La Situación Judicial de la Juventud en Chile: Reformas y Desafíos en el Contexto del Sename

Introducción al Marco Legal y Nuevas Instituciones

Chile ha experimentado importantes cambios legislativos e institucionales orientados a mejorar la protección de los derechos de la niñez y adolescencia, y la reinserción social juvenil. En enero de 2023, fue promulgada y publicada en el Diario Oficial la Ley N°21.527, la cual creó el Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil e introdujo modificaciones a la Ley N°20.084 sobre responsabilidad penal adolescente.

Entre sus principales tareas, este nuevo servicio, cuyos directores son seleccionados a través del Sistema de Alta Dirección Pública por cuatro años (con posible renovación), debe aprobar los estándares de funcionamiento de programas y acreditar a ejecutores en el ámbito de la reinserción social juvenil. Este trabajo se lleva a cabo en una red de centros administrados por Sename y a través de programas ejecutados por organismos colaboradores acreditados, que articulan territorialmente a diversos actores del sector público y la sociedad civil. El propósito es generar una oferta programática de calidad que sea pertinente a las necesidades de reinserción educativa, laboral y/o social de la población adolescente.

A partir de la promulgación en marzo de 2022 de la Ley sobre garantías y protección integral de los derechos de la niñez y adolescencia, Chile cuenta con un marco normativo general para enfrentar integralmente la protección de sus derechos. Con la puesta en marcha del nuevo servicio Mejor Niñez en octubre de 2021, dedicado a la atención de niños, niñas y adolescentes vulnerados en sus derechos, y la creación del Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil, el país busca establecer un sistema de justicia especializado con fiscales, jueces y defensores expertos en responsabilidad penal adolescente, para una institucionalidad más robusta en el respeto, protección, promoción y realización de los derechos de la niñez y adolescencia.

Esquema de la estructura institucional de protección y reinserción social juvenil en Chile

El Sistema de Justicia Juvenil y los Derechos de los Adolescentes

Dentro del sistema judicial, los jóvenes tienen derecho a una defensa gratuita. En caso de ser enviados a centros privativos de libertad, no son derivados a recintos carcelarios adultos, sino a centros especiales diseñados para su edad y necesidades.

Medidas Cautelares y Sanciones en el Ámbito Penal Adolescente

El sistema de responsabilidad penal adolescente contempla diversas medidas y sanciones, las cuales pueden ser privativas o no privativas de libertad.

Medidas Cautelares

Los tribunales pueden ordenar medidas cautelares mientras se realiza la investigación:

  • Medida Cautelar Ambulatoria (MCA): Asegura que se lleven a cabo los fines del procedimiento penal, favoreciendo que el adolescente imputado participe en todas las diligencias de la investigación que lleva adelante el Ministerio Público y las actuaciones decretadas por los tribunales de justicia.
  • Internación Provisoria: Se ejecuta en centros de internación provisoria (CIP). Se trata de una medida cautelar excepcional que impone al adolescente imputado un estado de privación de libertad, decretada por el juez de garantía o el tribunal oral en lo penal a solicitud del fiscal o del querellante.

Sanciones de Reinserción Social

Las sanciones buscan la reinserción del adolescente en la sociedad:

  • Servicios en Beneficio de la Comunidad y Reparación del Daño (SBC y RD): Consiste en el cumplimiento de la medida asignada por un juez, en la que el adolescente debe realizar actividades de servicio no remuneradas a favor de la colectividad o en beneficio de personas en situación de precariedad. La sanción de reparación del daño causado consiste en que el joven debe subsanar a la o las víctimas el perjuicio causado con la infracción, por medio de una prestación en dinero, la restitución o reposición de la cosa u objeto de la infracción, o un servicio no remunerado en su favor. Estos acuerdos reparatorios, junto con la participación en programas, pueden ser considerados por el Ministerio Público para la suspensión condicional del procedimiento, permitiendo prescindir de la persecución penal en casos en que la aplicación de una pena no sea aconsejable.
  • Libertad Asistida (PLA): Se ejecuta a través de un Programa de Libertad Asistida. El adolescente debe ingresar a un programa ambulatorio con intervención personalizada a cargo de un delegado. Se requiere la asistencia del joven a actividades educativas, de terapia, de promoción de derechos, de participación, y su asistencia regular al sistema escolar o de enseñanza que le corresponda.
  • Libertad Asistida Especial (PLE): Se ejecuta a través de un Programa de Libertad Asistida Especial. El adolescente está sujeto a una intervención ambulatoria intensiva controlada por un delegado, de acuerdo a un plan de intervención personalizado que, para todos los casos, será aprobado por el tribunal. Dicho plan estará basado en programas y servicios que favorezcan la integración social del adolescente.
  • Régimen Cerrado con Programa de Reinserción Social (CRC): Se ejecuta en centros de régimen cerrado. La población de este programa corresponde a "imputados".
Infografía sobre las diferentes medidas cautelares y sanciones para adolescentes en Chile

Desafíos y Críticas al Sistema Actual: El Informe de la ONU

A pesar de los avances legislativos, el sistema de protección y reinserción social juvenil en Chile ha enfrentado graves críticas, especialmente en relación con la situación de los niños, niñas y adolescentes (NNA) bajo el cuidado del Servicio Nacional de Menores (Sename).

