La atención preferente es un mecanismo esencial para garantizar la inclusión y el acceso equitativo a servicios para personas con discapacidad y aquellos que les brindan apoyo constante. Esta información detalla las iniciativas y herramientas disponibles para facilitar esta prioridad en la atención.
La Atención Preferente: Un Derecho Fundamental
La búsqueda de una sociedad más inclusiva impulsa diversas iniciativas destinadas a garantizar el acceso facilitado a bienes y servicios para personas con discapacidad. Estas medidas buscan reconocer y responder a las necesidades particulares de este segmento de la población.
Iniciativa Legislativa para la Prioridad de Atención
Un proyecto de ley busca modificar la ley N° 20.422 con el objetivo de otorgar prioridad a personas con discapacidad en la atención de servicios públicos. Esta propuesta, respaldada por senadores, ha sido remitida a tercer trámite legislativo para su análisis. La iniciativa fue analizada en detalle por los integrantes de la Comisión del Adulto Mayor y Discapacidad.
Según el senador David Sandoval, integrante de dicha instancia, la idea es entregar atención preferente en todos los recintos públicos y privados a todas las personas que tengan el carné que acredite discapacidad. Se estima que el 17% de la población de 2 años o más en Chile, lo que equivale a más de 3.2 millones de personas, tiene alguna discapacidad.
El proyecto aprobado indica que las personas que cuenten con credencial o certificado de discapacidad vigente emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación, y sus cuidadores o cuidadoras que cuenten con el certificado del Registro Nacional de Discapacidad, tendrán derecho a ser atendidas preferente y oportunamente en todas las instituciones públicas y privadas que brinden atención al público. Esto incluye una posterior asignación prioritaria para la realización de exámenes o procedimientos médicos más complejos, así como la indicación y entrega de medicamentos.

Credencial de Persona Cuidadora: Acceso Preferente y Reconocimiento
El Sistema Nacional de Apoyos y Cuidados “Chile Cuida” está en proceso de diseño e implementación, y la Credencial de Persona Cuidadora es una de las herramientas clave para reconocer y visibilizar la labor de quienes dedican su tiempo al cuidado no remunerado.
¿Qué es una Persona Cuidadora?
Son las personas mayores de 18 años que dedican su tiempo a labores de cuidado no remunerado, es decir, que entregan asistencia permanente sin remuneración a:
- Personas con discapacidad.
- Personas con dependencia funcional moderada o severa.
- Personas con necesidades educativas especiales permanentes que forman parte del Programa de Integración Escolar (PIE).
- Personas que están matriculadas en un establecimiento de educación especial.
Se distinguen dos tipos de cuidadores:
- Persona cuidadora principal: Quienes destinan el mayor número de horas al día a entregar asistencia de cuidados o apoyo permanente a personas que requieren cuidados.
- Persona cuidadora secundaria: Quienes destinan menos horas al día, en relación con la cuidadora principal, a entregar asistencia de cuidados o apoyo permanente a personas que requieren cuidados.
Requisitos para Obtener la Credencial
Para ser reconocida como persona cuidadora y obtener tu credencial, es fundamental cumplir con ciertos requisitos:
- Registro Social de Hogares (RSH): El primer requisito es que tanto la persona cuidadora como quien requiere cuidados tengan Registro Social de Hogares (RSH).
- Condición de la persona cuidada: Es necesario que la persona que requiere cuidados se encuentre en alguno de los siguientes registros administrativos o condiciones:
- Registro Nacional de Discapacidad.
- Programa de Integración Escolar (PIE) permanente.
- Matrícula en establecimiento educacional especial.
- Dependencia moderada, severa o profunda en el módulo de salud del Registro Social de Hogares.
- Evaluación de necesidades educativas especiales: La evaluación para determinar las necesidades educativas especiales es realizada por los centros educativos, y la información es entregada por el Ministerio de Educación al Ministerio de Desarrollo Social y Familia.
Proceso de Registro y Validación
Para registrarte como persona cuidadora, debes ingresar a tu Registro Social de Hogares a través de la Ventanilla Única Social (VUS) en el sitio web www.ventanillaunicasocial.gob.cl. Allí, en tus datos complementarios, debes ingresar al módulo de Cuidados y completar el trámite.
La información que se ingresa al Registro Social de Hogares a través del trámite de complemento por cuidados es autorreportada y se validará con los registros administrativos disponibles para comprobar que eres una persona cuidadora. Es importante destacar que no es necesario ir a una notaría para acreditar la calidad de persona cuidadora.
Actualmente, se pueden ingresar hasta tres personas por cada persona cuidadora, y sí, se debe realizar una solicitud por cada persona que se cuida. Una vez ingresada la solicitud con la documentación correspondiente, se derivará al municipio de la comuna donde reside la persona que requiere cuidados y se tramitará la solicitud.
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Beneficios de la Credencial: Acceso Preferente
La credencial de persona cuidadora tiene como objetivo principal identificar y visibilizar a las personas que no reciben un pago por sus labores de cuidado. Esta credencial entrega acceso preferente a sucursales y oficinas de diversas instituciones públicas, entre ellas:
- FONASA (Fondo Nacional de Salud)
- BancoEstado
- SERVIU (Servicio de Vivienda y Urbanismo)
- SENAMA (Servicio Nacional del Adulto Mayor)
- ChileAtiende - IPS
- Registro Civil e Identificación
- SENADIS (Servicio Nacional de la Discapacidad)
- DICREP (Dirección General del Crédito Prendario)
- Correos de Chile
- Oficinas del Registro Social de Hogares en Municipalidades
- SENCE (Servicio Nacional de Capacitación y Empleo)
- SERNAC (Servicio Nacional del Consumidor)
- Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento
- Tesorería General de la República
- FOSIS
Una vez que esté disponible la credencial digital de persona cuidadora, esta se puede descargar en su versión digital o se puede solicitar la credencial física. Para solicitar la credencial física, se debe ingresar al sitio web www.ventanillaunicasocial.gob.cl, donde estará habilitada la opción junto al botón de descarga de la cartola RSH y de la credencial digital de persona cuidadora.
No se considera el tramo del Registro Social de Hogares para ser reconocida como persona cuidadora y obtener la credencial. La actualización de esta información en el Registro tampoco afecta la calificación socioeconómica o tramo del hogar.
Preguntas Frecuentes sobre la Credencial
¿Es necesario tener vínculo familiar o de consanguinidad con la persona que requiere cuidados?
No, no es necesario tener vínculo familiar ni de consanguinidad con la persona que requiere cuidados.
¿Qué ocurre si la persona cuidadora tiene ingresos?
Si la persona cuidadora tiene ingresos asociados a pensión o por actividades distintas a la labor de cuidados, puede acceder a la credencial. En cambio, si recibe ingresos por las labores de cuidados, no puede acceder a la credencial, ya que su objetivo es identificar y visibilizar a las personas cuidadoras que no reciben un pago por ello.
¿Qué pasa si estoy registrada como cuidadora principal y secundaria de personas distintas?
Si estás registrada como persona cuidadora principal y secundaria de personas distintas, en la plataforma encontrarás solo una credencial que te reconocerá como cuidadora principal.
¿Cómo se puede solicitar la Cartola Hogar?
Se podrá solicitar la Cartola Hogar a través de un ejecutor (Municipio u oficinas ChileAtiende), presentando un poder legalizado ante notario. En este documento debe quedar explícita la voluntad de la persona mandante para que otro en su nombre y representación pueda realizar la solicitud. El documento notarial tiene una vigencia máxima de 6 meses desde la fecha de emisión.
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