Para seleccionar la opción de pensión más conveniente, es fundamental conocer las distintas características de las modalidades disponibles. En Chile, el sistema previsional contempla diversas alternativas, entre las que se encuentra el Retiro Programado, una modalidad administrada exclusivamente por las AFP.
Modalidades de Pensión en el Sistema Chileno
En el sistema previsional chileno, existen diferentes modalidades de pensión que los afiliados pueden elegir al momento de jubilar, cada una con características específicas:
Retiro Programado
El Retiro Programado es una modalidad de pensión pagada por una AFP. Su monto es variable, ya que se recalcula cada año en función de los fondos ahorrados en la cuenta de capitalización individual. La pensión se financia con cargo al saldo que mantiene el afiliado en su cuenta y se expresa en Unidades de Fomento (UF), aunque el pago mensual se efectúa en pesos. Cada año se realiza un recálculo de la pensión, considerando el saldo disponible y los años proyectados de desahorro.
¿Qué pasará con MI RETIRO PROGRAMADO? | PATRICIO BERNAL ASESOR PREVISIONAL
Cálculo del Retiro Programado
El retiro mensual se determina de una forma específica. En el caso de afiliados activos no cubiertos, la pensión de referencia del causante se entiende como el 70% del promedio de remuneraciones imponibles o rentas declaradas en los últimos 120 meses anteriores al fallecimiento, o en el período de afiliación si este fuera inferior. Los saldos para el cálculo deben estar expresados en Unidades de Fomento.
Recálculo Anual de la Pensión
Las anualidades y las pensiones deben ser recalculadas cada año, en el mismo mes calendario en que se devengó la pensión correspondiente. Para ello, se actualiza la declaración de beneficiarios del afiliado mediante consulta al mismo, al Servicio de Registro Civil e Identificación y otras bases de datos. La Administradora tiene la responsabilidad de obtener los documentos civiles para la acreditación de nuevos beneficiarios o la pérdida de dicha calidad, en caso de fallecimiento. Asimismo, es responsabilidad de la Administradora informar a los beneficiarios mayores de 18 años que acrediten su condición de estudiantes. Dos meses antes del recálculo, la Administradora deberá informar a sus pensionados bajo esta modalidad sobre el proceso y la necesidad de actualizar su declaración de beneficiarios. Para estos recálculos, la Administradora debe utilizar los valores cuota y de la UF.
Fondos que Componen el Capital Acumulado
El capital acumulado por el afiliado para la pensión se compone de varios elementos:
- El capital acumulado por concepto de la cotización obligatoria del 10% de sus remuneraciones y rentas imponibles.
- Los Depósitos Convenidos enterados por el empleador.
- La parte del saldo de la cuenta de capitalización individual de cotizaciones voluntarias que el afiliado opte por destinar a pensión.
- Las cotizaciones voluntarias enteradas antes del 01.03.2002 de un afiliado que se acogió a pensión con anterioridad a dicha fecha, las cuales no están afectas al artículo 20 B del D.L.
- La parte de los sub-saldos afiliado y sub-saldo bonificación que el afiliado opte por destinar a pensión.
- Ingreso de una bonificación por hijo nacido vivo.
Responsabilidades de la AFP y el Estado
El Estado garantiza las pensiones de los afiliados que eventualmente dejen de tener derecho a los beneficios del Sistema de Pensiones Solidarias y las pensiones de sobrevivencia para los beneficiarios del causante, calculadas con el saldo que hubiese quedado en la cuenta de capitalización individual del afiliado, de no haberse financiado el beneficio solidario en primera instancia con el saldo de dicha cuenta.
Las AFP serán responsables del cálculo del saldo compensatorio, el que deberá registrarse en cuotas del Tipo de Fondo donde se encuentren o se hayan encontrado los fondos de la respectiva cuenta individual del pensionado.
