Guía Completa para la Jubilación en Chile

Pensar en el futuro puede generar muchas dudas, especialmente con términos técnicos que parecen difíciles de entender. Para comprender cómo pensionarse de forma clara y sin rodeos, hemos preparado esta guía práctica.

Esquema visual del proceso de jubilación en Chile

Edad Legal y Tipos de Pensión

En Chile, la edad legal para solicitar la pensión es de 60 años para las mujeres y 65 años para los hombres. No es obligatorio jubilarse en cuanto se alcance la edad legal; de hecho, postergar la decisión puede ser una estrategia inteligente, ya que permite que los ahorros sigan rentando y, por ende, podría mejorar el monto final de la pensión.

Pensión de Vejez

Es el beneficio que reciben las personas afiliadas a las AFP cuando cumplen la edad legal de jubilación.

Pensión Anticipada

Si se tiene un ahorro sólido, se podría pensionar antes siempre que se cumplan los requisitos: el ahorro debe permitir obtener una pensión igual o superior al 70% del promedio de las rentas imponibles de los últimos 10 años y, además, el monto resultante debe ser de al menos 12 UF (Unidad de Fomento).

Otras Modalidades de Pensión por Condición Específica

  • Pensión por Invalidez o Trabajo Pesado: Los trabajadores y trabajadoras pueden solicitar una jubilación por invalidez, llamada pensión de vejez anticipada por trabajo pesado, que es un beneficio mensual y de por vida. Permite a los y las imponentes del antiguo Sistema de Reparto acceder a un monto de dinero mensual, permanente y de por vida. Se puede tramitar en línea y la persona solicitante o su representante debe adjuntar la resolución o dictamen de invalidez emitido por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN).
  • Pensión para Enfermos Terminales: De forma exclusiva y preferencial, podrán optar a la pensión anticipada para enfermos terminales: los afiliados, pensionados o beneficiarios de pensión de sobrevivencia que hayan activado las Garantías Explícitas en Salud (GES) para el Problema de Salud Nº 4, solo por cuidados paliativos en cáncer avanzado; y a su vez, para un grupo de diagnósticos específicos por cuidados paliativos en cáncer avanzado. Este beneficio se puede solicitar a través del sitio web, call center y sucursales de la AFP a la cual la persona en condición de enfermo terminal está afiliada.

El Proceso de Pensión: 5 Etapas del Trámite

El proceso de pensión en Chile consta de 5 etapas obligatorias. A continuación, se detallan cada paso:

Etapa 1. La Solicitud de Pensión

Todo comienza con la decisión de jubilarse. Se puede iniciar el trámite de distintas maneras ante la AFP (Administradoras de Fondos de Pensiones): en sucursal, vía telefónica a través de call center, o a través del sitio web. También se puede preingresar la solicitud de Pensión en un formulario o por videollamada con la ayuda de un ejecutivo.

Además de llenar el formulario de Solicitud de Pensión, se necesita incluir una fotocopia del carné de identidad y hacer la Declaración de Beneficiarios, para lo cual se debe adjuntar certificados de nacimiento de hijas e hijos, y si es el caso, adjuntar el certificado de matrimonio o de Acuerdo de Unión Civil. Esto es para asegurar que los seres queridos reciban el saldo si el afiliado fallece.

Se solicitará el RUT, fecha de nacimiento, número de contacto y datos bancarios. Si se ingresa la solicitud en nombre del afiliado, debe indicarse en el formulario. En algunos casos se necesitará más información y un ejecutivo se pondrá en contacto. Las y los afiliados pueden realizar el trámite de pensión de manera directa y es absolutamente gratuito. Se puede darle un poder notarial a otra persona para que haga el trámite.

Si se trabaja con contrato, se debe comunicarle al empleador la voluntad de iniciar la jubilación. Se recomienda verificar que el pago de sus cotizaciones y seguro de cesantía estén al día por parte del empleador, para que la AFP efectúe las gestiones que sean necesarias para la cobranza y recaudación de los fondos que se deban.

Etapa 2. El Certificado de Saldo

Una vez que la AFP recibe la solicitud de obtener el Certificado de Saldo, la AFP debe calcular la totalidad de los fondos que tiene la persona y luego de traspasar toda la información al documento, procede a enviarlo a la dirección postal del afiliado. Una vez solicitada, la AFP emite este documento, que detalla cada peso a nombre del afiliado:

  • Ahorros obligatorios.
  • Ahorros voluntarios.
  • Bono de Reconocimiento (si cotizó en el sistema anterior).

