El Montepío Militar (1761)La creación del Montepío Militar, mediante Real Cédula de 1761, marcó un precedente administrativo. Su objetivo principal era evitar el desamparo de las viudas y huérfanos de oficiales. La financiación se basaba en descuentos mensuales sobre los sueldos de los militares, aunque el sistema enfrentó grandes dificultades financieras debido a la precariedad de los sueldos de la época, lo que obligó a la Corona a conceder auxilios extraordinarios y a utilizar fondos eclesiásticos.
Institución Año de fundación Objetivo
Montepío Militar 1761 Protección de viudas y huérfanos de oficiales
Montepío de Abogados de Zaragoza 1771 Previsión para profesiones liberales

Evolución y desafíos contemporáneos

Con el paso del tiempo, la estructura de los montepíos ha tenido que adaptarse a marcos legales modernos. En el caso de la minería, la Fundación Obra Social Montepío ha jugado un papel crucial en la divulgación de la memoria histórica, rescatando el legado de la familia minera a través de publicaciones y exposiciones socioculturales.Fotografía histórica de la labor minera y su comunidadSin embargo, el sistema ha sido objeto de debate público en la actualidad. Mientras que para muchos asociados representa una garantía de bienestar indispensable —especialmente en contextos donde las pensiones contributivas resultan insuficientes—, sectores de la sociedad cuestionan la persistencia de ciertas pensiones, como las de hijas solteras de funcionarios o militares, calificándolas de figuras obsoletas o fuente de desigualdad frente al sistema público general.La historia de los montepíos es, en definitiva, el reflejo de la lucha por la seguridad económica. Desde aquel fondo minero de 1840 hasta las modernas residencias de mayores y servicios sociales actuales, la entidad ha mantenido el compromiso de proteger a quienes, mediante su trabajo, han construido parte de la historia social del país.Análisis histórico de los montepíos en España, desde su origen en el sector militar y minero del siglo XVIII hasta su evolución como entidades de previsión social.montepíos, historia minera, seguridad social, mutualismo, previsión social, pensiones, Balneario de Ledesma, protección social, mutualidad, viudedad">

Historia de los Montepíos en España: Del Auxilio Tradicional a la Previsión Social Moderna

Los Montepíos constituyen una parte fundamental de la historia de la previsión social en España, representando un modelo de ayuda mutua y solidaridad que ha evolucionado a lo largo de los siglos. Desde sus orígenes en el siglo XVIII hasta su configuración actual como entidades de previsión social, estas instituciones han jugado un papel crucial en el soporte de trabajadores y sus familias.

Orígenes y Primeros Pasos del Mutualismo en España

El nacimiento de la previsión social en España se produce en las postrimerías de la Edad Moderna, a partir de mediados del siglo XVIII. En un contexto donde los trabajadores de la naciente industria se organizaban en sociedades de socorros mutuos, que en un principio fueron prohibidas y perseguidas por el Estado, este mismo Estado comenzó a crear los denominados montepíos oficiales. Su propósito era auxiliar a los funcionarios públicos y a sus familias, ofreciendo un sistema de protección social incipiente.

Dada la estructura social de la época, no es de extrañar que los montepíos oficiales más importantes fueran los de los militares. De hecho, el primer montepío oficial que se creó fue el Montepío Militar en 1761, al que siguieron los montepíos de la Armada. La creación de tantos montepíos oficiales indujo a la constitución de montepíos en el ámbito privado, llegando a ser más numerosos que los funcionariales, que les habían precedido en el tiempo. Asimismo, muchas profesiones liberales crearon sus propios montepíos, siendo el primero el de abogados, repartidos por la geografía, según los diversos Colegios profesionales, empezando por el Montepío de Abogados de Zaragoza, fundado el 30 de septiembre de 1771, al que siguió el Montepío de Abogados de Madrid, el 19 de agosto de 1776.

Los montepíos solían orientarse a cubrir riesgos de larga duración, como seguros de supervivencia, invalidez y vejez, a diferencia de las sociedades de socorros mutuos, que normalmente cubrían riesgos de corta duración como enfermedad o accidente, incluyendo asistencia médica, farmacéutica y alguna cantidad de dinero.

