El Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia (Sename) es una entidad pública descentralizada, con personalidad jurídica y patrimonio propios, que opera bajo la supervigilancia del Ministerio de Desarrollo Social y Familia. Su objetivo principal es garantizar la protección especializada de niños, niñas y adolescentes que se encuentren gravemente amenazados o vulnerados en sus derechos, asegurando la provisión y ejecución de programas especializados para abordar casos de mediana y alta complejidad.
El Servicio actúa en concordancia con la Política Nacional de Niñez y Adolescencia, garantizando el derecho de acceso a la justicia y respetando los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes, conforme a la Constitución Política de la República, la Convención sobre los Derechos del Niño y otros tratados internacionales ratificados por Chile.

Objeto y Funcionamiento del Servicio
El objeto fundamental del Servicio es garantizar la protección especializada de niños, niñas y adolescentes gravemente amenazados o vulnerados en sus derechos. Para ello, debe asegurar la provisión y ejecución de programas especializados que aborden casos de mediana y alta complejidad. Asimismo, se compromete a garantizar el pleno respeto a los niños, niñas y adolescentes como sujetos de derechos de especial protección, así como sus derechos fundamentales reconocidos en la legislación nacional e internacional.
El Servicio operará asegurando la oferta pública de prestaciones en todas las regiones del país, ya sea directamente o a través de terceros. En caso de que niños, niñas o adolescentes resulten dañados por falta de servicio, la indemnización por daño moral será fijada por un juez, quien considerará la gravedad del daño y sus consecuencias.
Sujetos de Atención del Servicio
El Servicio dirige su acción principalmente a niños, niñas y adolescentes. Sin embargo, la calidad de sujeto de atención se extiende a aquellos que tengan dieciocho años o más, siempre que se encuentren bajo cuidado alternativo y cursando estudios. En estos casos, serán sujetos de atención hasta el 31 de diciembre del año en que cumplan veinticuatro años.
Principios Rectores
La labor del Servicio se rige por una serie de principios fundamentales:
- El interés superior del niño, niña o adolescente.
- La igualdad y no discriminación arbitraria.
- La autonomía progresiva.
- La perspectiva de género.
- La inclusión.
- La protección social.
- La participación efectiva.
Estructura de Dirección y Gestión
El Servicio estará encabezado por un Director o Directora Nacional, cuyo nombramiento tendrá una duración de cinco años, con posibilidad de una sola renovación. A nivel regional, el Servicio contará con direcciones regionales en cada una de las regiones del país. Tanto el Director Nacional como los directores regionales serán designados a través del Sistema de Alta Dirección Pública.
Funciones Clave del Servicio
Las funciones del Servicio son amplias y abarcan diversas áreas:
- Elaborar normativa técnica y administrativa para cada programa de protección especializada.
- Colaborar con otros órganos del Estado, requiriendo o entregando información según corresponda.
- Generar procedimientos para recabar periódicamente la opinión de los niños, niñas y adolescentes atendidos y sus familias.
- Velar por el respeto de los derechos humanos y la normativa legal relacionada con la protección especializada.
- Diseñar y desarrollar políticas, programas y actividades de capacitación periódica.
- Solicitar información a cualquier órgano del Estado para el buen cumplimiento de sus funciones.
- Ejercer acciones para la recuperación de recursos utilizados en contravención a la normativa.
- Ejercer todas las demás funciones que la ley le encomiende.
Consejo de Expertos y Colaboradores Acreditados
El Servicio contará con un Consejo de Expertos, compuesto por cinco miembros con experiencia y reconocida trayectoria en áreas ligadas a la niñez. Los integrantes del Consejo durarán tres años en sus cargos, con posibilidad de una sola renovación.
Para la ejecución de sus programas, el Servicio podrá contar con colaboradores acreditados. Solo las personas jurídicas que hayan implementado modelos de organización, administración y supervisión para prevenir delitos contra niños, niñas y adolescentes, y que aseguren el correcto uso de recursos públicos, podrán ser acreditadas. El Servicio mantendrá y administrará un registro público de estos colaboradores en su página web, actualizado anualmente.

Modalidades de Atención Especializada
El Servicio ofrecerá diversas líneas de acción y modalidades de atención especializada:
- Diagnóstico clínico especializado y seguimiento de casos, incluyendo pericias.
- Intervenciones ambulatorias de reparación.
- Fortalecimiento y vinculación familiar.
- Cuidado alternativo.
- Adopción.
Los programas de protección especializada se diseñarán basándose en evidencia técnica y territorial, evaluaciones previas del Servicio o terceros, y las realizadas por el Ministerio de Desarrollo Social y Familia u otros organismos competentes.
Fiscalización y Sanciones
El Servicio contará con una unidad de fiscalización para supervisar y controlar a los colaboradores acreditados. Esta unidad podrá aplicar sanciones en casos calificados. Las infracciones graves podrán ser sancionadas, y la ocurrencia de delitos que afecten la vida, salud, integridad, libertad e indemnidad sexual de niños, niñas y adolescentes, así como el uso indebido de recursos públicos, serán consideradas infracciones gravísimas, pudiendo acarrear la suspensión o término de la acreditación.
Procedimiento para Medidas de Protección y Adopción
Los niños, niñas y adolescentes que requieran una medida de protección serán derivados a los programas especializados por los tribunales competentes o las Oficinas Locales de la Niñez.
La línea de acción de adopción tiene como fin procurar a un niño, niña o adolescente una familia que le brinde afecto y cuidados para satisfacer sus necesidades, cuando esto no pueda ser proporcionado por su familia de origen, conforme a la normativa vigente.
En el caso de Lorena y Fernando, de la Región del Biobío, su experiencia como familia de acogida demuestra la importancia de estos programas. Tras asistir a una charla informativa, someterse a evaluaciones y capacitaciones, acogieron a un niño que se integró plenamente a su hogar. Reconocen que, si bien el proceso es temporal y puede ser triste cuando el niño parte a su familia definitiva, queda la satisfacción de haberle brindado un entorno seguro y positivo.
Estadísticamente, durante el primer semestre de 2017, el 45% de los niños fueron derivados a familias de acogida (1.886), mientras que el 55% (2.267) fue derivado a centros de protección, lo que evidencia la relevancia de la labor de las familias de acogida en el proceso de "desinternación" para niños de 0 a 6 años.
La capacitación y el compromiso son fundamentales en este proceso. Los interesados en acoger a un niño firman un compromiso, entendiendo que se trata de un proceso temporal, cuya duración dependerá de la intervención con la familia biológica o la búsqueda de una familia adoptiva, siempre bajo la determinación de los tribunales de familia.