El Certificado de Saldo tiene un folio único y una vigencia limitada a 35 días corridos, y es el documento que permite ingresar al Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión (SCOMP).

Ejemplo de un Certificado de Saldo de una AFP

Etapa 3. El Certificado de Ofertas

El SCOMP (Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión) es el sistema o mercado electrónico supervisado por la Superintendencia de Pensiones y la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), donde las AFP y Compañías de Seguros compiten por ofrecer la mejor pensión basada en el ahorro del afiliado. Para recibir ofertas de montos y modalidades de otras AFP y aseguradoras, los datos deben estar en el listado público del SCOMP.

Efectuado lo anterior, en un plazo máximo de 3 días hábiles las AFP y las compañías de seguros deben ingresar al SCOMP las propuestas de pensión que han diseñado para la persona que inició la consulta, de acuerdo a los fondos que tiene para financiar su jubilación. Con todos esos antecedentes, el SCOMP procede a emitir un Certificado de Ofertas, el cual contendrá las distintas alternativas de pensión que puede obtener la persona, según las cuatro modalidades vigentes.

Una vez que se tenga el Certificado de Saldo, el SCOMP otorgará un Certificado de Ofertas, en el cual se podrán conocer y comparar las distintas propuestas recibidas de manera transparente, de acuerdo a la Modalidad de Pensión que mejor se adapte a las necesidades del afiliado. El Certificado de Ofertas generalmente tiene una vigencia de 12 días corridos a partir de su emisión. Se pueden realizar hasta 3 consultas al SCOMP por cada Certificado de Saldo vigente. La primera consulta siempre incluirá las opciones básicas para tener una base de comparación real.

El Certificado de Ofertas de Pensión que emite el SCOMP será remitido al afiliado o afiliada que inició la consulta solo mediante carta certificada a su dirección postal (domicilio).

Etapa 4. Selección de Modalidad de Pensión

Esta es una de las decisiones más importantes. En el sistema de AFP hay varias modalidades de pensión, cada una con su propia forma de financiamiento y administración. Ninguna Modalidad de Pensión es mejor que otra; más bien, se deben tener presentes las propias necesidades al revisar las características de cada una para hacer una buena elección. Se podrá aceptar alguna de las ofertas para pensionarse o rechazarlas.

Cuáles son las modalidades de pensión que existen

Las dos principales modalidades son:

  • Retiro Programado en una AFP:
    • No genera herencia bajo el concepto legal de bienes, pero permite contratar cláusulas de período garantizado para proteger a los beneficiarios.
    • Se puede cambiar a Renta Vitalicia si se cumplen los requisitos.
    • Ofrece garantía o beneficio estatal.
  • Renta Vitalicia en una Compañía de Seguros de Vida:
    • No se puede cambiar a otra modalidad una vez contratada.
    • Ofrece garantía o beneficio estatal.

También hay otras dos alternativas que mezclan características de las dos modalidades antes mencionadas:

  • Renta Temporal con Renta Vitalicia Diferida: Una parte de los ahorros es transferida a una Compañía de Seguros de Vida (Renta Vitalicia) y la otra parte permanece en la AFP (Renta Temporal). La Renta Vitalicia Diferida no puede ser menor al 50% del primer pago mensual de la Renta Temporal ni superior al 100% del mismo.
  • Renta Vitalicia Inmediata con Retiro Programado: Se contrata simultáneamente una Renta Vitalicia Inmediata con una Compañía de Seguros y un Retiro Programado con la AFP. La pensión que se recibirá es la suma de ambas modalidades.

Etapa 5. El Primer Pago

Tras la selección de la modalidad y la firma de aceptación, se ejecutará la primera orden de pago. Si el ahorro es menor a 3 UF, el sistema simplifica el proceso saltando directamente de la Solicitud de Pensión (Etapa 1) al Primer Pago (Etapa 5) para agilizar el acceso al dinero. Recibirá noticias en un plazo de 1 a 5 días hábiles. En 5 días hábiles tendrá noticias sobre su solicitud.

