Guía Completa sobre la Gestión y Retiro de Fondos de AFP

Conocer cómo funcionan y cómo se gestionan tus ahorros en las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) es fundamental para tomar decisiones informadas sobre tu futuro previsional. Esta guía explora los conceptos clave de inversión, los tipos de fondos disponibles, desmiente mitos comunes y detalla el proceso de retiro excepcional de fondos.

infografía sobre cómo se invierten los fondos de AFP en diferentes instrumentos

Entendiendo tus Ahorros en la AFP

Tus ahorros previsionales en la AFP se invierten para generar rentabilidad a lo largo del tiempo. Para entender este proceso, es útil conocer algunos conceptos básicos. Por ejemplo, si tienes $1.000.000 en tu cuenta de la AFP y estás en el Fondo A, y la cuota de este fondo vale $10.000, entonces posees 100 cuotas de ese fondo. Cada Fondo invierte en distintos sectores económicos e instrumentos financieros, tanto en Chile como en el extranjero.

Tus ahorros suben y bajan porque los instrumentos de inversión varían de precio todos los días. Usualmente, obtienes ganancias que se suman a tu cuenta de AFP y aumentan tus ahorros. Las pérdidas también son tuyas; sin embargo, suelen recuperarse, y en el pasado, los fondos siempre se han recuperado. Las inversiones previsionales son de largo plazo, por lo que, pese a que hay períodos más complejos, la evidencia muestra que la rentabilidad siempre se ha recuperado en el tiempo.

Tipos de Instrumentos de Inversión

  • Los Instrumentos de Renta Fija son aquellos títulos que, al momento de la inversión, entregan una rentabilidad conocida en un período determinado. Durante ese período, su rentabilidad varía de acuerdo con su valor de mercado. Los depósitos a plazo y los bonos emitidos por el Gobierno y las empresas son ejemplos de Renta Fija.
  • Los Instrumentos de Renta Variable son títulos representativos de propiedad o capital de una sociedad o empresa, como las acciones que se transan en la Bolsa de Valores.

Los Multifondos de AFP: Opciones de Inversión

La ley establece los tipos de instrumentos en los cuales se pueden invertir los ahorros previsionales de los trabajadores, así como las operaciones y contratos que se pueden celebrar. Los recursos previsionales de afiliadas y afiliados se invierten a través de un esquema de multifondos de pensiones. Corresponde a las cinco alternativas de inversión (Fondos de Pensiones) que ofrecen las AFP a sus afiliados para invertir sus ahorros obligatorios y/o voluntarios. La creación de los Fondos Tipos B, C, D y E es de carácter obligatorio para las AFP.

El afiliado puede en cualquier momento solicitar cambio de tipo de fondo de una o más de sus cuentas personales. Para ello, puedes ingresar a tu Sucursal Virtual o a la aplicación de tu AFP con tu Clave de Acceso y validar tu identidad con la Clave Dinámica que te enviarán. Por normativa, las AFP no pueden indicar a los clientes a qué Fondo deben cambiarse, pero sí pueden tener a disposición un recomendador de Fondos para que las personas descubran su mejor opción.

diagrama de los multifondos de AFP y sus perfiles de riesgo

Perfiles de los Multifondos

El Fondo Tipo A tiene una mayor proporción de sus inversiones en renta variable, la que va disminuyendo progresivamente en los Fondos B, C y D. Cada fondo está diseñado para distintos perfiles de riesgo y horizontes de jubilación:

  • Fondo A (Más Riesgoso): Es usado cuando faltan más de 20 años para jubilar o si se toleran bien las variaciones de saldo.
  • Fondo B: Es usado cuando faltan unos 15 años para jubilar y se toleran bien las variaciones de saldo.
  • Fondo C (Intermedio): Para los que se jubilan en más de 10 años y toleran variaciones de saldo.
  • Fondo D: Para los que jubilan en menos de 10 años o si no se toleran las variaciones de saldo.
  • Fondo E (Más Conservador): Es usado cuando uno se jubila en 5 años o menos, o si se toleran pocas variaciones de saldo.

Cabe destacar que algunas administradoras, como ProVida, están adheridas a los Principios de Inversión Responsable (PRI), lo que implica que sus inversiones se rigen bajo criterios sociales y ambientales.

Mitos y Verdades sobre el Sistema de Pensiones y las AFP

Existen diversas ideas erróneas sobre el funcionamiento del sistema de pensiones en Chile. A continuación, aclaramos algunos de los mitos más comunes:

Mito 1: Las AFP deciden dónde se invierten tus fondos sin regulación.

