En determinadas circunstancias, es posible que una persona deba cobrar la pensión o el beneficio de otra. Esto puede ocurrir por diversas razones, como la imposibilidad del titular de realizar el trámite por sí mismo. A continuación, se detallan los requisitos y procedimientos para poder acceder a este tipo de gestiones.
Derecho a percibir pensiones de terceros
Existen dos grupos principales de personas que pueden tener derecho a solicitar o percibir una pensión o beneficio en nombre de otra persona:
Beneficiarios de la Pensión Básica Solidaria (PBS)
Las mujeres y hombres de 65 años de edad o que hayan sido declarados con invalidez por las Comisiones Médicas, y que no hayan cotizado en una administradora de fondos de pensiones (AFP) ni tengan pensión en algún régimen previsional, pueden solicitar una PBS. Esta pensión se financia completamente con recursos fiscales.
Adicionalmente, pueden solicitar una PBS los pensionados y pensionadas por gracia, exonerados y exonerados políticos, beneficiarios por la Ley Rettig y la Ley Valech. Estas personas, además de su pensión actual, pueden percibir otra de alguno de los regímenes administrados por el Instituto de Previsión Social (IPS) o AFP.

Gestión de poderes y apoderamientos
Es posible renovar (prorrogar) y anular (revocar) un poder para que otra persona pueda cobrar un beneficio o pensión. Para ello, se deben seguir ciertos procedimientos:
Opciones para la gestión de poderes
- Solicitar una videoatención en ChileAtiende: En esta modalidad, el apoderado o apoderada debe estar conectado a la videollamada junto con el solicitante, aunque puedan estar en lugares distintos.
- Acudir a una sucursal ChileAtiende: Tanto el titular como el apoderado o apoderada deben presentarse juntos, portando su cédula de identidad.
- Autorización en línea: La persona beneficiaria o pensionada puede contactar a ChileAtiende a través de su sitio web para solicitar la autorización para cambiar o establecer a un nuevo apoderado o apoderada. Este trámite será canalizado por un asistente social.
Es importante destacar que, si se recibe la Pensión Garantizada Universal (PGU) y se tiene una pensión pagada por una AFP o compañía de seguros, el trámite de renovación del poder debe realizarse directamente en estas entidades, ya que el IPS solo autoriza el poder en estos casos.
Requisitos y consideraciones especiales
Todo acto de poder o apoderamiento, independientemente de su forma, debe ser especial y específico. La regla general es que el poder debe ser otorgado ante notario público (por escritura pública o privada) o ante un oficial del Registro Civil en comunas donde no exista notaría.
Excepcionalmente, por falta de conectividad, movilidad u otra imposibilidad justificada, las personas pueden solicitar autorización de poder directamente en el IPS. En estos casos, un asistente social del IPS analizará el caso y los antecedentes entregados, emitiendo un informe social. Se realizará una constatación de los antecedentes, la voluntad y el entendimiento de la persona beneficiaria para proceder a la autorización del poder.

Casos de incapacidad para manifestar voluntad
En situaciones donde los titulares de derechos previsionales no puedan manifestar su voluntad y/o entendimiento por cualquier causa, deben hacerse representar por un curador judicial. Sin embargo, se contemplan autorizaciones especiales y transitorias para casos de postración u otras situaciones similares, debidamente informadas por un asistente social a través de una entrevista personal (presencial o remota) y/o visita domiciliaria, si fuera necesario, previa calificación del IPS.
Cobro presencial excepcional
En casos de imposibilidad justificada para movilizarse (hospitalizado, postrado, etc.), un asistente social de ChileAtiende puede realizar una entrevista para conocer el caso. Si se cumplen los requisitos, se entregará una autorización para que el beneficiario pueda cobrar su beneficio o pensión de forma presencial en la Caja Los Héroes (por única vez).
Si tienes dudas sobre estos trámites, puedes llamar al call center ChileAtiende 101 o al +56 4 4236 20 00 (si te encuentras en el extranjero).