Pensión Garantizada Universal (PGU)

La PGU es el beneficio estatal que reemplazó a la antigua pensión básica solidaria de vejez, mejorando significativamente los montos y el alcance de los beneficiarios. Este beneficio es financiado 100% por el Estado y su objetivo es apoyar a todas las personas de 65 años en adelante que se encuentren trabajando y/o tengan una pensión, siempre que no pertenezcan al 10% más rico de la población de ese rango etario. Las personas que no poseen fondos en ningún sistema de previsión podrán acceder a la Pensión Garantizada Universal (PGU), que entrega el Estado. Importante: la PGU se reajusta en febrero de cada año, según el IPC.

Requisitos para acceder a la PGU

Para optar a la PGU, se deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Tener 65 años o más, sin necesidad de estar pensionados.
  • Pertenecer al 90% con menores ingresos del país.
  • Acreditar residencia en Chile por un mínimo de 20 años continuos o discontinuos (desde la edad de 20 años).
  • Tener al menos 4 años de residencia en los últimos 5 años anteriores a la fecha en que se solicita el beneficio.
  • Contar con una pensión base menor a $1.210.828.

En caso de estar pensionado, se debe tener una pensión menor a $789.139. Por otro lado, quienes tienen ingresos entre $789.139 y $1.252.602 tienen la posibilidad de acceder a una PGU de monto variable. También se debe contar con una estimación de pensión autofinanciada menor a la pensión superior ($1 millón, aprox.).

Adicionalmente, se debe estar en el 80% más vulnerable, según el instrumento de focalización que el IPS aplica para el Sistema de Pensiones Solidarias, para lo cual es indispensable estar registrado en el Registro Social de Hogares (RSH).

Preguntas Frecuentes sobre la Pensión

¿Se puede trabajar y recibir la pensión al mismo tiempo?

Absolutamente. No existe prohibición legal para realizar actividades remuneradas siendo pensionado. De hecho, si se opta por el Retiro Programado, se puede seguir cotizando para que la pensión mejore en el próximo recálculo anual.

¿Qué es el Bono de Reconocimiento y quiénes lo reciben?

Es un beneficio estatal que se entrega a las personas que cotizaron en el antiguo sistema previsional (Cajas de Previsión o Fuerzas Armadas) antes de cambiarse al sistema actual de AFP. Representa el dinero ahorrado en ese sistema anterior y se suma a la cuenta individual para financiar la pensión.

¿Qué pasa con los ahorros si se va a vivir al extranjero?

Actualmente, Chile solo tiene un convenio de traspaso directo de fondos con Perú. Para otros países, el trámite debe gestionarse directamente a través de la Superintendencia de Pensiones bajo convenios internacionales específicos.

¿Qué es el congelamiento de saldo?

Es una herramienta para proteger los ahorros de la volatilidad del mercado mientras se realiza el trámite. Si se está próximo a cumplir la edad de jubilación (60 años para mujeres y 65 para hombres, a menos que pueda hacerlo antes si tiene fondos suficientes en su AFP o a pensionarse por trabajo pesado), se debe tener en consideración el monto de dinero que tiene en la cuenta obligatoria de su AFP (Administradora de Fondos de Pensiones) para calcular su pensión.

¿Cómo se cobra la pensión?

Usted elige cómo cobrar su pensión. Se sugiere recibirla en una cuenta bancaria a su nombre para mayor comodidad y más seguridad. Si cobra su pensión en el Instituto de Previsión Social (IPS), puede solicitar un pago a su CuentaRUT del BancoEstado o acudir presencialmente a la Caja de Compensación Los Héroes o a una oficina ChileAtiende, algunas de las cuales tienen agendamiento online. Además, puede modificar su forma de pago. Una vez pensionado recibirá su Liquidación de Pensión cada mes, donde verá el saldo que va quedando en su cuenta después de cada pago de Pensión.

¿Puedo retirar todo el dinero ahorrado de una vez al jubilarme?

No. De acuerdo con la ley, solo podrá retirar el dinero que ahorró a través de pagos mensuales de Pensión cuando se jubile. En algunos casos podría acceder al Excedente de Libre Disposición.

¿Qué sucede con los ahorros de la AFP si el afiliado fallece?

Si se pensionó en una AFP, sus ahorros se pagarán a sus beneficiarios como Pensión de Sobrevivencia. Si no los tiene, se entregarán en un solo pago a sus herederos, y en último caso si no los tiene, se pagarán al estado, como último heredero de todos los Chilenos, según indica la ley. La AFP nunca se quedará con su dinero.

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