Violación Sistemática de Derechos en Sename

La violación de los derechos humanos de los NNA al cuidado del Sename ha sido confirmada como sistemática y grave. Un informe del comité de la ONU, que visitó cuatro hogares de la red Sename y entrevistó a múltiples actores del sistema en enero de 2023 (en respuesta a una solicitud surgida tras la muerte de Lissette Villa en 2016), constató graves deficiencias. Estas incluyen problemas en infraestructura, supervisión y recursos humanos, estableciendo que el Estado es responsable de las violaciones de derechos que sufren los NNA, quienes están expuestos a violencia y enfrentan graves problemas de acceso a educación y atención de salud oportuna.

VIDEO Reportajes T13 El negocio de los niños del Sename reportaje

Fallas del Poder Judicial

El informe de la ONU criticó específicamente al Poder Judicial por varias razones:

  • Privilegio de la Separación Familiar: Los jueces privilegian la adopción de medidas que separan al niño de su familia, aunque esta opción debería ser la última, tras explorar todas las posibilidades de mantener a los NNA en su núcleo familiar. La separación, además, debe ser "excepcional y transitoria", mientras se evalúan los cambios en las condiciones de la familia para concretar la pronta reintegración.
  • Ausencia de Motivación en Sentencias: El sistema judicial falla porque "la frecuente ausencia de motivación suficiente de las sentencias impide conocer los elementos considerados (para decretar la internación del menor)".
  • Falta de Supervisión y Formación: El documento de la ONU establece que el Poder Judicial es responsable "de la supervisión de la situación del NNA y su avance en el programa de integración", pero esto no se cumple. Primero, porque "la mayor parte de los jueces carecen de formación específica para evaluar dichos avances"; y segundo, porque "las decisiones judiciales no determinan en muchos casos qué derechos han sido vulnerados, lo que no permite identificar para qué se interna y de qué debe recuperarse el NNA". Esto último genera una ausencia casi total de "planes de intervención y falta de seguimiento".
  • Envío a Organismos Coadyuvantes: Los expertos de la ONU constataron que el Poder Judicial ha enviado a más de 400 menores a "organismos coadyuvantes", debido a la falta de plazas en los hogares que dependen o están bajo regulación del Sename.
  • Escasa Participación de NNA y Familias: El documento establece que los jueces de Familia, "por regla general", deciden internar al menor "con escasa o sin participación del NNA y de la familia (…), lo que no permite evaluar sus condiciones particulares y las medidas necesarias para ayudar a la familia". El informe reporta que solo el 32,1% de los menores dice que tiene oportunidad de hablar con el magistrado y el 30,8% con un abogado que lo represente.

Necesidad de Reformas y Fortalecimiento Institucional

Junto a la creación de nuevas instituciones, se necesitan políticas públicas que aseguren a las familias condiciones socioeconómicas suficientes para que puedan cumplir con su rol protector. En el ámbito de la vulneración de derechos, se debe avanzar en el establecimiento de mecanismos de coordinación efectivos entre la oferta programática de protección especializada y la de protección social dirigida a las familias, de manera de asegurar a todos los niños y niñas que están con cualquier medida de protección especializada (cuidado alternativo familiar, residencial, en proceso de revinculación familiar y en programas de protección especializados) el acceso a todas las prestaciones de protección social.

Adicionalmente, se requiere reformular el cuidado alternativo residencial para evitar la masividad de niños y niñas en residencias y hacer efectiva la protección y el buen trato dentro de ellas. Con este fin, es necesario fortalecer el trabajo con las familias de estos niños y niñas, de manera que puedan superar las vulneraciones y reunificarse con sus hijos e hijas, asegurándoles su derecho a vivir en familia. UNICEF se encuentra apoyando esta reformulación para concretar el cierre de los CREAD y consolidar el funcionamiento de las nuevas residencias familiares. Además, para contribuir a que niños y adolescentes se desarrollen en una familia, UNICEF está colaborando con el rediseño de los programas de familias de acogida, con el diseño del programa de revinculación familiar para la desinternación de niños y niñas de 0 a 8 años, y con el rediseño de los programas ambulatorios para mejorar su efectividad y lograr que no sean separados de sus familias.

Para disminuir los índices de violencia, UNICEF apoya la articulación de diversos actores institucionales para avanzar en la implementación de acciones comprometidas en el Plan de Acción de la Niñez y Adolescencia 2018-2025. En esta línea, se requiere también un compromiso transversal para trabajar coordinadamente estos índices que los niños, niñas y adolescentes enfrentan en distintos ámbitos de su vida (familiar, escolar, institucional, entre pares).

En el ámbito de la responsabilidad penal adolescente, se requiere establecer el nuevo Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil especializado, actualmente en discusión en el Congreso Nacional, que coordine y entregue una oferta programática orientada a la efectiva reinserción social y a la promoción de conductas que permitan a los adolescentes desistir de la comisión de delitos. Asimismo, se deben mejorar las condiciones de los centros de privación de libertad de los adolescentes en cuanto a infraestructura y condiciones de habitabilidad y también respecto de la supervisión en la aplicación de los programas que se brindan al interior de los mismos.

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