Un Hito en la Legislación Chilena: Hacia un Enfoque Basado en Derechos
El retiro del veto presidencial al proyecto de Ley Integral de las Personas Mayores y Promoción del Envejecimiento Digno dejó la iniciativa en condiciones de ser promulgada, cerrando así un proceso legislativo que se extendió por cerca de cinco años. La ley propone un cambio de enfoque en la manera en que el Estado se relaciona con las personas mayores, pasando de una lógica asistencial a una basada en derechos.
Entre sus contenidos, la norma establece la obligación estatal de diseñar e implementar políticas públicas orientadas a mejorar la calidad de vida de las personas mayores, promoviendo la coordinación entre distintos servicios, como salud, vivienda y desarrollo social. En este contexto, la presidenta de la Mesa Coordinadora Nacional por los Derechos de las Personas Mayores, Soledad Carvacho, valoró que Chile haya ratificado la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, aunque enfatizó la necesidad de contar con una ley integral que la complemente y le dé sustento en el plano interno.

Ejes Fundamentales de la Ley Integral
Inclusión Laboral y No Discriminación por Edad
Uno de los ejes que aborda la ley es el ámbito laboral, reconociendo la posibilidad de que las personas mayores continúen trabajando si así lo desean. Sin embargo, durante la tramitación del proyecto surgieron cuestionamientos respecto de algunos aspectos de su redacción, particularmente en materia laboral. En ese contexto, según se expuso durante el debate legislativo, las dudas apuntaban principalmente a la forma en que estas normas podrían aplicarse en la práctica.
Pese a estas observaciones, el actual Ejecutivo optó por retirar el veto sustitutivo, argumentando que la iniciativa ya contaba con un amplio consenso político tras su aprobación unánime en el Congreso. Desde el ámbito experto, el director de Desarrollo de la Fundación Conecta Mayor UC, Fernando Merino, valoró el retiro del veto presidencial, señalando que «por fin se podrá saldar una deuda con las personas mayores», tras años de tramitación. En materia laboral, el especialista evitó hablar de riesgos directos, pero sí marcó un principio clave: «Lo fundamental en esta discusión es que no exista discriminación por edad en la esfera de lo laboral».
Beneficios Económicos: Rebaja en el Pago de Contribuciones
Actualmente, en Chile hay 1.540.827 personas mayores que son propietarias de una vivienda. De ellas, el 74% (1.144.354 personas) está exenta del pago del impuesto territorial. Sin embargo, un 26% -equivalente a 396.473 personas- sí debe pagar contribuciones, y aunque 189.644 de ellas acceden a una rebaja, la legislación vigente no protege adecuadamente a quienes pierden este beneficio debido al aumento del avalúo de su vivienda.
En concreto, la Ley Integral permitirá que la mayoría de las personas adultas mayores con propiedades afectas al impuesto territorial puedan acceder a una rebaja en el pago de contribuciones, siempre que sus ingresos anuales no superen las 30 UTA (Unidades Tributarias Anuales), es decir, $25.110.360 al año, según el valor de la UTA a enero de 2026. La iniciativa establece que:
- Quienes se ubiquen en el tramo exento de ingresos hasta 13,5 UTA anuales (equivalentes a $11.299.662) y cuya vivienda supere el límite legal de avalúo, no pagarán contribuciones por un monto superior al 5% de sus ingresos anuales.
- Las personas que estén en el segundo tramo de ingresos, hasta 30 UTA ($25.110.360), pagarán el menor valor entre el 50% de la contribución legal y el 5% de sus ingresos.
Los parlamentarios, no obstante, rechazaron por falta de quórum el artículo que fijaba la transición para el incremento al Fondo Común Municipal (FCM) por parte de las comunas de Las Condes y Lo Barnechea de no más de un 5% por año. Esto implica que el aumento de sus aportes iniciará completamente a partir del año 2027, es decir, Las Condes aportará un 70% de lo recaudado por impuesto territorial, mientras que Lo Barnechea aportará un 65% en impuesto territorial y un 55% en patentes comerciales. Actualmente, Las Condes es la comuna que más recauda por concepto de impuesto territorial, duplicando a la comuna que ocupa el segundo lugar y recaudando 3,4 veces más por patentes comerciales.