El Montepío Militar: Un Hito Fundacional

Iniciativas Previas a su Creación

Las primeras iniciativas para crear una institución benéfica, protectora de viudas y huérfanos de militares, aparecen en 1755, de la mano del Marqués de la Mina. Este se dirigió, en una epístola, al entonces Secretario de Guerra, Sebastián de Eslava, para proponerle el establecimiento de un Monte Militar «para socorro de viudas y huérfanos». Para mover su piedad y la del monarca, el Marqués de la Mina alegó la conocida «infelicidad en que quedan las desgraciadas viudas y los hijos de los oficiales» y defendió la formación de un fondo con el fin de obtener así una renta que socorriera a las viudas y huérfanos de militares. Esto sería «un especial alivio para estas desdichadas, reducidas con sus hijos a mendigar para comer, si no eligen otro peor partido. Morirán sus maridos con este consuelo».

Un año después, en 1756, se presentó al Rey un proyecto ya más concreto para «evitar en adelante los clamores de las viudas de militares, por un medio que sin aumentar cargas al real erario, las suministrase lo suficiente para mantenerse con decencia y educar a sus hijos con proporción a la clase del oficial difunto». El Marqués de la Mina envió incluso un formulario del reglamento del Monte de Nápoles, adaptando sus normas a las circunstancias del ejército español peninsular. Tomó del mismo el modelo del descuento de ocho maravedíes en escudo del sueldo mensual de los oficiales, desde capitán general hasta alférez, además de otros arbitrios. Sin embargo, este descuento de ocho maravedíes fue la piedra de toque del proyecto, dado el «limitado sueldo de los oficiales» con el que habían de mantener «el decente porte que exige lo noble de la profesión y los gastos que les causa su continuo movimiento». La mayoría pensaba que dicha retención, añadida a la de otros ocho maravedíes para inválidos y un 3% para gastos de cobranza, imposibilitaría su manutención y haría decaer «el esplendor de los oficiales».

Esquema de la estructura y funcionamiento inicial de un Montepío

Fundación y Propósitos

Seis años después de ese primer intento, por Real Cédula de 20 de abril de 1761, se creó el Montepío Militar. En el encabezamiento de esta Disposición Real, Don Carlos III estableció que «habiendo considerado siempre, como uno de los objetos más dignos de nuestra Real consideración el desamparo en que quedan muchas viudas de oficiales militares, después que pierden a sus maridos en la gloriosa carrera de las armas, hemos procurado exercitar por varios modos, los efectos más sensibles de nuestra real piedad, en favor de las que se hallaban en mayor urgencia... nuestro Real ánimo, desde el ingreso y posesión de estos dominios fue siempre el de atender a todas con proporcionada y fija asignación además de las dos pagas que las dispensamos al fallecimiento de sus maridos, para que pudiesen mantenerse con decencia... no solo para ocurrir a su subsistencia, sino también para que puedan atender a la obligación que se les impone de la educación y enseñanza de los hijos con que quedaren hasta que lleguen a la edad de emplearse en nuestro real servicio los varones, y de tomar estado las doncellas, hemos resuelto el establecimiento de un Monte de Piedad, después de bien examinado el asunto, y discurrido todos los medios más propios y equitativos, que puedan concurrir al intento, y sean menos gravosos y sensibles a los oficiales, para efectuar la función de una obra tan pía...». Su aparición se explica por el protagonismo del Ejército y de la Armada en la política borbónica, así como por el empeño del Estado de la época en sustraer a la Iglesia sus atribuciones en este terreno y en promover el bienestar de sus súbditos.

Incluido en la Disposición, el Reglamento del Montepío Militar estaba estructurado en seis capítulos con sus respectivos artículos. Como epílogo, el Rey ordenó a los capitanes generales, oficiales generales, miembros del Consejo Supremo de Guerra y del Gobierno del Monte de Piedad, así como a los tribunales y ministros de guerra y hacienda, cumplir y hacer cumplir y observar su contenido.