Renta Vitalicia Inmediata
Esta es una modalidad de pensión pagada por una Compañía de Seguros. El monto pactado con la Compañía de Seguros es fijo y vitalicio, lo que significa que la pensión solo termina con el fallecimiento del beneficiario. Al morir, los beneficiarios recibirán dinero como Pensión de Sobrevivencia, pero no como Herencia.
Renta Vitalicia Diferida
En esta modalidad, primero paga la AFP (Renta Temporal) y después una Compañía de Seguros (Renta Vitalicia). La renta temporal se extenderá por el tiempo establecido y, una vez finalizada, la Compañía de Seguros continuará con la Renta Vitalicia. En caso de fallecimiento, los beneficiarios la recibirán como Pensión de Sobrevivencia.
Pensión Mixta
Esta modalidad combina el retiro programado con la renta vitalicia, donde la AFP y la Compañía de Seguros pagan de forma simultánea. El monto de la AFP se recalcula cada año, mientras que el de la compañía es fijo y vitalicio. El afiliado tiene la posibilidad de solicitar Condiciones Especiales de Cobertura para sus beneficiarios en caso de fallecer, que incluyen el Periodo Garantizado y la Cláusula de incremento de porcentaje.
Aspectos Relevantes del Retiro Programado
Hitos y Datos Estadísticos

En Chile, 1.649.969 afiliados han jubilado por el sistema de Retiro Programado. De ellos, 919 mil (55%) se afiliaron entre los 21 y 40 años. El 81% de los hombres pensionados con Retiro Programado se afilió a una AFP entre los 21 y 50 años, mientras que en el caso de las mujeres, el 72% se afilió en ese segmento etario. La edad legal de jubilación de las mujeres es a los 60 años y la de los hombres a los 65, límites establecidos por el DL 3.500 y que no han sido modificados.
Del total de pensionados por Retiro Programado, 412 mil lo hicieron a los 60 años (98% mujeres) y 421 mil a los 65 años (83% hombres). Una de cada 100 mujeres con Retiro Programado se jubiló antes de los 60 años, y un 7% de los hombres lo hizo antes de los 65 años. El 57% de las mujeres con Retiro Programado se pensionaron con 61 años o más, y el 33% de los hombres lo hizo después de cumplir los 66 años.

Más de 627 mil personas (38%) con Retiro Programado están afiliadas a ProVida. Le siguen AFP Capital con 353 mil (21,5%) y Habitat con 330 mil (20%). ProVida también lidera en hombres (41%) y mujeres (36%) pensionados por esta modalidad. Las AFP más recientes, Modelo y Uno, tienen porcentajes menores (6,8% y 0,2% respectivamente), superando Modelo a AFP más antiguas como Cuprum (5,5%).
Desde 1997, ProVida ha mantenido el liderazgo en número de pensionados por Retiro Programado, con la excepción de 2011, cuando Modelo encabezó el registro. En 1990, ProVida, Santa María (hoy Capital) y Habitat concentraban el 87% de los pensionados por Retiro Programado, una cifra que se mantuvo similar en los años 2000, 2010 y 2020 (85% y 81% respectivamente).
Ahorros al Momento de Pensionarse
Casi la mitad (45%) de las personas pensionadas por Retiro Programado tenían menos de 100 UF ($3,8 millones) en sus cuentas de ahorro al momento de jubilarse. Los retiros previsionales de 2020 y 2021 contribuyeron a esta disminución. Un tercio de los hombres (34%) y más de la mitad de las mujeres (52,6%) tenían como máximo 100 UF de ahorro. Sin embargo, cerca de 56 mil hombres y más de 19 mil mujeres (4,6% del total) tenían un ahorro superior a las 3.000 UF ($115 millones).
Un análisis de los jubilados con hasta 500 UF en su saldo (75% de los retirados bajo esta modalidad) revela que más de 1,2 millones de personas se encuentran en esta situación. Hasta 2023, 409 mil pensionados por Retiro Programado contaban con menos de 10 UF de ahorro ($384 mil), siendo las mujeres el 67% de este grupo.