Verdad: La ley establece los tipos de instrumentos en los cuales se pueden invertir los ahorros previsionales de los trabajadores, así como las operaciones y contratos que se pueden celebrar. Las AFP no invierten en empresas ni en personas, sino que en instrumentos financieros elegidos considerando su rentabilidad esperada en el futuro.

Mito 2: No puedes elegir tu AFP ni el tipo de fondo.

Verdad: Tú tienes la libertad de afiliarte a la Administradora que prefieras y cambiarte cuando lo estimes necesario. Así, también, puedes escoger el tipo de fondo en el que quieres invertir tus ahorros para la pensión entre los cinco existentes, optando hasta por dos de ellos al mismo tiempo. En nuestro país, la ley solo establece que los trabajadores que comienzan a cotizar por primera vez deben afiliarse a la Administradora que ofrece la menor comisión del mercado por un periodo de 24 meses continuos (coticen o no), con el objetivo de maximizar su ingreso líquido. Todas las administradoras tienen habilitados distintos mecanismos digitales y en sucursales para cambiarte tanto de AFP como de multifondo, siendo un trámite simple que solo requiere la clave de seguridad de AFP y el carnet de identidad en caso de hacerlo presencialmente.

Mito 3: Las AFP son el único actor del sistema de pensiones y no se quedan con tus fondos.

Verdad: Las AFP son un actor más de un sistema mixto en el que también participa el Estado administrando el Pilar Solidario del Sistema de Pensiones. El sistema de pensiones en Chile es mixto y desde 1981 cuenta con prestaciones solidarias administradas por el Estado. El Pilar Solidario fue fortalecido en 2008 y en 2022 se reforzó con la Pensión Garantizada Universal (PGU). Las AFP no se quedan con tus fondos; estos son de tu propiedad.

Mito 4: Las AFP solo invierten y no tienen otras tareas.

Verdad: Las Administradoras, además de invertir, cuidar y hacer crecer tus ahorros, tienen múltiples tareas, como el pago de beneficios estatales o la recaudación de las cotizaciones previsionales obligatorias y voluntarias.

Mito 5: Las AFP calculan tu pensión a su antojo.

Verdad: Las AFP no calculan tu pensión como ellas quieran, sino que es la Superintendencia de Pensiones la que regula el cálculo. Para el cálculo, se tienen en cuenta factores demográficos; por ejemplo, se espera que los hombres vivan hasta los 86 años y las mujeres hasta los 91.

Mito 6: Las AFP no arriesgan su propio capital.

Verdad: Las AFP están obligadas por ley a invertir parte de su patrimonio en los mismos fondos en que están tus ahorros, por lo que, si la rentabilidad es negativa, su inversión también lo es. Las utilidades de las Administradoras no provienen, en ningún caso, de tu ahorro previsional.

Mito 7: El sistema de pensiones chileno es un caso aislado a nivel mundial.

Verdad: Así como Chile, hay varios países que tienen características similares, en los que los trabajadores realizan aportes a sus planes de ahorro individual y el Estado, mediante impuestos, financia las prestaciones del Pilar Solidario. La tendencia mundial y el envejecimiento de la población ha hecho que distintos países hayan pasado del sistema de reparto a modalidades mixtas o capitalización para tener más ahorros para pagar pensiones.

Proceso de Retiro Excepcional de Fondos de Pensiones

La posibilidad de retirar fondos de pensiones es un derecho excepcional que ha establecido una reforma constitucional. A continuación, se detallan los aspectos clave de este proceso.

¿Cómo solicitar el nuevo retiro de fondos? #ProfuturoTeEnseña

Requisitos y Elegibilidad

Los trabajadores y pensionados afiliados al actual sistema de pensiones y que registren fondos en su cuenta individual de cotizaciones obligatorias podrán solicitar el retiro de sus fondos.

  • Pueden solicitar el retiro quienes poseen una cuenta de capitalización individual de afiliado voluntario.
  • También los beneficiarios de pensión de sobrevivencia bajo la modalidad de renta temporal o retiro programado.
  • Los pensionados en retiro programado que se encuentran en el extranjero acogidos a convenio de seguridad social también pueden retirar fondos.
  • Los pensionados de Capredena y Dipreca, afiliados al D.L. 3.500, también son elegibles.
  • En el caso de pensionados por invalidez en retiro programado que, además, reciben Aporte Previsional Solidario de Invalidez (APSI), al retirar saldo de su cuenta verán que el porcentaje que ellos financian con su saldo disminuirá.
  • Se pueden retirar los fondos del bono por hijo.

No podrán hacer retiro quienes están pensionados por renta vitalicia. Sin embargo, si recibes una renta vitalicia pero tienes saldo en la AFP que te paga como pensión adicional en la modalidad retiro programado, sí podrás solicitar el retiro sobre el monto acumulado en tu cuenta individual de cotizaciones obligatorias.