Administración y Financiamiento del Montepío Militar

El régimen administrativo del Montepío Militar se establecía en el capítulo primero del reglamento. El gobierno del montepío se componía de un director, dos gobernadores, un contador con tres oficiales y un tesorero con sus respectivos oficial y secretario. El cargo de director recaía en el decano del Consejo Supremo de Guerra. El secretario debía ser el oficial mayor de la secretaría de dicho Consejo. Por su parte, el contador, tesorero y sus oficiales eran del mismo modo nombrados por el rey, pero debían reunir una serie de cualidades técnico-profesionales: «prácticos en el manejo de papeles de cuenta y razón».

Los ingresos de los montepíos militares eran de dos categorías: los procedentes de los descuentos de los sueldos de los contribuyentes y de las pensiones de los pensionistas, y por otra parte, los «auxilios concedidos por Su Majestad». Estos últimos se establecían para que «pueda atender el Monte a todas sus obligaciones, sin temor ni recelo de decadencia...». La Junta de Gobierno del Montepío Militar solicitaba continuamente al monarca la concesión de dichos auxilios, sin los cuales difícilmente hubiera podido subsistir la benéfica institución.

Se incluían los residuos o sobrantes de la consignación de los 6.000 doblones destinados a socorrer a las viudas anteriores al establecimiento del Montepío Militar. Aparte del producto de los expolios y vacantes de mitras, el Montepío Militar contaba con otros ingresos de origen eclesiástico, como las «mercedes de hábito» y las «medias annatas eclesiásticas», caudal extraído de las temporalidades de los jesuitas. Ello tiene su explicación en la política hacendística de los monarcas del siglo XVIII, empeñados en que el clero pagase al menos un mínimo de impuestos, con lo que se observa un incremento de la presión fiscal sobre la Iglesia a partir de 1760.

Diversificación de los Montepíos Militares y Navales

Surgimiento de Montepíos Particulares

Antes del establecimiento del Montepío Militar, las viudas de oficiales recibían ya algunos auxilios por parte del Estado, como los 6.000 doblones anuales procedentes de la Tesorería General para repartir entre mujeres de oficiales viudas desde mayo de 1717. Sin embargo, no todas las viudas y huérfanas de los oficiales podían ser beneficiarias del Montepío Militar, ya que quienes provenían de categorías inferiores, al estar casados con anterioridad a su pertenencia al montepío, no podían cumplir las condiciones establecidas respecto del matrimonio. Además, a ciertos cuerpos les estaba vetado el ingreso en el Montepío Militar. Estas y otras razones hicieron que se constituyeran otros montepíos entre los militares.

Como muestra de las razones que llevaron a la constitución de estos Montepíos, se puede citar el preámbulo del «Real Establecimiento de un Montepío a favor de las viudas e hijos de los individuos de Artillería de Marina y de los Oficiales de su Estado Mayor» del 27 de mayo de 1785, que fue el primero que se constituyó en la Armada: «Los continuos clamores de las Viudas de Condestables, y otros individuos del Real Cuerpo de Artillería de Marina, que no han dexado de ser atendidos por el Rey aunque no como su benefico corazon ha deseado, junto con el aprecio que S.M. hace de este Cuerpo por la honradez, aplicación á las ciencias, y esmero con que ha procurado siempre distinguirse en las acciones de guerra, en que se ha hallado, han movido su paternal amor á establecer un Monte Pio...»

Regulación y Unificación

A pesar de la proliferación de montepíos, no todos los cuerpos de la Armada consiguieron que se estableciera un montepío para ellos, como fue el caso de la Disposición de 28 de octubre de 1794, que negó el establecimiento de un Montepío a los individuos de los Juzgados de Marina. Tal cantidad de Montepíos, en los que además una misma persona podía pasar de uno a otro, motivó la Disposición de 18 de noviembre de 1791, que establecía «Que todo individuo de los cuerpos particulares de la Armada, que siendo graduado de oficial adcendiese a la clase para quien está declarada obción en el Montepío Militar, goce de los beneficios de éste, con arreglo al artículo 8º del Montepío de Maestranza...».

