Ambulatorio (DAM). Los programas DAM son esenciales para evaluar y realizar peritajes a NNA vulnerados.

  • En la Región Metropolitana, Fundación Pares (inscrita en septiembre de 2019) se adjudicó 16 de 17 programas DAM, y otros siete en otras zonas del país. Se señaló su vinculación con Corporación Acogida.
  • La Fundación Prodere (creada en 2017) se adjudicó nueve programas DAM a nivel nacional. Su presidenta, Marina Bustos, también era directora ejecutiva de Corporación Prodel.
  • La Fundación Trabajo con Sentido (inscrita en diciembre de 2019) ganó cinco programas DAM. Su presidente, Jorge Ormeño, ejercía como secretario en León Bloy.
  • La Fundación Cordefam (inscrita en noviembre de 2019) se adjudicó un programa DAM. Su presidenta, Priscilla Sabando, era también directora de un programa Ambulatorio Intensivo Adolescente de Corfal.

Ante estas revelaciones, las fundaciones tuvieron respuestas variadas. Algunas negaron los vínculos o argumentaron que la ley las obligaba a presentarse en proyectos paralelos a través de fundaciones distintas, o que la normativa no prohíbe la creación de organismos diferentes. Sin embargo, jueces y abogados sostuvieron que la ley no deja espacio a la interpretación y que tales situaciones podrían dar lugar a acciones legales.

Desde el Sename, la explicación fue que solo fiscalizaban que una misma institución acreditada no desarrollara ambas líneas de acción directamente, sin ahondar en la composición de los directorios de entidades vinculadas. Estas deficiencias resaltaron la necesidad de una fiscalización más rigurosa y transparente en la red de colaboradores.

Las expectativas para el nuevo Servicio de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, que entró en vigencia el 1 de octubre de 2021, son altas. Se espera que los requisitos de acreditación para los colaboradores sean mucho más exigentes, buscando subsanar los problemas y desafíos heredados del sistema anterior, para garantizar una protección efectiva y sin conflictos de interés para los niños, niñas y adolescentes de Chile.

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