La Reparación y el Futuro de la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes Afectados por SENAME

La situación de los niños, niñas y adolescentes (NNA) bajo la protección estatal en Chile ha sido objeto de profunda preocupación y debate. En respuesta a las graves vulneraciones de derechos históricamente registradas, se están implementando y discutiendo diversas iniciativas orientadas a la verdad, la justicia, la reparación y la garantía de no repetición, fundamentales para la restauración de la dignidad y la autoestima de las víctimas.

Creación de la Comisión de Verdad, Justicia y Reparación

La creación de la Comisión de Verdad, Justicia y Reparación para víctimas del Sename se realiza luego de que lo anunciara el Presidente Boric en su última Cuenta Pública. Este paso surge en el contexto del Informe del Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas, que en 2018 concluyó que Chile es responsable de vulnerar grave y sistemáticamente los derechos de los NNA que se encontraban en centros de protección bajo el control directo o indirecto del Sename.

Esquema de las funciones y objetivos de la Comisión de Verdad, Justicia y Reparación

Valoración y Expectativas de la Comisión

Al respecto, el Defensor de la Niñez, Anuar Quesille, señaló: “Valoramos positivamente y vemos un avance en la instalación de la Comisión, de la cual esperamos se pueda avanzar a saldar la gran deuda del Estado con los niños y niñas que, estando bajo su protección, fueron vulnerados en sus derechos. No obstante, solo es un primer paso.” La institución, junto a Unicef, participó de la mesa preparatoria de esta Comisión en un rol técnico de observadores de derechos humanos, relevando los estándares en la materia. El Defensor de la Niñez señaló que la participación efectiva de los niños, niñas y adolescentes en la instancia tiene mucha relevancia y es fundamental para el éxito del proceso: “Esta comisión no podrá cumplir con su encargo sin la participación efectiva de niños, niñas y adolescentes y de las agrupaciones de víctimas.”

Requerimientos para el Éxito de la Comisión

Junto con ello, Anuar Quesille afirmó: “Observaremos y procuraremos que se cuente con un presupuesto suficiente, que permita cumplir su mandato con la debida especialización que se requiere para este tipo de vulneraciones. No podemos permitirnos como Estado no lograr los objetivos de verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición, por respeto a las víctimas, en un contexto donde es especialmente urgente ante los nudos críticos que hemos observado en la protección especializada.” A esto, agregó: “Tal como se lo manifesté al Ministro de Justicia y Derechos Humanos, Jaime Gajardo, desde la Defensoría de la Niñez abogaremos para que esta Comisión sea solo el inicio de una instancia que considere a niños, niñas y adolescentes víctimas de violencia institucional en otros contextos también, particularmente el eclesiástico y durante el estallido social.”

La Magnitud de las Vulneraciones: El Caso SENAME

En el informe “Comisión Verdad, Justicia y Reparación” de la Defensoría de la Niñez, relacionado con violaciones de derechos humanos de NNA en entornos institucionales y de cuidado estatal, se recogen antecedentes y recomendaciones, y se recopiló información arrojada por diversos estudios que dan cuenta de la magnitud de las cifras de las víctimas directas e indirectas de vulneraciones de derechos humanos por parte del Estado.

Estadísticas y Procesos Judiciales

Particularmente, se destacó el inicio de la causa judicial en la fiscalía regional de Los Lagos para la investigación de 1.313 fallecimientos acontecidos entre enero del año 2005 y julio del 2016, donde 878 eran niños, niñas y adolescentes. Esta información fue conocida como el “Caso Sename” y en ella, a agosto del 2022, solo el 2% de los casos tuvo alguna condena y un 45% terminó por sobreseimiento. Junto con ello, dentro de los procesos de investigación llevados a cabo por la Policía de Investigaciones, se destacó la indagación en los centros dependientes directamente del Sename, a partir de una fuerza de tarea especialmente conformada para este cometido y que levantó información sobre un total de 240 centros, tanto de protección de derechos como de justicia juvenil.

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Avances Legislativos y Desafíos en la Protección Especializada

El pasado 26 de mayo, en la Comisión Mixta del Senado, tras una larga y tortuosa discusión, se completó la tramitación de los últimos artículos del proyecto de ley que crea el nuevo Servicio de Protección Especializada, que reemplazará al actual SENAME. Paralelamente, otro proyecto de ley se encuentra finalizando su segundo trámite. “Cuando se legisla para proteger a los niños y niñas adolescentes se lanzan principios de tenor casi poético, pero de escasa efectividad”, advierten los autores de esta columna.

