Cotización Voluntaria y Pensión de Invalidez en el Sistema Previsional

En el panorama del sistema previsional, surge con frecuencia la interrogante sobre la posibilidad de realizar cotizaciones voluntarias cuando ya se percibe una pensión de invalidez. Este artículo busca aclarar las condiciones y el proceso para quienes desean continuar aportando a su ahorro previsional, incluso estando pensionados por invalidez.

Compatibilidad entre Pensión de Invalidez y Cotización Voluntaria

Una de las preguntas más importantes es si la legislación permite que una persona que ya recibe una pensión de invalidez pueda realizar aportes voluntarios al sistema previsional. La respuesta es afirmativa.

Es importante destacar que las normas legales y reglamentarias que regulan el nuevo sistema de pensiones no contemplan ninguna incompatibilidad legal entre una pensión de invalidez, ya sea total o parcial, y un trabajo remunerado o la realización de cotizaciones voluntarias.

Incluso, una persona natural que no ejerce actividad remunerada y que se encuentra recibiendo el pago de una pensión en cualquier sistema previsional puede incorporarse en calidad de Afiliado Voluntario.

Esquema explicativo sobre la compatibilidad de pensiones y cotizaciones voluntarias

¿Quiénes pueden ser Afiliados Voluntarios?

La figura del Afiliado Voluntario está diseñada para diversas situaciones, permitiendo a ciertos individuos realizar aportes al sistema previsional sin la obligación de cotizar:

  • Toda persona natural que no ejerza una actividad remunerada puede cotizar en calidad de Afiliado Voluntario en una cuenta individual de la AFP.
  • Asimismo, los trabajadores independientes que no perciban rentas del artículo 42, Nro. 2 de la Ley sobre Impuesto a la Renta podrán cotizar como Afiliado Voluntario.

Es importante señalar que si una persona ya está afiliada a una AFP y comienza a efectuar cotizaciones como Afiliado Voluntario, dará origen a una nueva Cuenta Personal de Ahorro Previsional.

Proceso de Afiliación Voluntaria

Para formalizar la afiliación al sistema de AFP como Afiliado Voluntario, se deben seguir ciertos pasos, dependiendo de si la persona ya está afiliada a una AFP o no:

  1. Suscripción de formulario para nuevos afiliados: Quienes se afilian por primera vez al sistema de AFP deberán suscribir el formulario "Solicitud de Incorporación" en la AFP licitada para los nuevos entrantes.
  2. Afiliados previos: Las personas naturales que ya se encuentren afiliadas a una AFP, por haber sido trabajadores dependientes o independientes, no requerirán suscribir el formulario "Solicitud de Incorporación". En este caso, la primera cotización de Afiliado Voluntario determina su calidad de tal y la apertura de una Cuenta de Afiliado Voluntario.
  3. Elección de fondos: Antes de la primera cotización, el afiliado puede manifestar su opción de elegir el fondo en el que prefiere invertir sus ahorros. En la Solicitud de Incorporación como Afiliado Voluntario, se pueden elegir hasta dos fondos de pensiones en los que se quieren mantener los fondos previsionales; de lo contrario, se asignará el tipo de fondo que corresponde por edad.

Cuentas Personales del Afiliado Voluntario

Como Afiliado Voluntario, se podrá además efectuar depósitos a una Cuenta de Ahorro Voluntario. Por tanto, en la AFP se podrá tener la Cuenta de Afiliado Voluntario y, adicionalmente, una Cuenta de Ahorro Voluntario.

Recaudación y Monto de la Cotización Voluntaria

Las cotizaciones que se abonen en la Cuenta de Afiliado Voluntario podrán ser efectuadas por el propio interesado o por una persona natural en su nombre. Estas no tendrán el carácter de cotizaciones previsionales para los efectos de la Ley sobre Impuesto a la Renta. Se puede cotizar en forma mensual o realizar un solo pago anual. Estos pagos deben ser equivalentes a 1 o 12 cotizaciones por el Ingreso Mínimo para Fines no Remuneracionales y Afiliados Voluntarios, según la modalidad de pago.

El Afiliado Voluntario debe abonar la cotización voluntaria y la cotización adicional, incluyendo el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS). Es importante considerar que la renta no puede ser menor al sueldo mínimo ($529.000) ni superar el tope máximo imponible, que es 87,8 Unidades de Fomento (UF) para cotizaciones obligatorias y 131,8 UF para el Seguro de Cesantía.

Importante: Para elegir si se desea cotizar de forma voluntaria en la AFP y en el Seguro Social, se debe ingresar a la cuenta personal en el sitio web de Previred y seleccionar la opción "Modificar datos del trabajador".