Todos estos montepíos particulares se suprimieron mucho antes que el Montepío Militar, a la vez que este último iba acogiendo a todos los militares, ya fueran del Ejército o de la Armada. Posteriormente, por Disposición de 3 de diciembre de 1806, se estableció la supresión de los montepíos particulares de la Armada, lo cual no significó la desaparición de los derechos de sus miembros, como corroboran multitud de disposiciones posteriores, como la de 6 de abril de 1807.

En cuanto a los descuentos, no todos los reglamentos de los diferentes montepíos de la Armada eran uniformes en lo concerniente al descuento de media paga al ingresar en el montepío, probablemente porque muchos miembros de estos ya habían ingresado previamente en otros. Sin embargo, todas las disposiciones reguladoras de los montepíos de la Armada eran más homogéneas en lo relativo al descuento a practicar de cualquier retribución extraordinaria, haciendo referencia al Reglamento del Montepío Militar.

A modo de ejemplo, el artículo II del «Real Establecimiento de un Montepío a favor de las viudas e hijos de los individuos de Artillería de Marina y de los Oficiales de su Estado Mayor», de 27 de mayo de 1785, establecía «Como tiene S.M.». Los demás montepíos de los Cuerpos de la Armada hacían referencia, a su vez, al Montepío de Artillería de Marina, que por ser el primero servía de guía. Semejante, pero con diferente fundamento, era el descuento a realizar en el caso de ascenso de empleo, el cual se repetía en los demás montepíos creados con posterioridad.

El Montepío del Carbón en Asturias: Un Caso Emblemático de Evolución

Primeros Registros y Funcionamiento

En el ámbito de la minería, el Montepío del Carbón en la época de la Sociedad Minera Aguado registra un hecho histórico en 1840. Su apoderado, Don Luis Jante, elabora un Reglamento del Montepío, en virtud del cual, cada mes se descontaba el salario de un día a todos los trabajadores. Este ingreso se destinaba a un montepío de empresa que cubría el pago del médico, el del cirujano practicante y medicinas, no solo para el personal en activo, sino también para los accidentados, madres, viudas e hijos menores huérfanos. Asimismo, contemplaba una pensión a las viudas y madres de los mineros fallecidos. Hay constancia de que funcionó hasta octubre de 1858.

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Evolución Hacia la Previsión Social Moderna

Tras décadas de actividad circunscrita al auxilio, el nacimiento de la Seguridad Social en España y de su régimen especial para la minería, la mejora de las condiciones de trabajo y de salud laboral y la llegada de la sociedad del bienestar, permitieron al Montepío centrarse ya como mutualidad en la diversificación de su actividad solidaria como entidad de previsión social. Por un lado, destinaba complementos en el régimen minero a la cobertura de la Seguridad Social en los casos de incapacidad laboral y de bajas prestaciones, por retirados anticipados, accidentes, bajas pensiones, equilibrando desde la Mutualidad con ayudas los ingresos de estos trabajadores mineros y de sus familias afectadas.

El Montepío también desarrolla una gran actividad en las comarcas mineras asturianas como agente social de información mutualista, actuando como difusor de información de la Seguridad Social merced al histórico convenio de colaboración que mantiene con el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). También organizaba desde su origen las vacaciones de salud y descanso en el Balneario de Ledesma.

Hitos en la Gestión de Servicios y Presencia Institucional

Un hito en su actividad y en la diversificación de su oferta de servicios llegó en 1980, cuando el Montepío comienza a gestionar el Balneario de Ledesma, en Salamanca, por acuerdo con la Seguridad Social. Sus instalaciones venían siendo disfrutadas desde mediados del siglo XX por cientos de mineros asturianos en los primeros programas de prevención y salud laboral, realizados como respuesta para tratar de paliar los impactos del duro trabajo minero. Esta actividad de salud y socio-sanitaria se convirtió en los años 80 en uno de los principales servicios de la Mutualidad.

