Pago de Estipendio a Cuidadores en Chile: Información Detallada

En Chile, el Programa de Pago de Cuidadores de Personas con Discapacidad otorga un estipendio monetario mensual. Este aporte está dirigido a la persona que cuida a otra con dependencia severa o discapacidad.

Esquema informativo sobre el estipendio para cuidadores

¿Qué es el Estipendio para Cuidadores?

Es un aporte monetario mensual que recibe la persona que cuida de una persona con dependencia severa o discapacidad. Actualmente, este beneficio asciende a un pago mensual de $32.991. Se trata de un programa a cargo del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, cuyo depósito se gestiona mediante el Instituto de Previsión Social (IPS).

Características del Estipendio

  • Este programa no es imponible ni constituye una renta.
  • El estipendio se recibirá desde el mismo mes de la fecha de su concesión.
  • La duración del beneficio se extenderá mientras se cumplan los requisitos y exista disponibilidad económica en las leyes de presupuestos del sector público de los años respectivos, lo cual será verificado por el Ministerio de Desarrollo Social y Familia.

Proceso de Postulación y Requisitos

La postulación al programa la realiza el equipo médico del centro de atención primaria de salud de la persona con discapacidad. No es necesaria una postulación directa por parte del cuidador.

Requisitos para la Persona en Situación de Dependencia

Para que la persona en situación de dependencia a la que se entregan cuidados pueda optar al beneficio, debe cumplir con las siguientes características:

  • Debe estar inscrito/a en el programa de atención domiciliaria del centro de salud correspondiente a su domicilio. Es posible revisar cómo hacerlo en el sitio del programa en Ventanilla Única.
  • No debe estar institucionalizado/a, es decir, no puede vivir en un establecimiento de larga estadía (ELEAM, casa de reposo, hogar de ancianos o en otros establecimientos para personas de menor edad).
  • Debe contar con Registro Social de Hogares (RSH).
  • Debe presentar dependencia moderada, severa o profunda en el módulo de salud del Registro Social de Hogares.
  • Es necesario que se encuentre en algunos de estos registros administrativos: Registro Nacional de Discapacidad, Programa de Integración Escolar (PIE) permanente, matrícula en establecimiento educacional especial, o dependencia moderada o severa en el módulo de salud del Registro Social de Hogares.

Actualización de Información de Dependencia

Si la persona no está en los registros administrativos que reconocen discapacidad, dependencia moderada o severa o necesidades educativas especiales, se debe actualizar el módulo salud del Registro Social de Hogares en el sitio web www.ventanillaunicasocial.gob.cl, donde se puede consultar la guía paso a paso para realizarlo. Si no existe registro, no se podrá validar la situación de dependencia o discapacidad y no se podrá acceder a la credencial.

La evaluación para determinar las necesidades educativas especiales es realizada por los centros educativos y la información es entregada por el Ministerio de Educación al Ministerio de Desarrollo Social y Familia.

Requisitos para la Persona Cuidadora

Como persona que cuida, se deben cumplir ciertas condiciones para acceder al estipendio:

  • El primer requisito es que la persona cuidadora y quien requiera cuidados tengan Registro Social de Hogares (RSH).
  • La persona cuidadora no debe recibir ingresos monetarios por realizar trabajos de cuidados. Esto se debe a que el objetivo del programa es identificar y visibilizar a las personas cuidadoras que no reciben un pago por esta labor.
  • Si la persona cuidadora tiene ingresos asociados a pensión o por actividades distintas a la labor de cuidados, puede acceder a la credencial.
  • No es necesario tener vínculo familiar ni de consanguinidad con la persona que requiere cuidados.

#DiálogosSalud - Manual del cuidador (21/09/2020)

Registro como Persona Cuidadora y Credencial

Para ser reconocida como persona cuidadora y obtener la credencial, se debe ingresar al Registro Social de Hogares a través de la Ventanilla Única Social (VUS) y completar el módulo de Cuidados.

Pasos para el Registro

  1. Ingresar al Registro Social de Hogares a través del sitio web www.ventanillaunicasocial.gob.cl.
  2. En los datos complementarios, acceder al módulo de Cuidados y realizar el trámite.

La información ingresada a través del trámite de complemento por cuidados es autorreportada y se validará con los registros administrativos disponibles para comprobar la calidad de persona cuidadora. No es necesario ir a una notaría para acreditar esta calidad.

No se considera el tramo del Registro Social de Hogares para ser reconocida como persona cuidadora y obtener la credencial. La actualización de esta información en el Registro tampoco afecta la calificación socioeconómica o tramo.

Tipos de Cuidadores Reconocidos

  • Persona cuidadora principal: Quienes destinan el mayor número de horas al día a entregar asistencia de cuidados o apoyo permanente a personas que requieren cuidados.
  • Persona cuidadora secundaria: Quienes destinan menos horas al día, en relación con la cuidadora principal, a entregar asistencia de cuidados o apoyo permanente a personas que requieren cuidados.

Si una persona está registrada como cuidadora principal y secundaria de personas distintas, en la plataforma encontrará solo una credencial que la reconocerá como cuidadora principal.

Gestión de la Credencial

Una vez disponible la credencial de persona cuidadora, se puede descargar en su versión digital o solicitar la credencial física. Para ello, se debe acceder al Registro Social de Hogares en www.ventanillaunicasocial.gob.cl. El botón de solicitud de credencial física estará junto al botón de descarga de cartola RSH y de credencial digital de persona cuidadora.

Beneficios de la Credencial

La credencial entrega acceso preferente a sucursales y oficinas de diversas instituciones públicas como:

  • FONASA (Fondo Nacional de Salud)
  • BancoEstado
  • SERVIU (Servicio de Vivienda y Urbanismo)
  • SENAMA (Servicio Nacional del Adulto Mayor)
  • ChileAtiende - IPS
  • Registro Civil e Identificación
  • SENADIS (Servicio Nacional de la Discapacidad)
  • DICREP (Dirección General del Crédito Prendario)
  • Correos de Chile
  • Oficinas del Registro Social de Hogares en Municipalidades
  • SENCE (Servicio Nacional de Capacitación y Empleo)
  • SERNAC (Servicio Nacional del Consumidor)
  • Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento
  • Tesorería General de la República
  • FOSIS

Consideraciones Adicionales

Múltiples Personas Cuidadas

Sí, se debe realizar una solicitud por cada persona que se cuida. Actualmente, se pueden ingresar hasta tres personas por cada cuidador.

Tramitación de la Solicitud

Una vez ingresada la solicitud con la documentación correspondiente, se derivará al municipio de la comuna donde reside la persona que requiere cuidados y se tramitará la solicitud.

Solicitud de Cartola Hogar

Se podrá solicitar la Cartola Hogar a través de un ejecutor (Municipio u oficinas ChileAtiende), presentando un poder legalizado ante notario. En este documento debe quedar explícita la voluntad de la persona mandante para que otro en su nombre y representación pueda realizar la solicitud. El documento notarial tiene una vigencia máxima de 6 meses desde la fecha de emisión.

¿Qué es la Dependencia?

La dependencia es una condición que hace que una persona no pueda efectuar de manera independiente actividades de la vida diaria, por ejemplo: preparar los alimentos, vestirse o manejar dinero, para las cuales requiere del apoyo de otra u otras personas.

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