La Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores

Hay dos realidades que han propiciado a nivel regional un importante debate sobre el bienestar de las personas mayores. Por un lado, cabe destacar el progresivo aumento de las personas mayores en América Latina y el Caribe; por otro, existe una gran dispersión jurídica en cuanto a las obligaciones de los Estados de facilitar el ejercicio de derechos, en todas sus facetas, a las personas mayores.

Según la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), entre 2010 y 2030, la cantidad de personas mayores en esta región se duplicará, de 58,57 millones a 119,67 millones, y en 2050 alcanzará la cifra de 195,87 millones.

Gráfico comparativo del aumento de la población de personas mayores en América Latina y el Caribe (2010-2050)

Antecedentes de la Protección de Derechos

En 1991 se aprobaron los Principios de las Naciones Unidas en favor de las Personas de Edad. A partir de entonces, se inició un proceso de casi 20 años de elaboración de instrumentos declarativos y no vinculantes referentes a aspectos relacionados con el envejecimiento y los derechos de las personas mayores.

Aprobación y Significado de la Convención Interamericana

Es en este marco que en 2015 se aprueba en el seno de la OEA, luego de seis años de negociación, el único instrumento interamericano, y el primero a nivel internacional, que cubre la gama de derechos a ser protegidos para las personas mayores. Estos derechos van desde los civiles y políticos, hasta los económicos, sociales y culturales, y se consolidan en la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores.

Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de los Adultos Mayores

Objeto, Principios y Definición Clave

El objeto de la Convención, como primer instrumento jurídicamente vinculante del mundo, es promover, proteger y asegurar el reconocimiento y el pleno goce y ejercicio, en condiciones de igualdad, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales de la persona mayor, a fin de contribuir a su plena inclusión, integración y participación en la sociedad.

La Convención subraya que “la persona mayor tiene los mismos derechos humanos y libertades fundamentales que otras personas, y que estos derechos, incluido el de no verse sometida a discriminación fundada en la edad ni a ningún tipo de violencia, dimanan de la dignidad y la igualdad que son inherentes a todo ser humano”.

Es importante destacar que esta es una de las convenciones más holísticas en el mundo, pues contempla casi todos los aspectos de la vida de las personas mayores. Al mismo tiempo, la Convención ofrece, entre otros aportes, una definición jurídicamente vinculante de “persona mayor”. Se establece que se trata de aquella de 60 años o más, salvo que la ley interna determine una edad base menor o mayor, siempre que esta no sea superior a los 65 años.

Proceso de Adopción y Entrada en Vigor

La Convención fue aprobada el 15 de junio de 2015 por los Estados Miembros de la Organización de los Estados Americanos (OEA) en el marco de la Asamblea General de la institución.

Fue firmada de inmediato por los Gobiernos de la Argentina, Bolivia (Estado Plurinacional de), el Brasil, Chile, Costa Rica, el Ecuador, El Salvador y el Uruguay en la sede principal del organismo hemisférico en Washington, D.C. Es importante resaltar que el 13 de diciembre de 2016, con el depósito del instrumento en la OEA por parte de Costa Rica, entró en vigencia esta Convención.

Foto de la ceremonia de firma o depósito de la Convención Interamericana en la OEA

Impacto y Pasos Futuros para la Implementación

Como parte de la labor encaminada a traducir la Convención en un goce cotidiano de los derechos allí consagrados para las personas mayores, es vital generar cada vez más espacios y acciones de coordinación entre el sector público, el sector privado y la sociedad civil, entre otros actores.

Al mismo tiempo, el fortalecimiento de las vinculaciones entre las políticas sociales de atención a este grupo, tales como las políticas de protección social, vivienda y salud, es sin duda la mejor manera de contribuir a que las personas mayores vivan una vida digna y libre de discriminación.

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