Monto de la Primera Pensión
Debido a los bajos niveles de ahorro, dos tercios de los jubilados por Retiro Programado tienen pensiones autofinanciadas de menos de 2 UF ($76 mil), monto sobre el cual se aplica la Pensión Garantizada Universal (PGU) si la persona pertenece al 90% más vulnerable. El 79% de las mujeres y el 47% de los hombres tuvieron una primera pensión de hasta 2 UF. Solo el 11,9% de las personas con Retiro Programado recibieron una primera pensión autofinanciada superior a la PGU (sobre 6 UF).
Último Sueldo y Meses Cotizados

Para el 72% de los actuales pensionados de Retiro Programado, su última remuneración laboral fue de 12 UF o inferior (menos de $461 mil), y para el 12%, esa remuneración fue menor a 1 UF. Solo el 0,8% tenía una última remuneración entre 59 y 61 UF, considerando que el tope imponible era 60 UF hasta 2009.
Los ingresos en la vida laboral de quienes optaron por Retiro Programado han mostrado avances. En 1990, el 75% de los pensionados tuvieron una última remuneración inferior a 11 UF, cifra que se redujo al 43% en 2023. El porcentaje de mujeres con una última remuneración de al menos 26 UF ($998 mil actuales) pasó del 10% en 1990 al 12,7% en 2023, mientras que en hombres pasó del 12% al 20,6% en el mismo período.
Del total de pensionados por Retiro Programado, 597 mil personas (39%) cotizaron menos de 5 años. Un total de 66.111 hombres y 269.575 mujeres registraron cuentas con 12 meses de cotizaciones o menos. El 7% cotizó entre 25 y 30 años, y el 14% de los hombres cotizó ininterrumpidamente por más de 30 años.
Proceso y Normativa
Solicitud de Pensión y Certificados
En promedio, las AFP demoran 9 días entre la solicitud de pensión por vejez y la emisión del certificado para Retiro Programado (ficha de cálculo) o Renta Vitalicia (certificado de saldo). Para una pensión de sobrevivencia, las AFP tardan 8 días en promedio en emitir los certificados. El proceso de solicitud de tramitación de una pensión es gratuito para el afiliado.
Beneficiarios y Pensión de Sobrevivencia
Una persona que fallece estando en Retiro Programado deja pensión de sobrevivencia si sus beneficiarios son su cónyuge y/o hijos menores de 18 años (o de 24 años si están estudiando), entre otros descritos en el art. 5 del DL 3.500. Solo si no hay beneficiarios legales, su saldo queda como herencia para sus herederos legales. Además, afiliados declarados inválidos conforme a dictámenes específicos también son considerados.
Rol de los Asesores Previsionales
Para el Retiro Programado, el monto máximo a pagar a un asesor previsional es 1,2% de los fondos previsionales, con un tope de 36 UF. En Renta Vitalicia, el monto máximo es 1,5% de los fondos previsionales, con un tope de 60 UF.
Interconexión con el Instituto de Previsión Social (IPS)
Las Administradoras deben interconectarse con el IPS para dar cumplimiento a las disposiciones referidas a los complementos de pensión en retiro programado garantizados por el Estado. Al séptimo día hábil de cada mes, la Administradora debe solicitar al IPS el monto del complemento de pensión, que el IPS traspasará a más tardar el día 15 de cada mes. La Administradora debe remitir al IPS los archivos de rendición y, si hay pagos en exceso, transferir los fondos correspondientes.
Opciones para Afiliados con Baja Pensión
Si el monto de la pensión financiada con el saldo de la cuenta individual de Cotizaciones Obligatorias es inferior a dos Unidades de Fomento, el afiliado o los beneficiarios pueden optar por ajustar su monto a dos Unidades de Fomento. La Administradora es responsable de informar las consecuencias de retirar montos mayores a los inicialmente calculados. Asimismo, los afiliados o beneficiarios con derecho a pensiones superiores pueden optar por retirar una suma inferior. Esta opción debe manifestarse por escrito en la Solicitud de Pensión o posteriormente, y el documento debe archivarse en el Expediente de Pensión.