Cuando un profesional egresa y comienza su vida laboral, además de firmar un contrato, debe elegir una Isapre y afiliarse a una AFP. Este panorama, a menudo, no está del todo claro para muchos recién egresados.
Inicio de Actividades Laborales
Al comenzar a trabajar, es necesario iniciar actividades laborales. Este es un trámite que se realiza ante el Servicio de Impuestos Internos (SII) y deben hacerlo todas las personas que inicien cualquier tipo de negocios o labores que produzcan rentas especificadas en la Ley de la Renta.
¿Qué son Isapre y AFP?
Es fundamental comprender qué significan estas siglas y su rol en la vida laboral de un individuo.
Instituciones de Salud Previsional (Isapre)
Isapre es la sigla de Instituciones de Salud Previsional. Dependiendo de los intereses e ingresos de la persona, deberá elegir si desea afiliarse a Fonasa o a una Isapre. La afiliación a Fonasa es automática al comenzar a trabajar con contrato; si no se tiene contrato, la persona debe realizar el trámite por su cuenta. Tanto en Fonasa como en Isapre, es el empleador el encargado de pagar las cotizaciones.
Contratación y Declaración de Salud
Cuando una persona ingresa a una Isapre, se le solicitará completar una Declaración Personal de Salud. En este documento, debe declarar todas las enfermedades o patologías, cirugías, secuelas de accidentes, malformaciones o embarazos diagnosticados médicamente con anterioridad a la firma del contrato.

Una vez que la Isapre revise y apruebe la Declaración Personal de Salud, se deberá firmar el Contrato de Salud Previsional, que es el acuerdo entre la Isapre y la persona que desea afiliarse. Este instrumento formal establece los derechos, las obligaciones, los beneficios y el precio.
Se comunica el objetivo de la declaración y se advierte de las consecuencias de omitir, ocultar o no entregar toda la información sobre el estado de salud de la persona afiliada y sus beneficiarios. En esta sección, el o la interesada autoriza a la isapre para acceder a información médica, previsional y laboral, con el fin de evaluar el riesgo de salud comprometido y decidir la aceptación o el rechazo de la suscripción del contrato.
En caso de rechazo, el o la interesada puede solicitar a la isapre por escrito, su ingreso con restricciones adicionales por un plazo de hasta 36 meses.
Requisitos para la afiliación a Isapre
Desde que se comienza en un nuevo trabajo y hasta 45 días después de haber iniciado las labores, se puede solicitar la afiliación. Para certificar la identidad y el R.U.T. se requiere:
- Certificado de Previred donde conste el pago de una cotización de salud del mes anterior o seis cotizaciones.
- Según la nueva Ley de Honorarios, si se emiten boletas por más de 5 sueldos mínimos, un porcentaje de la retención se utilizará para la cotización de salud.
- Última cotización de salud o la última liquidación de sueldo, donde figure el descuento del 7% para FONASA.
Beneficios de Isapre
La afiliación a una Isapre ofrece diversos beneficios:
- Plan de Salud Complementario: Documento que establece lo que la Isapre pagará por las atenciones de salud que reciban quienes estén afiliados y sus beneficiarios.
- CAEC (Cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas): Un seguro que cubre todos los gastos de una enfermedad costosa, siempre que la atención se realice con un prestador en convenio con la Isapre y una vez que se complete el deducible anual. Para activarla, la persona afiliada o beneficiaria debe solicitarla en su Isapre.
- Crédito por prestación en caso de urgencia vital o secuela funcional grave.
- Mantenimiento de beneficios por fallecimiento del cotizante: Los beneficios contractuales se mantienen al menos por un año.
- Plan con prestadores preferentes: La Isapre cubrirá si se atiende con cualquier prestador, aunque el precio puede variar por la revisión anual del plan (adecuación).
- Cobertura post-cesantía: Entrega cobertura en salud hasta 12 meses después de la fecha del finiquito de trabajo.
Restricciones Comunes en Isapres
Al momento de la afiliación o durante la vigencia del contrato, pueden aplicarse ciertas restricciones:
- Enfermedades o condiciones preexistentes declaradas: Esta restricción es señalada por la Isapre en la declaración de salud por un plazo máximo de 18 meses.
