Ahorro Previsional Voluntario (APV) en AFP: Qué es y Cómo Funciona

El Ahorro Previsional Voluntario (APV) es un ahorro adicional al 10% obligatorio que los trabajadores deciden hacer con el objetivo de mejorar el monto de su pensión o anticipar la edad de jubilación. Esta herramienta está diseñada para asegurar una mejor calidad de vida durante la etapa de retiro.

Esquema de cómo funciona el APV dentro del sistema de AFP

¿Qué es el APV y Cuáles son sus Objetivos?

El APV es el ahorro que una persona realiza de manera adicional al monto obligatorio en su AFP. Con este ahorro, los individuos pueden acercarse más a la jubilación deseada o incluso anticipar la edad en que jubilarán. Además, el APV es una herramienta útil para compensar los periodos en los que, por diversos motivos, no se ha cotizado, conocidos como lagunas previsionales.

Al invertir en APV, los cotizantes podrían recibir una pensión similar al sueldo que perciben actualmente. Es una solución que acompaña al individuo a lo largo de su vida laboral.

Beneficios Tributarios del APV

El ahorro adicional a través del APV ofrece importantes beneficios tributarios. El Estado premia la capacidad de ahorro voluntario ofreciendo distintas modalidades de beneficios tributarios, según el régimen que elija el cotizante: A, B o Depósito Convenido.

Infografía comparativa de los beneficios tributarios de los regímenes A y B de APV

Régimen Tributario A (Ahorro después de impuestos)

  • Para acceder a este beneficio fiscal, el trabajador dependiente o independiente debe manifestar su voluntad de acogerse al régimen tributario a) de APV establecido en el artículo 20L del D.L. 3.500 de 1980.
  • El Estado bonifica el 15% del aporte anual realizado por el trabajador.
  • El tope anual del beneficio es el menor valor entre 6 UTM anuales y la suma equivalente a 10 veces el total de las cotizaciones obligatorias realizadas dentro de ese mismo año por el trabajador.
  • Este beneficio fiscal solo será de dominio del trabajador si destina el ahorro a la mejora de la pensión. De lo contrario, la bonificación será reintegrada a la Tesorería General de la República.
  • En caso de retiro anticipado, se perderá el 15% que el Estado depositó en la cuenta como bonificación fiscal, más la rentabilidad generada. Sin embargo, al ser dinero que ya pagó impuestos, no se tendrá que pagar extra al retirarlo.

Régimen Tributario B (Ahorro antes de impuestos)

  • Para acceder al beneficio de disminución de la base imponible, el trabajador dependiente o independiente debe manifestar su voluntad de acogerse al régimen tributario b) de APV, establecido en el artículo 20L del D.L. 3.500 de 1980.
  • Esto implica que los aportes de los trabajadores se descontarán de la base imponible para el cálculo del impuesto a la renta. El monto ahorrado no constituye renta, por ende, queda libre de impuestos hasta el momento del rescate en la jubilación.
  • Una proporción entre el 4% y el 40% del monto de ahorro realizado es financiada por el Estado en la forma de un menor pago de impuestos.
  • El ahorro voluntario se rebajará directamente de la renta imponible, lo que permitirá pagar menos impuestos.
  • Este régimen permite reducir la base imponible hasta 600 UF anuales o 50 UF mensuales por descuento por planilla.
  • Si se retira este dinero antes de la jubilación, como no pagó impuesto al ahorrarse y se rebajó de la base tributaria, se deberá pagar el impuesto correspondiente, junto a un cargo adicional que va entre el 3% y el 7% sobre la tasa de impuesto (global complementario).

Depósito Convenido

Esta opción de ahorro voluntario es exclusiva para trabajadores dependientes y consiste en un acuerdo con el empleador, quien paga un monto determinado que se sumará al ahorro obligatorio del trabajador con el objetivo de mejorar o anticipar su pensión.

¿Quiénes pueden cotizar en APV?

El APV está disponible para:

  • Trabajadores dependientes: Pueden cotizar rebajando su base imponible en hasta 50 UF mensuales o 600 UF anuales (Contribuyentes Art. 42 N°1 de la ley sobre impuesto a la Renta).
  • Trabajadores independientes (Boletas de Honorarios): Pueden rebajar de su base imponible hasta 8.33 UF por cada UF de cotización obligatoria, con un tope de 600 UF anuales.
  • Empresarios Individuales, socios de sociedades de personas, socios gestores de sociedades en comanditas por acciones: Por los sueldos empresariales asignados o pagados, pueden ahorrar con beneficios tributarios hasta el monto en UF que representen las cotizaciones obligatorias realizadas.

