La inclusión y el apoyo a las personas en situación de discapacidad son pilares fundamentales para una sociedad equitativa. En este sentido, existen diversas iniciativas y marcos legales diseñados para garantizar sus derechos y facilitar su acceso a oportunidades esenciales.
Sistema Nacional de Apoyos y Cuidados “Chile Cuida”
El Sistema Nacional de Apoyos y Cuidados “Chile Cuida” se ha diseñado para ofrecer soporte a las personas que requieren cuidados y a quienes los proporcionan. Para ser reconocida como persona cuidadora y obtener la credencial correspondiente, es necesario seguir un proceso específico.
Requisitos y Proceso para ser Persona Cuidadora
Para registrarse como persona cuidadora y acceder a la credencial, el primer paso es ingresar al Registro Social de Hogares (RSH) a través de la Ventanilla Única Social (VUS) en www.ventanillaunicasocial.gob.cl y completar el módulo de Cuidados en los datos complementarios.
Definición de Persona Cuidadora
- Personas cuidadoras: Son mayores de 18 años que dedican su tiempo a labores de cuidado no remunerado, proporcionando asistencia permanente a personas con discapacidad, dependencia funcional moderada o severa, o con necesidades educativas especiales permanentes (parte del Programa de Integración Escolar - PIE o matriculadas en educación especial).
- Persona cuidadora principal: Aquella que destina el mayor número de horas diarias a la asistencia o apoyo permanente.
- Persona cuidadora secundaria: Quienes dedican menos horas diarias en comparación con la cuidadora principal.

Validación y Credencial
La información ingresada al RSH es autorreportada y se valida con los registros administrativos disponibles para comprobar la condición de persona cuidadora. No es necesario acudir a una notaría para acreditar esta calidad.
Si la persona cuidadora tiene ingresos asociados a pensión o por actividades distintas a la labor de cuidados, puede acceder a la credencial. Sin embargo, si recibe ingresos por las labores de cuidados, no podrá acceder, ya que el objetivo es identificar y visibilizar a quienes no reciben un pago por ello.
Es posible registrar hasta tres personas que requieran cuidados por cada persona cuidadora, realizando una solicitud individual por cada una. No se requiere vínculo familiar o de consanguinidad con la persona cuidada.
Registros Administrativos de la Persona que Requiere Cuidados
Es fundamental que la persona que requiere cuidados se encuentre en alguno de estos registros administrativos:
- Registro Nacional de Discapacidad.
- Programa de Integración Escolar (PIE) permanente.
- Matrícula en establecimiento educacional especial.
- Dependencia moderada o severa en el módulo de salud del Registro Social de Hogares.
Si la persona no figura en estos registros, se debe actualizar el módulo de salud del RSH en www.ventanillaunicasocial.gob.cl, donde se puede consultar una guía paso a paso. La evaluación para determinar las necesidades educativas especiales es realizada por los centros educativos y la información es entregada por el Ministerio de Educación al Ministerio de Desarrollo Social y Familia.
Solicitud de la Credencial
Una vez disponible la credencial de persona cuidadora, se puede descargar la versión digital o solicitar la credencial física accediendo al RSH. El botón de solicitud de la credencial física estará junto al botón de descarga de la cartola RSH y de la credencial digital de persona cuidadora. Si una persona está registrada como cuidadora principal y secundaria de personas distintas, la plataforma solo reconocerá una credencial como cuidadora principal.
El tramo del Registro Social de Hogares no influye para ser reconocida como persona cuidadora ni para obtener la credencial, y la actualización de esta información no afecta la calificación socioeconómica.
Una vez ingresada la solicitud con la documentación correspondiente, se derivará al municipio de la comuna de residencia de la persona cuidada para su tramitación. Se puede solicitar la Cartola Hogar a través de un ejecutor (Municipio u oficinas ChileAtiende), presentando un poder legalizado ante notario, con una vigencia máxima de 6 meses desde su emisión.
Beneficios de la Credencial de Persona Cuidadora
La credencial de persona cuidadora otorga acceso preferente a sucursales y oficinas de diversas instituciones públicas, tales como:
- FONASA (Fondo Nacional de Salud)
- BancoEstado
- SERVIU (Servicio de Vivienda y Urbanismo)
- SENAMA (Servicio Nacional del Adulto Mayor)
- ChileAtiende - IPS
- Registro Civil e Identificación
- SENADIS (Servicio Nacional de la Discapacidad)
- DICREP (Dirección General del Crédito Prendario)
- Correos de Chile
- Oficinas del Registro Social de Hogares en Municipalidades
- SENCE (Servicio Nacional de Capacitación y Empleo)
- SERNAC (Servicio Nacional del Consumidor)
- Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento
- Tesorería General de la República
- FOSIS
Credencial para PERSONAS CUIDADORAS en Chile: Beneficios, requisitos y cómo obtenerla paso a paso
Programas de Capacitación y Formación Laboral
El Programa de Capacitación en Oficios, Línea Discapacidad, busca dotar a las personas en situación de discapacidad de una cualificación técnica y habilidades laborales necesarias para acceder al mercado de trabajo en igualdad de oportunidades.