Cálculo y Montos del Retiro

La solicitud de retiro de fondos se calcula sobre el total de los fondos acumulados en la cuenta individual de cotizaciones obligatorias, sin hacer diferencia o excepción alguna. Al momento de la solicitud, la AFP deberá calcular el monto correspondiente al 10% del saldo y expresarlo en cuotas. El valor cuota experimentará las variaciones propias del mercado.

  • El monto máximo de retiro tiene un tope de 150 UF (aproximadamente $4.300.000).
  • El monto mínimo de retiro es de 35 UF (aproximadamente $1.000.000).
  • El retiro de los fondos no está afecto a ningún tipo de comisión o descuento.
  • La reforma constitucional establece que los fondos retirados se considerarán inembargables para todo efecto legal.

Procedimiento de Solicitud y Pago

Para solicitar el retiro, puedes ingresar a la Sucursal Virtual o la aplicación de tu AFP con tu Clave de Acceso y validar tu identidad con la Clave Dinámica que te enviarán.

Una vez que la administradora entrega el comprobante de solicitud de retiro al afiliado o beneficiario, desde esa fecha (incluida) comienza a regir el plazo para el pago de los fondos, que es de hasta 10 días hábiles. Si la solicitud fue aprobada, la AFP tiene el resto de los días hasta el décimo día hábil para pagar el retiro de los fondos.

Opciones de Recepción del Pago:

  • Transferencia a la cuenta de ahorro voluntario (Cuenta 2) en la AFP donde se está efectuando el retiro. Si no tienes una, se creará automáticamente en la administradora en la que estás realizando la solicitud.
  • Depósito en una cuenta bancaria de la cual el afiliado sea el titular (cuenta corriente, vista o de ahorro). También a cuentas de instituciones financieras como cooperativas de ahorro y crédito. El solicitante deberá informar el número de cuenta, tipo de cuenta y nombre de la entidad.
  • Depósito en una cuenta de provisión de fondos en cajas de compensación.

En caso de solicitud rechazada:

Cuando la solicitud de retiro de fondos es rechazada, la AFP debe explicar claramente al afiliado o beneficiario las razones del rechazo. De esta manera, la persona podrá corregir los errores o datos entregados, pero deberá ingresar una nueva solicitud.

Posibilidad de retractarse:

En este proceso existe la posibilidad de retractarse, pero el afiliado o beneficiario debe comunicarlo a su AFP antes de recibir el primer pago.

Impacto del Retiro en Beneficios Previsionales

El beneficio del retiro de fondos de pensiones de la cuenta de capitalización individual obligatoria no excluye de otras posibilidades ni beneficios:

  • La posibilidad de retirar los fondos de pensiones es un derecho excepcional que ha establecido la reforma constitucional aprobada por el Congreso, y a quienes han hecho uso de ese derecho no les excluye de los otros beneficios previsionales.
  • El derecho a retiro de los fondos de la cuenta de ahorro obligatorio no excluye de solicitar los beneficios del Sistema de Pensiones Solidarias (SPS) como la Pensión Básica Solidaria (PBS) y el Aporte Previsional Solidario (APS).
  • El retiro de los fondos de pensiones no afectará el número de períodos cotizados para el cálculo de pensión bajo la legislación chilena.
  • Si el saldo se agota antes por efecto del retiro de fondos, la Garantía Estatal se otorgará antes.
  • Si solicita el retiro de fondos y su solicitud de desafiliación es aprobada, el saldo total de su cuenta individual de cotizaciones obligatorias que se transferirá al IPS podría disminuir.
  • Por normativa, si te cambias de Fondo después de un retiro, no podrás optar al Fondo A o B. Esto aplica solo para tu Ahorro Obligatorio para no exponer tu plata a riesgos excesivos.

Sobre el efecto en el SIS (Sistema de Seguros de Invalidez y Sobrevivencia) para empleadores e independientes, y si la tasa del SIS se vería afectada desde la próxima licitación, la respuesta es Sí.

¿Qué sucede con los ahorros previsionales en caso de fallecimiento?

De no existir beneficiarias o beneficiarios legales, los ahorros previsionales pasan a formar parte de los bienes de la afiliada o el afiliado fallecido, constituyendo herencia. Es importante tener presente que el monto del beneficio de herencia corresponde a la totalidad del saldo de la cuenta de ahorro previsional obligatorio que tenía la afiliada o el afiliado al momento de fallecer.

Si las personas herederas son varias, deberán designar un mandatario común que las represente para recibir el pago de los recursos heredados.

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