Problemas de Técnica Legislativa y Prioridades

El orden en que se aprobarán los proyectos revela un problema de técnica legislativa importante. Por su naturaleza funcional, el nuevo servicio debería votarse después del proyecto que establece los derechos y garantías por un lado, y la protección administrativa por el otro. Para quienes llevan tiempo trabajando en el sistema de protección de NNA, el problema no son los nombres de las instituciones, sino sus atribuciones y los derechos que protegen. La institución nueva, igual que la antigua, es solo el hardware.

La Importancia de la Ley de Garantías

Para entender cómo se llegó a este punto, es necesario hacer un repaso de lo que ha ocurrido durante el avance de estos proyectos. Desde su inicio, se acordó su tramitación conjunta; aquí el mérito corresponde a la senadora Ximena Rincón, quien preside la Comisión Especial de Infancia. Con esa decisión, se hizo cargo de la demanda que por años venían haciendo grupos de la sociedad civil, del mundo académico, el gremio de jueces y, en general, los organismos nacionales e internacionales de defensa de derechos humanos, como el Comité de Derechos del Niño de las Naciones Unidas.

A modo de ejemplo de la importancia que tiene la aspiración de una ley de garantías, fue la intervención del Premio Nobel de la Paz (2014), el activista indio Kailash Satyarthi, quien en una alocución ante la Comisión de Infancia del Senado, el 7 de octubre de 2018, llamó a “hacer una buena ley, comprensiva, holística y preventiva”. Satyarthi hizo ver a los senadores que, dado el momento tardío en que Chile ha asumido la labor de adecuar su legislación interna a la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, a 30 años de su suscripción, era “la oportunidad de hacer una de las mejores leyes del mundo”.

Debates y Obstáculos en la Tramitación

Cabe destacar que el acuerdo al que nos referimos se alcanzó en su oportunidad con la venia de senadores oficialistas, de modo que no se entiende por qué ahora se desconoce la necesidad vital de la prelación que debe tener la ley de garantías. “¿Por qué ahora los senadores de gobierno quieren aprobar rápidamente el proyecto de nuevo servicio?” La subsecretaria Bown, en el artículo publicado el 28 de mayo de 2020 en El Mercurio, apoyó la idea de desconocer el acuerdo de tramitación al afirmar que la ley de Garantías “tiene temas ideológicos, y estos son complicados porque cuando se discuten temas relacionados con la homoparentalidad o con la identidad de género, siempre hay mayor división” (sic).

La tramitación vacilante, que aún no culmina, ha dejado pendiente de resolver un conflicto esencial en el texto del proyecto de la ley de garantías. Se trata de la llamada 'cláusula del miedo'. El texto de la ley de garantías, en actual tramitación, constituye en general un avance en definiciones, desarrollo y reconocimiento de algunos derechos. Es una instancia valiosa para fortalecer los derechos de los niños, huyendo de las generalizaciones, las ambigüedades y las declaraciones grandilocuentes, e intentar dar un paso adelante en la efectividad de los derechos. Por el contrario, se considera que la única forma válida y eficaz de lograr ese objetivo es procurando una regulación metódica y coherente que venga a normalizar el galimatías normativo existente en el Derecho Chileno en torno a la realidad de los niños, niñas y adolescentes que se encuentran bajo su jurisdicción.

Con razón, suele afirmarse que los niños, niñas y adolescentes son la fuente más importante de retórica legal, de proclamas suntuosas y, en general, de grandes principios de tenor casi poético, pero de escasa efectividad y dudosa aplicación práctica. Pero los vaivenes discursivos no acaban ahí. En una de las sesiones en el Senado, la misma subsecretaria estimaba innecesario llevar los derechos de los niños al texto constitucional porque ya estaban suficientemente considerados en el catálogo de derechos del artículo 19 y que establecer derechos específicos para ellos podría significar su desprotección.

Es así como en el proyecto de ley de garantías aparecen fuertemente limitados, al punto que en realidad pierden eficacia, principios como el de autonomía progresiva o interés superior del niño, para cuya interpretación debe considerar, elevado a categoría de principio, el derecho de los padres, y una serie de derechos civiles y políticos que no pueden verse restringidos. Se exige a los políticos un debate real, técnico, alejado de lo ideológico, que permita, de una vez por todas, superar la lectura decimonónica que, aún al día de hoy, pervive de la niñez en el sistema legal.

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