- Cobertura por atención de parto: Si la afiliada o alguna beneficiaria ingresa a la Isapre embarazada, se genera una restricción a la cobertura del parto proporcional a la vigencia de los beneficios. Por ejemplo, si una afiliada firma un contrato en marzo, declarando su embarazo de 2 meses, la bonificación se calculará de la siguiente manera: a la fecha de vigencia de los beneficios (mayo), la afiliada tendrá 4 meses de embarazo. Si el niño o niña nace de 9 meses, en dicho momento, la afiliada tendrá 5 meses de vigencia de sus beneficios.
Cotización de Salud
En Chile, por ley existe la Cotización Legal Obligatoria, lo que significa que obligatoriamente a todo trabajador se le debe descontar un 7% de su sueldo imponible para financiar las coberturas de salud.
En caso de que se escoja un plan cuyo precio mensual es mayor a este 7% (Cotización Legal Obligatoria), se puede aportar esa diferencia voluntariamente, lo que se conoce como Cotización Adicional Voluntaria.
El plazo para pagar o declarar la cotización de salud es hasta el día 10 o 13 (en el caso de declaración y pago electrónico) del mes siguiente a aquel en que se hayan devengado las remuneraciones, pensiones y rentas correspondientes.
Terminación de Contrato con Isapre
Para materializar el término de contrato anticipado por mutuo acuerdo, las partes (Isapre y cotizante) deben firmar un documento donde conste inequívocamente la intención de ponerle término a dicho contrato. Para tal efecto, las partes podrán utilizar la carta de desafiliación debidamente autorizada por la Isapre. En caso de cesantía, el afiliado puede solicitar a la Isapre el término de su Contrato de Salud, incluso antes de cumplir un año de vigencia de los beneficios pactados en el plan de salud.
Administradoras de Fondos Previsionales (AFP)
Las AFP son las Administradoras de Fondos Previsionales. En palabras simples, es el lugar donde todos los meses se guarda y rentabiliza el dinero que se entregará cuando se deje de trabajar. Afiliarse a una AFP es obligatorio para los trabajadores dependientes; es decir, que tienen un empleador.

Algunos jóvenes están en una AFP sin saberlo o no saben en qué institución están.
Afiliación para Trabajadores Dependientes Nuevos
Quienes inicien labores por primera vez como trabajadores dependientes, deben incorporarse a AFP Plan Vital por 24 meses. En el caso de los trabajadores dependientes, es el empleador el que cancela las cotizaciones dentro de los primeros 10 días del mes siguiente al que se pagaron las remuneraciones. Por eso, es importante verificar que los pagos estén al día.
Tipos de Afiliados y Beneficiarios
Una vez elegido el plan de salud, se debe considerar que se puede contratar solo para el titular o también para otras personas del grupo familiar, quienes se denominan Cargas. En conjunto, al Afiliado Titular y sus cargas también se les llama Beneficiarios.
Afiliado Titular
Es la persona que suscribe un contrato de salud con una Isapre, es decir, el titular.
Cargas Legales y Médicas
Las Cargas Legales son aquellas personas por las cuales se percibe el pago o se tiene derecho a la asignación familiar. Ejemplos de cargas legales:
- Los hijos y los adoptados hasta los 18 años.
- Los mayores de edad y hasta los 24 años, solteros, que sigan cursos regulares en la enseñanza media, normal, técnica, especializada o superior, en instituciones del Estado o reconocidas por este.
Las Cargas Médicas son todas aquellas personas que el Afiliado Titular desea agregar a su plan y no son Cargas Legales, es decir, el afiliado puede postular como carga a quien quiera, sin requisito alguno.
En caso de que alguna Carga Legal deje de cumplir con los requisitos para serlo, puede ser incorporada como Carga Médica del Afiliado Titular. Esta incorporación está sujeta a revisión por parte de la Isapre, ya que al no ser Carga Legal, podría ser rechazada.
Otros tipos de cotizantes
- Cotizante Dependiente: Persona natural que se rige por el Código del Trabajo, con contrato indefinido, a plazo fijo o por obra, trabajo o servicio determinado, bajo dependencia de otra persona natural o jurídica y que recibe una remuneración.
- Cotizante Independiente: Persona natural que ejecuta un trabajo o actividad independientemente y que cotiza en una AFP y en Isapre, con iniciación de actividades. Por lo anterior, cumple con los requisitos para el pago de un Subsidio por Incapacidad Laboral.
- Cotizante Voluntario: Persona natural que paga a la Isapre para obtener los beneficios indicados en el plan de salud. Al no tener trabajo, no tiene derecho al pago de un Subsidio por Incapacidad Laboral.
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