Cuando las personas piensan en la pensión, muchas asumen que deben esperar a la edad legal (60 años para mujeres y 65 para hombres) para comenzar a recibirla. Sin embargo, el sistema chileno permite que los afiliados que deseen jubilarse anticipadamente puedan acceder a sus fondos de pensiones antes de cumplir su edad legal. La Pensión Anticipada es una opción que permite a los afiliados pensionarse antes de cumplir la edad legal de jubilación.

¿Qué es la Pensión Anticipada y cómo funciona?
La pensión anticipada permite a los imponentes del antiguo Sistema de Reparto acceder a un monto de dinero mensual, permanente y de por vida. Se puede tramitar en línea y la persona solicitante o su representante debe adjuntar la resolución o dictamen de invalidez emitido por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN).
Requisitos para obtener la Pensión Anticipada
La Pensión Anticipada es un derecho que se puede ejercer en el sistema de AFP para pensionarse por vejez antes de cumplir la edad legal, si se cumplen los siguientes requisitos:
- Tener un monto de pensión igual o mayor al 70% del promedio de las remuneraciones imponibles y rentas declaradas en los últimos 10 años.
- Contar con una pensión igual o superior a 12 unidades de fomento (UF).
Es importante destacar que se deben cumplir ambos requisitos al mismo tiempo.
Financiamiento de la Pensión Anticipada
La Pensión Anticipada se financia con los saldos de ahorro previsional en las cuentas obligatoria, voluntarias y depósitos convenidos, así como también del Bono de Reconocimiento y su complemento (si éstos corresponden).
Proceso para solicitar la Jubilación Anticipada
La solicitud de pensión anticipada puede realizarse en una sucursal de la AFP o en su sitio web.
Comunicación al Empleador y Verificación de Cotizaciones
Si se trabaja con contrato, se debe comunicar al empleador la voluntad de iniciar la jubilación. Se recomienda verificar que el pago de las cotizaciones y el seguro de cesantía estén al día por parte del empleador, para que la AFP efectúe las gestiones que sean necesarias para la cobranza y recaudación de los fondos que se deban.
Cálculo de la Pensión y Certificado de Saldo
Para determinar el monto mensual a pagar por Pensión de Vejez, la AFP emitirá, 10 días hábiles después de iniciar el proceso de solicitud de pensión, el Certificado de Saldo, que detalla los fondos disponibles y calculará el Ingreso Base. Luego, el sistema calcula la pensión que tendrá la persona al jubilarse anticipadamente.
Ejemplo de Cálculo de Pensión
Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión (SCOMP)
A partir de la emisión del Certificado de Saldo, se puede iniciar el paso de Solicitud de Ofertas en el Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión (SCOMP) con la AFP, una compañía de seguros o un asesor previsional. El SCOMP es un sistema que reúne y entrega la información de afiliados y beneficiarios a las AFP y Compañías de Seguros para ofrecerles alternativas de Pensión.
- Se pueden pedir hasta 3 solicitudes de ofertas mientras esté vigente el Certificado de Saldo (35 días hábiles).
- El SCOMP envía por correo certificado el Certificado de Oferta, que muestra todas las opciones de montos de pensión ofrecidas por las AFP (retiro programado de pensión) y compañías de seguros (rentas vitalicias en modalidades solicitadas).
- El Certificado de Oferta tiene una vigencia de 12 días hábiles desde su emisión.
- Se podrá aceptar o rechazar alguna de las ofertas para pensionarse. Si no se acepta, se puede realizar un nuevo proceso de solicitud de Pensión.
Factores que afectan el monto de la Pensión Anticipada
Las ofertas de pensión van a considerar 3 factores clave para determinar el monto a pagar por la Pensión Anticipada:
- Saldo acumulado: Se reajusta cada año gracias a los nuevos aportes y la rentabilidad que ganan.
- Número de beneficiarios.
- Expectativa de vida.
Documentación Requerida
La documentación requerida para comenzar el trámite es la siguiente:
- Cédula de Identidad vigente.
- En el caso de que la solicitud de Pensión de Vejez vaya a ser presentada por un tercero, deberá otorgarle Poder ante Notario.
- Si el afiliado está acogido a leyes especiales, acompañar certificado otorgado por el empleador, donde se debe indicar el N° de la ley a la cual está acogido (Opcional).
Para afiliados pensionados del IPS, DIPRECA o CAPREDENA, también se debe presentar el último comprobante de pago de pensión. En el caso de los afiliados del sector público, se requiere una copia del decreto que declara el cese de funciones.
Al momento de iniciar el proceso de pago de pensión, se deberán suscribir los formularios “Solicitud de Pensión” y “Declaración de Beneficiarios”, e indicar la forma de pago de la pensión. La opción de pago en cuenta bancaria es más segura y cómoda. Para el depósito de la pensión, se solicitarán los siguientes datos:
- Nombre del Banco
- Tipo de Cuenta
- Nro. de Cuenta
- Titular
- RUT
Modalidades de Pensión
Los afiliados pueden optar por diferentes modalidades de pensión:
- Retiro Programado: En esta modalidad, se puede ajustar la pensión a un monto inferior al máximo calculado, pero no menor a la Pensión Básica Solidaria (garantizada por el Estado), dependiendo de la fecha en que se pensionó. En caso de fallecimiento, el saldo remanente se continuará pagando como pensión de sobrevivencia a los beneficiarios; y si no los hay, los fondos remanentes se pagarán como herencia.