Características y Beneficios del Programa
- Entrega un curso de capacitación presencial y gratuito, orientado a mejorar las competencias laborales.
- Requisitos: Pueden postular personas en situación de discapacidad desde los 16 años en adelante, siempre que cumplan los requisitos específicos del curso. No hay límite de edad.
- Subsidio de cuidado infantil: Incluye un subsidio de $5.000 por día asistido a clases (para hijos/as menores de 6 años) o para el cuidado de personas en situación de dependencia mayores de 6 años.
- Seguro contra accidentes personales: Vigente durante el período de capacitación.
- Certificación: Sence entrega un certificado que acredita la capacitación a quienes aprueben el curso, cumpliendo al menos un 75% de asistencia a la Fase de Capacitación (Lectiva).
La oferta de cursos disponibles se publica periódicamente en el sitio web de Sence.
Inclusión en la Educación Superior
El ingreso de personas con discapacidad a la Educación Superior ha aumentado globalmente y en Chile. La Ley N.º 20.422 establece normas sobre Igualdad de Oportunidades e Inclusión Social de las Personas con Discapacidad. Esta ley plantea que "las instituciones de educación superior deberán contar con mecanismos que faciliten el acceso de las personas con discapacidad, así como adaptar los materiales de estudio y medios de enseñanza para que dichas personas puedan cursar las diferentes carreras".
Las vías de admisión para personas con discapacidad son administradas directamente por cada universidad, por lo que los plazos de postulación, la documentación requerida y el proceso de selección pueden variar.
Pensiones y Seguros de Invalidez
La pensión de invalidez se financia con los recursos previsionales acumulados por el trabajador en su AFP, complementados con el aporte del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS), siempre que se cumplan los requisitos.
El SIS es un seguro obligatorio que las AFP contratan para proteger a sus afiliados, complementando los fondos acumulados para financiar una pensión de invalidez o sobrevivencia. Para los trabajadores dependientes, el SIS es financiado íntegramente por los empleadores. Para los trabajadores independientes obligados a cotizar, el pago se efectúa con las retenciones aplicadas a las boletas de honorarios.
Las normas legales no contemplan incompatibilidad legal entre una pensión de invalidez (total o parcial) y un trabajo remunerado. La Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) es un beneficio para personas entre 18 y 64 años, mientras que el Aporte Previsional Solidario de Invalidez (APSI) es un complemento monetario financiado por el Estado para el mismo rango de edad que perciban una pensión de invalidez.

Derechos Fundamentales y Ley de Inclusión Laboral
Derechos de las Personas con Discapacidad
La legislación chilena garantiza diversos derechos para las personas con discapacidad, promoviendo su autonomía y participación plena en la sociedad:
- Reconocimiento de la discapacidad: Derecho a ser evaluado médicamente para obtener la calificación de la discapacidad.
- Subsidio de vivienda: Existen subsidios especiales del Ministerio de Vivienda para adquirir viviendas que serán permanentemente habitadas por personas con discapacidad.
- Votar sin presiones: Se sanciona penalmente a quienes impidan, obstaculicen o dificulten maliciosamente el voto de un elector con discapacidad.
- Acceso a edificios: Usuarios de sillas de ruedas tienen derecho al fácil acceso y tránsito en edificios de uso público o que presten servicios a la comunidad.
- Inclusión educativa: Derecho a acceder a establecimientos públicos y privados de enseñanza regular o especial. Los establecimientos de educación parvularia, básica y media deben tener planes para alumnos con necesidades especiales e implementar adecuaciones de currículum, infraestructura y materiales de apoyo.
- Reconocimiento de lengua de señas: El Estado de Chile reconoce la lengua de señas como medio de comunicación natural de la comunidad sorda.
- Prevención y rehabilitación: Derecho a acceder a programas estatales o prestaciones en la salud pública destinadas a su rehabilitación.
- Ficha clínica: Las personas con discapacidad psíquica o intelectual tienen derecho a que se resguarde la reserva de su ficha clínica.
Ley de Inclusión Laboral
La Ley de Inclusión Laboral para personas con discapacidad, que comenzó a regir el 1 de abril de 2018, establece que cerca de 7.600 empresas deben cumplir con su normativa. Esta ley prohíbe a las empresas o servicios optar por una discapacidad en particular en la contratación. Además, las personas con discapacidad tienen derecho a celebrar el contrato de aprendizaje contemplado en el Código del Trabajo.