Perspectivas de Expertos y la Sociedad Civil
Fernando Merino recalcó que el verdadero desafío se trasladará ahora a la implementación de la ley. «Es esencial que se establezcan plazos claros y concretos para la dictación del reglamento», advirtió, junto con la necesidad de asegurar recursos adecuados. Entre las prioridades, Merino apuntó a medidas concretas como el fortalecimiento de la inclusión digital y la generación de espacios de educación continua. A ello agregó que la implementación también abre una oportunidad de fondo: «Esta legislación permite tener un espacio consensuado para entrar en discusiones más profundas en materia de vejez».
Para Sara Caro, académica de la Escuela de Trabajo Social UC y miembro de CEVE UC, esta ley marca un hito en materia de políticas públicas, sobre todo porque plantea una mirada a largo plazo. Desde CEVE UC y la red de organizaciones Voces Mayores han participado activamente en la difusión e incidencia en torno al proyecto de ley, manifestando la necesidad de observar su posterior ejecución por parte de los ministerios y servicios involucrados. También han dado a conocer que hay una valorización desde la academia y las organizaciones de la sociedad civil hacia una ley que considera a las personas mayores más allá de los cuidados, y que busca hacerse cargo de forma íntegra de las necesidades y derechos de este grupo de la sociedad.
El Contexto Demográfico y los Desafíos de Implementación
La aprobación de esta ley responde al contexto demográfico del país que, según el Censo de 2024, en la actualidad cerca del 19,8% de las personas tienen 60 años o más, posicionando a Chile como una sociedad que se encuentra en una etapa de envejecimiento avanzado.
El proyecto de ley a ser ratificado por el presidente de la república recoge algunos ejes temáticos como la educación a lo largo de la vida, la pertinencia territorial y también el enfoque de curso de vida. «Se reconoce a la educación como promotora de participación social, promoviendo relaciones sociales, autonomía y bienestar en las personas mayores. Otro de los puntos considerados en esta nueva ley es el artículo dedicado al derecho a la salud y la protección de su salud física, mental y sexual, además de manifestar su consentimiento libre e informado.»
La implementación de la ley plantea un desafío mayor: diseñar soluciones para viviendas, espacios públicos y comunidades que consideren la gran diversidad del territorio urbano y rural de Chile, adaptándose a las realidades y exigencias de cada región.

"El edadismo opera contra nosotros mismos": Los desafíos de una población que envejece
Informe de la Corte Suprema sobre el Proyecto de "Envejecimiento Positivo"
El 15 de octubre de 2024, por medio de Oficio 362-2024, la Corte Suprema emitió su informe al Congreso Nacional sobre el proyecto de ley que “Promueve el envejecimiento positivo, el cuidado integral de las personas mayores, y el fortalecimiento de la institucionalidad del adulto mayor” (Boletines refundidos N°13.822-07, 12.451-13 y 12.452-13), en respuesta al Oficio N°185/2024 de la Comisión de Personas Mayores y Discapacidad de la Cámara de Diputados, que solicitó su opinión conforme al artículo 77 de la Constitución Política de la República.
El proyecto, actualmente en segundo trámite constitucional, busca garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas mayores, en condiciones de igualdad. La Corte destacó varios aspectos clave del proyecto. Primero, valoró el cambio terminológico de “adulto mayor” a “persona mayor”, que se alinea con estándares internacionales. También subrayó que se han incorporado varias de sus observaciones previas de 2021 (emitidas con ocasión de una primera consulta del Congreso Nacional), como la mejor definición de los derechos de las personas mayores y la eliminación de disposiciones que potencialmente vulneraban su autonomía.
El tribunal expresó preocupaciones sobre la carga administrativa que podría generar para los tribunales el gestionar casos de abandono social, proponiendo, además, ajustes a las definiciones normativas de "dependencia" y el "abandono social". Además, sugirió que se clarifiquen ciertos procedimientos para asegurar una aplicación eficiente de las medidas de protección judicial. El informe resalta la importancia de proteger la dignidad, autonomía y acceso a la justicia de las personas mayores, sugiriendo que se añadan algunas disposiciones para fortalecer la protección judicial efectiva. También se analizaron los aspectos procesales del acceso igualitario a la justicia y el trato preferente que las personas mayores deben recibir en los tribunales.
Finalmente, la Corte expresó su respaldo general al proyecto, destacando su coherencia con los principios de igualdad y no discriminación por razones de edad.