Flexibilidad y Modos de Ahorro

El APV es flexible. Tú decides cuándo ahorrar o no. La cuenta no se cierra, solo queda sin movimientos y continúa rentando según los fondos elegidos. No existe un monto mínimo, por lo que se puede ahorrar a la medida de las posibilidades de cada persona.

Tutorial ingreso de aportes APV en declaración sobre la Renta

Los depósitos pueden realizarse de diferentes maneras:

  • Descuento mensual por empleador: Se puede estipular un monto mensual que se desea ahorrar, el cual puede estar en pesos o UF. Este se descuenta directamente de la liquidación de sueldo.
  • Depósitos únicos: Se pueden realizar depósitos únicos de manera 100% online a través de la página web de la AFP o AGF.

Cómo Abrir un APV y Ahorrar

Para abrir un APV, por ejemplo, en la Sucursal Virtual de una AFP, los pasos generales son:

  1. Ingresa a tu Sucursal Virtual o ProVida App.
  2. Elige "Abrir APV" y luego "Ahorrar Más".
  3. Selecciona "Comenzar a Ahorrar".
  4. En el proceso de inicio de apertura de APV, puedes elegir "Descuento Mensual Realizado por mi Empleador, desde mi Liquidación de Sueldo".
  5. Una vez abierto, puedes seleccionar la opción "Cambio o Distribución de Fondos" y elegir la cuenta (Cuenta Obligatoria o Cuenta 2) y los multifondos donde deseas invertir.

Retiro de Fondos del APV

Se autoriza el retiro de los depósitos del APV antes de pensionarse, pudiendo realizar el giro cuando se desee, ya sea para adelantar la jubilación, por cesantía o por otra necesidad.

Consideraciones al Retirar Fondos

  • Retiros acogidos al Régimen Tributario A: Los retiros de los depósitos del APV acogidos a la letra a) del artículo 20 L del DL 3.500 tributarán por la rentabilidad real al momento de cada operación. Además, se descontará de la cuenta de bonificación el equivalente al 15% del retiro de los aportes. La AFP deberá devolver a la Tesorería General de la República la bonificación fiscal proporcional al monto del retiro.
  • Retiros acogidos al Régimen Tributario B: Los retiros que no estén destinados a anticipar o mejorar la pensión, estarán afectos a un impuesto único que se calculará de acuerdo a lo establecido en el artículo 42 bis Nº 3 de la Ley de Renta. Adicionalmente, se aplica un cargo extra que varía entre el 3% y el 7% sobre la tasa de impuesto (global complementario).
  • Fondos acumulados de Depósitos de APV y Depósitos Convenidos: Pueden retirarse como excedente de libre disposición al momento de pensionarse.

Giro Rápido

Algunas instituciones ofrecen un "giro rápido" con las siguientes condiciones:

  • Si el monto no supera los $500.000 y la solicitud fue realizada antes del mediodía, el depósito se realiza el mismo día.
  • Si la solicitud fue realizada después del mediodía, el depósito estará dentro de las 24 horas hábiles siguientes.
  • Si el monto es inferior a $500.000, estará disponible el 4° día hábil desde la solicitud.
  • Giro en efectivo: Disponibilidad inmediata en algunos bancos.
  • Retiro en Banco Estado: Disponible el 4° día hábil.
  • El valor cuota para giro anticipado corresponde al del día hábil anteprecedente a la fecha de la solicitud.
  • Para giro diferido, se utiliza el valor cuota del día hábil subsiguiente a la fecha de la solicitud.

Administración y Rentabilidad

Al igual que con la Cuenta Obligatoria, en el APV se puede elegir ahorrar en hasta 2 de los 5 Multifondos disponibles. La rentabilidad o ganancia obtenida en el pasado por estos fondos no garantiza que se repita en el futuro. Los valores de las cuotas de los Fondos Mutuos son variables y la rentabilidad es fluctuante. Es importante informarse de las características esenciales de la inversión en cada Fondo Mutuo, las cuales se encuentran contenidas en su reglamento interno disponible en los sitios web de las administradoras y de la CMF Chile.

Gráfico histórico de rentabilidad de los multifondos de APV

Comisiones

Las comisiones del APV suelen ser un porcentaje anual del saldo administrado. Por ejemplo, una comisión de APV podría ser del 0,6% anual del saldo administrado. Esto se traduce en un cobro mensual proporcional. Es importante conocer todas las comisiones de la AFP correspondiente.

Seguridad y Recomendaciones

Es fundamental seguir consejos de seguridad para proteger los ahorros previsionales:

  • No compartir claves. Las AFP nunca solicitarán claves.
  • Los SMS de las AFP provienen de números específicos (ej. 3710 - 6081 - 90250 - 86014).
  • El contacto por Redes Sociales solo ocurrirá si el usuario lo solicita.
  • En caso de llamadas, el número de contacto es específico (ej. +6005943022).

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