El aporte patronal es una contribución económica obligatoria que los empleadores tienen la responsabilidad de efectuar al Estado, de manera mensual, como resultado del desarrollo de sus actividades comerciales. En Chile, este concepto abarca todas las cotizaciones que como empleador se deben pagar por los trabajadores, desde las previsionales hasta las de salud y seguridad laboral.

El Nuevo Aporte Patronal: Reforma de Pensiones 2025
La Reforma de Pensiones 2025 introdujo un cambio fundamental en el sistema previsional chileno: el Nuevo Aporte Patronal. Esta cotización, obligatoria y de cargo exclusivo del empleador, se ha implementado gradualmente a partir de agosto de 2025 y tiene como principal propósito fortalecer las pensiones futuras de los trabajadores.
¿Cómo funcionará la nueva reforma de pensiones?
Marco Legal y Gradualidad
- Para asegurar el cumplimiento legal, toda la normativa se rige por la Ley N° 21.735, la que establece el nuevo sistema mixto y el cronograma de gradualidad.
- Estos aportes se implementan gradualmente para alcanzar un total de 8,5% (incluyendo el SIS actual) en 2033.
- El Aporte Patronal del 6% busca separar el aumento de las cotizaciones del esfuerzo financiero directo del trabajador.
Obligatoriedad y Plazos
La obligación de cotizar el nuevo porcentaje asociado a la reforma de pensiones inicia con las remuneraciones devengadas a partir de agosto de 2025 (con declaración y pago en septiembre de 2025), estableciendo un calendario de gradualidad obligatoria.
A partir de las remuneraciones de agosto de 2025, los empleadores y empleadoras deben aportar un 1 % de la remuneración imponible de cada trabajador o trabajadora. Los empleadores tendrán que aportar un 7 % adicional al 1,5 % actual, sumando un 8,5 % de la remuneración imponible de sus trabajadoras y trabajadores afiliados al Sistema de Pensiones.
Distribución del Aporte Patronal Inicial (1%)
Del 1% adicional que se inicia en agosto de 2025:
- 0.1% se deposita en la Cuenta de Capitalización Individual (AFP) del trabajador.
- 0.9% restante se destina al Seguro Social Previsional (SSP), el cual cubrirá beneficios como la compensación por las diferencias de expectativa de vida entre hombres y mujeres.
Distribución Final (8.5%) según Gradualidad
El calendario de incrementos llevará la cotización del empleador al 8,5 % del sueldo imponible en 2033. Esta distribución se proyecta de la siguiente manera:
- 4,5 % (o el porcentaje según la gradualidad) que va a la cuenta individual de la persona trabajadora.
- 1,5 % (o el porcentaje según la gradualidad) para la Cotización con Rentabilidad Protegida (CRP), constituyéndose en un bono de seguridad previsional para el ahorro individual de la persona trabajadora. Al mismo tiempo, servirá para pagar el Beneficio por Años Cotizados a las actuales personas pensionadas y a las afiliadas y afiliados que se pensionen durante los próximos 30 años.
- 2,5 % (o el porcentaje según la gradualidad), que financia el Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP).
Importante: las y los trabajadores cotizantes de las ex Cajas de Previsión administradas por el IPS están excluidos de esta nueva cotización de cargo del empleador, ya que esta obligación aplica solo para quienes están afiliados al sistema de pensiones de AFP del DL N° 3.500.
A contar de agosto de 2045, los empleadores deberán disminuir los pagos a la Cotización con Rentabilidad Protegida (CRP), hasta desaparecer en 2054, para destinarlos a la cuenta individual de cada trabajadora o trabajador.

