En la región de América Latina y el Caribe, un significativo debate sobre el bienestar de las personas mayores ha sido impulsado por dos realidades convergentes. Por un lado, se observa un progresivo aumento de la población de personas mayores; por otro, existe una considerable dispersión jurídica en cuanto a las obligaciones de los Estados para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de este grupo.
Según proyecciones de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), se estima que entre los años 2010 y 2030, la cantidad de personas mayores en esta región se duplicará, pasando de 58,57 millones a 119,67 millones. Para el año 2050, esta cifra podría alcanzar los 195,87 millones.

Antecedentes y Creación de la Convención
El camino hacia la protección integral de los derechos de las personas mayores a nivel internacional comenzó con la aprobación de los Principios de las Naciones Unidas en favor de las Personas de Edad en 1991. A partir de ese momento, se inició un proceso que se extendió por casi dos décadas, enfocado en la elaboración de instrumentos declarativos y no vinculantes relacionados con el envejecimiento y los derechos de las personas mayores.
En este marco, tras seis años de intensas negociaciones, la Organización de los Estados Americanos (OEA) aprobó en 2015 la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores. Este instrumento se convirtió en el único a nivel interamericano y el primero a nivel internacional en cubrir la amplia gama de derechos de las personas mayores, abarcando desde los derechos civiles y políticos hasta los económicos, sociales y culturales.
Objeto y Características Clave de la Convención
El objetivo primordial de la Convención, reconocida como el primer instrumento jurídicamente vinculante del mundo en esta materia, es promover, proteger y asegurar el reconocimiento y el pleno goce y ejercicio, en condiciones de igualdad, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales de la persona mayor. Esto busca contribuir a su plena inclusión, integración y participación activa en la sociedad.
La Convención enfatiza que «la persona mayor tiene los mismos derechos humanos y libertades fundamentales que otras personas, y que estos derechos, incluido el de no verse sometida a discriminación fundada en la edad ni a ningún tipo de violencia, dimanan de la dignidad y la igualdad que son inherentes a todo ser humano». Es notable que esta Convención es una de las más holísticas a nivel global, pues abarca prácticamente todos los aspectos de la vida de las personas mayores.
Definición de Persona Mayor
Entre sus aportes, la Convención ofrece una definición jurídicamente vinculante de «persona mayor». Para la Convención, una persona mayor es aquella que tiene 60 años o más, salvo que la ley interna de cada Estado Parte determine una edad diferente. En estos casos, se establece que la edad base no debe ser superior a los 65 años.
Principios Fundamentales y Derechos Protegidos
La Convención establece la obligación para los Estados Parte de proteger los derechos humanos y libertades fundamentales de la persona mayor. Un principio central es la igualdad y no discriminación por razones de edad.
Entre los derechos clave protegidos por este instrumento se encuentran:
- Derecho a dar consentimiento libre e informado en el ámbito de la salud.
- Derecho a la seguridad social.
- Derecho al trabajo.
- Derecho a la educación.
- Derecho a la cultura.
- Derecho a la propiedad.
- Derechos políticos.
- Acceso a la justicia.
- Igual reconocimiento como persona ante la ley.
Aprobación y Entrada en Vigor
La Convención fue aprobada el 15 de junio de 2015 por los Estados Miembros de la OEA durante su Asamblea General. Inmediatamente después de su aprobación, fue firmada por los Gobiernos de Argentina, Bolivia (Estado Plurinacional de), Brasil, Chile, Costa Rica, Ecuador, El Salvador y Uruguay en la sede principal del organismo hemisférico en Washington, D.C.
Un hito crucial fue su entrada en vigencia el 13 de diciembre de 2016, fecha en que Costa Rica depositó el instrumento en la OEA, consolidando su carácter vinculante.

Implementación y Desafíos Futuros
Para que los derechos consagrados en la Convención se traduzcan en un goce cotidiano para las personas mayores, es vital fomentar la creación de espacios y acciones de coordinación entre el sector público, el sector privado y la sociedad civil, entre otros actores.
Asimismo, el fortalecimiento de las vinculaciones entre las políticas sociales dirigidas a este grupo, incluyendo las políticas de protección social, vivienda y salud, representa la mejor vía para asegurar que las personas mayores puedan vivir una vida digna y libre de discriminación.
Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores
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