Descuento Autorizado por Cónyuge o Conviviente Civil

Los trabajadores dependientes cuyo cónyuge o conviviente civil posea la calidad de Afiliado Voluntario, pueden autorizar a sus empleadores para que descuenten de sus remuneraciones las sumas destinadas a cotizaciones para la Cuenta de Capitalización Individual Voluntaria de su cónyuge o conviviente civil, incluyendo la cotización adicional. El empleador abonará esta cotización en la AFP en que se encuentre incorporado el Afiliado Voluntario o en la que se encuentre afiliado su trabajador dependiente, según lo que este último determine. En este caso, la AFP deberá transferir los recursos pertenecientes al Afiliado Voluntario a la AFP en que este se encuentre incorporado. Es responsabilidad del empleador verificar que el Afiliado Voluntario identificado en el formulario corresponda efectivamente al cónyuge o conviviente civil de su trabajador dependiente. El primer mes en que el empleador debe efectuar el descuento es el siguiente al de suscripción del formulario de autorización.

Comisiones por Afiliación Voluntaria

Las AFP tienen derecho a cobrar una comisión por las cotizaciones, que corresponde a un porcentaje de estas. Para el caso de AFP Cuprum, por ejemplo, se aplica la misma comisión de la Cuenta de Capitalización Individual Obligatoria. Asimismo, las AFP tienen derecho a cobrar una comisión por transferencia de cotizaciones desde una AFP hacia otra institución autorizada, la cual se descontará del depósito como una suma fija por operación.

Consideraciones Importantes al Cotizar Voluntariamente

  • Pagos duplicados: Si para un mismo mes un afiliado registra pagos de cotizaciones de Afiliado Voluntario y también como trabajador dependiente y/o independiente, las cotizaciones de Afiliado Voluntario se considerarán pagos en exceso y quedarán afectas a los procedimientos de devolución. En estos casos, la AFP deberá reintegrar a la cuenta personal del Afiliado Voluntario la cotización adicional.
  • Anulación por falta de pago: Si al último día del quinto mes siguiente al de la suscripción de la Solicitud de Incorporación, la AFP no ha recibido el pago de una cotización de Afiliado Voluntario, esta deberá anular el documento de incorporación respectivo y el registro de afiliación creado.
  • Inembargabilidad: Los recursos que se mantengan en la Cuenta de Capitalización Individual de Afiliado Voluntario son inembargables.

Video Cotizaciones Previsionales para Trabajadores Independientes. Operación Renta 2026.

El Contexto de la Pensión de Invalidez

Para comprender la importancia de la cotización voluntaria, es útil recordar cómo funciona la pensión de invalidez en el sistema actual.

Financiamiento y Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS)

El monto de la pensión de invalidez se financia con los recursos previsionales acumulados por el propio trabajador o trabajadora en su AFP, complementados con el aporte del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS), siempre que se cumplan los requisitos para acceder a dicho seguro.

Dado que todas las personas trabajadoras enfrentan el riesgo de invalidez o fallecimiento, las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) están obligadas a contratar, de manera conjunta, un seguro que proteja a sus afiliados. Este seguro, denominado Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS), tiene por objetivo complementar los fondos acumulados en la cuenta de la AFP para financiar una pensión de invalidez o sobrevivencia.

Para las personas trabajadoras independientes obligadas a cotizar, el pago del SIS se efectúa con las retenciones aplicadas a las boletas de honorarios. En el caso de los trabajadores dependientes, el SIS es financiado íntegramente por los empleadores durante toda la vida laboral activa.

Infografía: Financiamiento de la pensión de invalidez y rol del SIS

Tipos de Pensiones de Invalidez

Dentro del sistema, existen diferentes tipos de beneficios relacionados con la invalidez:

  • La Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) es un beneficio dirigido a personas entre 18 y 64 años.
  • El Aporte Previsional Solidario de Invalidez (APSI) es un complemento monetario financiado por el Estado, destinado a personas entre 18 y 64 años que perciban una pensión de invalidez.

Excepción para Pensionados de Invalidez Total en Cotizaciones Obligatorias

Es importante no confundir la posibilidad de cotizar voluntariamente con la obligación de cotizar para ciertos grupos. Los pensionados por vejez, vejez anticipada o invalidez total, por ejemplo, están exentos de la obligación de cotizar como trabajadores independientes. Esta exención se refiere específicamente a las cotizaciones obligatorias que establece la ley para quienes perciben honorarios, no a la posibilidad de realizar aportes voluntarios para incrementar sus fondos previsionales.

tags: #se #puede #cotizar #voluntarimente #si #se