¿Quiénes están obligados a pagar el Aporte Patronal?
La obligación de pago recae sobre todos los empleadores que mantengan trabajadores dependientes con contrato de trabajo en Chile.
¿Cómo se refleja el Aporte Patronal en las liquidaciones de sueldo?
Dado que el aporte es un costo que asume el empleador, la remuneración líquida del trabajador no sufre afectación.
Componentes del Aporte Patronal en Chile
Los aportes patronales son los pagos obligatorios que los empleadores realizan en beneficio de sus trabajadores. Estas contribuciones, también conocidas como cotizaciones patronales, representan una parte adicional del salario del empleado y están destinadas a financiar diversos programas de seguridad social y beneficios sociales.
1. Cotización para la Cuenta de Capitalización Individual (AFP) y Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS)
- Los trabajadores dependientes cotizan el 10 % de su remuneración imponible para su Cuenta de Capitalización Individual.
- El Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) es de cargo del empleador. Desde julio de 2025 la tasa vigente del SIS es 1,88 % de las remuneraciones y rentas imponibles. Este seguro cubre a los trabajadores frente a invalidez o fallecimiento.
- Cada Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) dispone de cuentas de capitalización individual, en las cuales imputan las cotizaciones periódicas de sus afiliados, que a la vez invierten por cuenta de aquéllos a objeto de obtener una cierta rentabilidad.
- Por su labor de administración de Fondos de Pensiones, las AFP están facultadas a cobrar un porcentaje de la remuneración (sueldo Bruto) como comisión a sus afiliados. Las comisiones son fijadas libremente y con carácter uniforme para todos sus afiliados dependiendo de si son trabajadores activos o pasivos (pensionados).
2. Cotización de Salud
Todos los trabajadores dependientes deben destinar el 7 % de su sueldo bruto a una aseguradora de salud. En Chile, las personas cuentan con un sistema mixto de salud, es decir, un sistema que combina un componente estatal con otro privado.
- El Sistema de Salud Público, es administrado por el Fondo Nacional de Salud (FONASA). Este fondo funciona sobre la base de un esquema solidario, financiado con aportes del Estado más los aportes que realizan los trabajadores a través del pago del 7% de cotización calculado sobre la base de su renta imponible.
- Tanto trabajadores/as activos como pensionados/as (con excepción de quienes puedan estar exentos o puedan rebajar el monto), tienen la obligación de cotizar.
- FONASA es responsable de la atención de sus cotizantes como de aquellas personas carentes de recursos que no cotizan en el sistema de salud.
- La modalidad institucional de FONASA requiere un copago que varía de acuerdo al nivel de ingreso de la persona, quedando exentas de este copago las personas cuyo ingreso es inferior a un nivel mínimo establecido.
- El año 2018 fue obligatorio que los trabajadores independientes que emitieran boletas de honorarios, cotizaran para salud.
3. Cotización para Seguro de Accidentes Laborales y Enfermedades Profesionales
Este seguro protege a los trabajadores frente a accidentes laborales y enfermedades profesionales. La cotización total equivale al 3 % de la remuneración imponible, con un tope imponible de 131,8 UF.
- Además, existió una cotización extraordinaria, que fue de 0,015 % hasta 2018 y se redujo a 0,01 % hasta fines de 2019.
4. Seguro de Cesantía
El Seguro de Cesantía es un seguro que se materializa a través de una Cuenta Individual por Cesantía (CIC), que AFC Chile abre para cada afiliado. Su objetivo es financiar los beneficios a los que se tiene derecho mientras se está cesante.
- Contratos indefinidos: el trabajador aporta un 0,6 % de su remuneración imponible y el empleador un 2,4 %.
- Contratos a plazo fijo o por obra o faena: el empleador aporta 3 % de cargo exclusivo, sin descuento para el trabajador.
- Los principales abonos provienen de las cotizaciones, obligatorias mensuales aportadas por los trabajadores/as y/o los empleadores.
- El Fondo de Cesantía Solidario (FCS) es un fondo común de reparto, conformado por aportes del empleador y del Estado, cuya propiedad no pertenece a ningún trabajador en particular, sino que a todos los trabajadores afiliados.

¿Cómo calcular el Aporte Patronal?
Los aportes patronales se calculan sobre la base de la remuneración imponible de los trabajadores. La remuneración imponible en Chile corresponde al monto total de ingresos mensuales del trabajador dependiente que son afectos a cotizaciones previsionales y de salud.
- Calcula la remuneración imponible del trabajador, sumando sueldo base y otras remuneraciones imponibles (gratificaciones legales, horas extras, comisiones).
- Asegúrate de aplicar el tope imponible:
- Para pensiones, salud y accidentes: 87,8 UF (a partir del 1° de enero de 2025). La Superintendencia de Pensiones informa este tope cada año (ej. 111,4 UF para el 2015).
- Para el seguro de cesantía: 131,8 UF.
- Distingue si el trabajador tiene contrato indefinido, contrato a plazo fijo u obra o si es un trabajador de casa particular, ya que los porcentajes pueden variar.
- Considera el nuevo aporte de la reforma de pensiones: 1 % a partir de agosto de 2025 (0,1 % cuenta individual, 0,9 % Seguro Social), con su calendario de incrementos hasta el 8,5 % en 2033.
- Mantén registros de las remuneraciones imponibles, contratos, tasas aplicadas y comprobantes de pago.
Incumplimiento y Mora
El incumplimiento en el pago del Aporte Patronal queda sujeto a las mismas normativas de mora que rigen las cotizaciones previsionales vigentes.
La empleadora o el empleador deben pagar las cotizaciones del Seguro Social hasta el día 10 del mes siguiente al que pagó la remuneración. Si el pago lo hace por Internet, el plazo se amplía hasta el día 13 del mes, aunque sea sábado, domingo o festivo. Si la o el empleador no declara las cotizaciones dentro del plazo, tendrá hasta el último día hábil del mes subsiguiente para acreditar el término o suspensión de la relación laboral. Cumplido este plazo y agotadas las gestiones aclaratorias, se presumirá que las cotizaciones están declaradas y no pagadas para todos los efectos de la cobranza prejudicial y judicial.
Importancia de la Gestión de Recursos Humanos
La función del equipo de Recursos Humanos es esencial en el proceso de cambio. La gestión de cambios normativos complejos, como la implementación del Nuevo Aporte Patronal, demanda eficiencia y precisión. Por eso, las áreas de RR.HH. y las pymes pueden beneficiarse enormemente de la digitalización de los procesos de pago y registro de cotizaciones. Un software de remuneraciones automatiza estos procesos, lo que resulta especialmente valioso para mantener una gestión laboral eficiente y sin riesgos.