Una vez que una persona decide pensionarse, se entiende que dejará de trabajar y, por lo tanto, de cotizar obligatoriamente en su AFP. Sin embargo, surge una interrogante común para quienes desean reincorporarse al mundo laboral: ¿qué ocurre con quienes ya están pensionados? ¿Deben seguir cotizando?
Exención de cotización para pensionados del régimen antiguo
De acuerdo con el dictamen destacado ORD. Nº4621/54, de fecha 02 de diciembre de 2013, se establecen criterios claros sobre la obligatoriedad de las cotizaciones previsionales para quienes provienen de sistemas anteriores. Los trabajadores pensionados o jubilados de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (CAPREDENA), de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (DIPRECA), o de cualquier otro régimen de pensiones que conforma el antiguo sistema previsional, que continúan laborando en forma dependiente para una empresa del sector privado, están exentos de cotizar a una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP).
Esta exención se aplica bajo las siguientes condiciones:
- Es válida tanto si los trabajadores son mayores o menores de 65 años de edad en el caso de los hombres.
- Aplica para mujeres mayores o menores de 60 años de edad.
- La única excepción es que el trabajador manifieste por escrito al empleador, con copia a la AFP respectiva, su voluntad de realizar dichas cotizaciones.

Cotizaciones de salud y vulnerabilidad
En lo que respecta al sistema de salud, la normativa vigente busca proteger a los sectores con menores ingresos. Actualmente, la legislación exime del pago de cotizaciones de salud a los pensionados que pertenezcan al 80% más vulnerable de la población. Esta medida se aplica independientemente de si los beneficiarios están afiliados a Fonasa o Isapre.
Dentro de este marco de protección social, se incluyen los siguientes beneficios:
- Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
- Aporte Previsional Solidario de Invalidez (APSI).
Beneficios fiscales para pensionados y jubilados.
Ventajas de la cotización postretiro y licencias médicas
A pesar de las exenciones, algunos trabajadores optan por continuar cotizando de manera voluntaria. Según se ha analizado, la cotización postretiro tiene una ventaja, relacionada con las licencias médicas. La legislación establece que, para acceder a una licencia médica, el trabajador debe registrar, al menos, tres cotizaciones en los seis meses anteriores al inicio de la licencia.
Indemnización para la Caja Hípica Nacional
Existen casos específicos como el de la Caja Hípica Nacional, donde los imponentes pueden acceder a la indemnización de 8,33 % por una sola vez. Es importante considerar los siguientes puntos sobre este beneficio:
- Los montos no son reajustables.
- Los valores varían dependiendo del período en que se realizaron las cotizaciones.

Cómo gestionar trámites y consultas
Para aquellos que necesiten verificar su situación o solicitar beneficios, el Estado dispone de diversas plataformas de atención. Se puede solicitar la indemnización durante todo el año a través del sitio web y en las sucursales de ChileAtiende. Para saber si eres beneficiaria o beneficiario de la indemnización, solo debes ingresar tu RUN en el sitio web institucional.
Si prefieres la atención presencial, puedes reunir la documentación necesaria y acudir a una sucursal física. Para más información, el sistema cuenta con los siguientes canales de contacto:
| Canal de atención | Contacto |
|---|---|
| Call Center | 101 |
| Desde el extranjero | +56 44 236 2000 |
| Plataforma Digital | Sitio web de ChileAtiende |