- Renta Vitalicia Inmediata: Al contratarla con una Compañía de Seguros, esta recibe los fondos desde la AFP y a cambio garantiza una pensión mensual fija en UF de por vida. Se puede aumentar la pensión de manera temporal, recibiendo una renta mayor, fija y en UF durante los primeros años de la jubilación.
- Renta Vitalicia Diferida: Se contrata a través de una Compañía de Seguros de Vida, donde una parte de los ahorros se transfieren desde la AFP a la Compañía y de esta forma se garantiza una pensión fija en UF de por vida, a partir de una fecha futura acordada. Mientras llega esta fecha, se recibe una pensión llamada Renta Temporal desde la AFP.
- Renta Vitalicia Inmediata con Retiro Programado: Los fondos de la AFP se dividen en dos para contratar dos pensiones al mismo tiempo: una pensión por Retiro Programado desde la AFP y otra pensión por Renta Vitalicia desde la Compañía de Seguros de Vida.
Es importante recalcar que al pensionarse se pierde el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS).
Excedentes de Libre Disposición
Es posible que, tras calcular la pensión, queden algunos excedentes disponibles, llamados de “libre disposición”.
¿Cuándo se generan los Excedentes de Libre Disposición?
Se generan cuando el saldo de la cuenta individual de ahorro para la pensión es suficiente para financiar una pensión que cumpla con los requisitos, es decir, que sean suficientes para financiar una pensión mensual igual o superior a UF 12 y, al menos, ser equivalente al 70% del promedio de los ingresos imponibles o rentas declaradas de los últimos 10 años de trabajo.
Estos fondos pueden ser solicitados en simultáneo al trámite de pensión anticipada, o dejarlos en la cuenta de ahorro previsional para retirarlos más adelante. Bajo la modalidad de Pensión de Vejez Anticipada, se puede seguir trabajando y, si se desea, seguir cotizando voluntariamente en la AFP para aumentar el ahorro previsional, lo que permitirá incrementar el monto de pensión o retirar el Excedente de Libre Disposición, si se cumplen con los requisitos.

Otros Tipos de Jubilación Anticipada y Beneficios
Jubilación por Invalidez y Trabajo Pesado
Los trabajadores y trabajadoras pueden solicitar una jubilación por invalidez, llamada pensión de vejez anticipada por trabajo pesado, que es un beneficio mensual y de por vida. No se requiere cumplir con el requisito de la edad legal de jubilación y permite tener un ingreso garantizado en caso de incapacidad. Cumplido este plazo se realizará la reevaluación de la invalidez.
Pensión Anticipada para Enfermos Terminales
Durante un período exclusivo y preferencial, podrán optar a la pensión anticipada para enfermos terminales:
- Los afiliados, pensionados o beneficiarios de pensión de sobrevivencia que hayan activado las Garantías Explícitas en Salud (GES) para el Problema de Salud Nº 4, solo por cuidados paliativos en cáncer avanzado.
- Un grupo de diagnósticos específicos por cuidados paliativos en cáncer avanzado.
Este beneficio se puede solicitar a través del sitio web, call center y sucursales de la AFP a la cual la persona en condición de enfermo terminal está afiliada.
Pensión Garantizada Universal (PGU) y Beneficios Complementarios
Las personas que no poseen fondos en ningún sistema de previsión podrán acceder a la Pensión Garantizada Universal (PGU), que entrega el Estado. La PGU se reajusta en febrero de cada año, según el IPC.
También existen beneficios como el Programa de Alimentación Complementaria del Adulto Mayor (PACAM), que entrega alimentos fortificados con micronutrientes para mantener y mejorar el estado nutricional.
Pensión de Vejez para Afiliados del Antiguo Sistema de Reparto
Para afiliados pensionados en alguna institución del régimen antiguo (incluye Dipreca o Capredena), los requisitos son:
- La calidad de pensionado en dichas entidades deberá tenerla la persona afiliada con anterioridad a su fecha de afiliación al Nuevo Sistema Previsional.
- Deben presentar un tiempo de afiliación al Nuevo Sistema de al menos cinco años.
- Deben obtener una pensión tal que, sumada a la pensión que se encuentren percibiendo a través del antiguo sistema previsional, sea igual o superior al 70% del promedio de las remuneraciones imponibles percibidas y rentas declaradas, en los últimos diez años anteriores al mes en que se acogen a pensión.
Pensión Máxima con Aporte Solidario (PMAS)
La Pensión Máxima con Aporte Solidario (PMAS) es el monto máximo fijado por ley como aporte solidario para pensión. Permite a los afiliados acceder a un ingreso garantizado en caso de incapacidad, sin necesidad de cumplir con la edad legal de jubilación.
Jubilación en el Extranjero
Es posible tramitar la Pensión en el extranjero si el país donde se vive tiene un Convenio Bilateral con Chile. En ese caso, el trámite se realiza a través del Organismo de Enlace de Seguridad Social del país de residencia.
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