Guía sobre el empleo para adultos mayores y normativas previsionales

El acceso al mercado laboral para los adultos mayores implica comprender diversas normativas legales y previsionales que rigen en el país. A continuación, se detallan los aspectos clave sobre la obligatoriedad de cotizar, el impacto en las pensiones solidarias y los requisitos para las empresas contratantes.

Obligaciones previsionales para trabajadores mayores

Una de las consultas más frecuentes realizada por los trabajadores que han cumplido la edad legal de jubilación (65 años en hombres y 60 años en mujeres) es si están obligados a seguir cotizando en la AFP a la cual se encuentran afiliados. Según lo señalado en el artículo 69, inciso primero del D.L., los hombres mayores de 65 años y las mujeres mayores de 60 años que no se han pensionado deben cotizar en su AFP correspondiente.

Por otro lado, los trabajadores pensionados o jubilados de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (CAPREDENA), de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (DIPRECA), o de cualquier otro régimen que conforme el antiguo sistema previsional, que continúan laborando de forma dependiente en el sector privado, están exentos de cotizar a una AFP. Esta exención se aplica independientemente de su edad, salvo que manifiesten por escrito al empleador, con copia a la AFP respectiva, su voluntad de hacerlo.

Esquema sobre la obligatoriedad de cotización en AFP según el régimen previsional y la edad del trabajador.

Impacto del trabajo remunerado en el Pilar Solidario

Es común la duda sobre si un beneficiario del Pilar Solidario pierde sus beneficios al obtener un empleo. La situación varía según el tipo de beneficio:

  • Pensión Básica Solidaria de Invalidez o Aporte Previsional Solidario de Invalidez: La persona mantendrá el 100% de su beneficio siempre que el sueldo recibido no sea mayor a un Ingreso Mínimo Mensual. Si el sueldo es superior a un Ingreso Mínimo, pero menor a dos ingresos mínimos, se perderá una parte del beneficio, pero solo después de dos años de percibir dicho salario.
  • Seguro de Cesantía: Existen regulaciones específicas que definen quiénes están excluidos de cotizar en este seguro, lo cual debe ser consultado según el contrato vigente.

Requisitos para las empresas contratantes

Para aquellos empleadores que deseen contratar adultos mayores a través de programas de fomento o subsidios, existen normativas estrictas de cumplimiento:

  • Registro obligatorio: Las empresas deberán estar inscritas en el Registro de Entidades Receptoras de Fondos Públicos del SENCE (receptores.sence.cl), conforme a la Ley Nº19.862 y su reglamento.
  • Situación laboral y previsional: Quedan excluidas las empresas que, al momento de su postulación, registren multas o deudas pendientes de pago por infracciones a las obligaciones laborales o previsionales, según lo reporte el webservice de la Dirección del Trabajo.
  • Capacitación: En los programas asociados, la capacitación para los trabajadores es de carácter optativo.
Infografía sobre los pasos legales que debe seguir una empresa para contratar adultos mayores bajo subsidios estatales.

Oportunidades laborales para adultos mayores

El mercado laboral ofrece diversas vacantes orientadas a la experiencia y el cuidado. Actualmente, existen búsquedas activas para roles específicos como cuidador o cuidadora de personas con discapacidad en residencias, un área que requiere compromiso y vocación, especialmente durante periodos de alta demanda como las vacaciones de invierno o en comunas específicas como Recoleta.

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