El Balneario de Ledesma, que tiene su origen en un antiguo emplazamiento termal de tiempos de Marco Aurelio, mantiene su actividad desde la Reconquista. Cuenta desde el Siglo XVI con un servicio pionero en hidrología médica, ligado a la actividad ilustrada de la Universidad de Salamanca. Desde 1888, su manantial está catalogado como Bien de Interés Minero Medicinal; y desde 1931, todo su conjunto, a orillas del Tormes y su dehesa, es Monumento Histórico Artístico Nacional (categoría BIC Baños romanos). En 1989, sus instalaciones residenciales fueron renovadas por completo y tienen capacidad para 634 personas en su Hotel de 280 habitaciones y categoría de tres estrellas. El Balneario de Ledesma es una de las estaciones termales pioneras en la península por su antigüedad, y ofrece programas de prevención para la salud mediante hidroterapias que son referentes del Programa de Termalismo Social de IMSERSO desde su origen.

Foto histórica del Balneario de Ledesma

Conocidas son también las propiedades curativas del Mar Menor como laguna salada, cuyos baños y lodos ya eran utilizados en la época árabe de la Península. Desde entonces, este es uno de los destinos de sol y salud más apreciados por los mutualistas, generando una relación de hermandad muy fuerte entre Asturias y este municipio de Murcia que tiene a la locomotora minera Marqués de Bolarque, en la rotonda de recepción de su residencial, como uno de sus hitos en los recorridos turístico-culturales. La Residencia de Mayores SPA de Felechosa también ha recibido diferentes distinciones, especialmente por sus programas intergeneracionales, como las de los Premios Nacionales Súper Cuidadores o las de la Fundación Pilares «Manual de Buenas Prácticas», en la atención a personas en el campo social y socio-sanitario.

Es importante apuntar que cuando el Montepío nace como Mutualidad, la entidad contaba con más de 30.000 mineros en Asturias (más de 60.000 vinculados al régimen especial de la Minería). En este tiempo nuevo y de nuevas necesidades para las familias, una de ellas resulta prioritaria: responder al envejecimiento de la población minera.

El Montepío de la Minería está regido por una Comisión Regional, elegida en Asamblea General una vez cada tres años por sus mutualistas, en función de las candidaturas presentadas en su censo abierto y a los socios protectores. Desde junio de 2022, el Montepío está presidido por Jesús Armando Fdez. Natal, con 16 Juntas Locales en los municipios mineros asturianos, además de su sede central en Oviedo. Su actividad en los residenciales de Felechosa, Balneario de Ledesma/Salamanca, Roquetas de Mar/Costa Almería y Los Alcázares del Mar Menor/Murcia, determinan la importante presencia de la institución en España, dando empleo directo a más de 220 personas y atendiendo a más de 22 mil clientes al año (cifras de 2019).

En 2020, coincidiendo con su 50 aniversario, y como colofón al Proyecto de Investigación puesto en marcha por la Fundación Obra Social Montepío con la Universidad de Oviedo, dirigido por el profesor de Historia y mutualista, Luis Benito García, se publicó (Ediciones Trea) el libro «El mutualismo minero en la Asturias contemporánea». En los últimos años, y a través de sus diferentes canales en Redes Sociales y web, el Montepío muestra un compromiso divulgador de la memoria y el pasado de la familia minera, poniendo en valor su historia. También, a través de su emblemático Calendario/Almanaque, despliega acciones socioculturales, como «Mujeres mineras: la historia del carbón en femenino plural», o «Guajes Mineros, una historia de infancias truncadas», que dan luz a exposiciones y charlas.

La historia de solidaridad de aquellos mineros que hoy recordamos en fotos sepia, continúa, porque como rezaba el eslogan del Montepío: Tenemos un gran legado que mantener vivo.

El Mutualismo en Otros Sectores y su Consolidación Legal

Montepío de Conductores de Sevilla

La historia de Montepío Seguros comienza en 1918 en Sevilla, en una época en la que los riesgos del oficio de conductor eran elevados y la protección prácticamente inexistente. Los propios conductores contribuían con cuotas mensuales que se destinaban a un fondo común, del que se extraían los recursos para cubrir estas necesidades. A comienzos de 1926, la entidad inicia una nueva etapa bajo la denominación de Sociedad de Socorros Mutuos de los Conductores de Automóviles de Sevilla. Durante este periodo se elaboraron nuevos reglamentos para adaptar la gestión a las necesidades cambiantes del colectivo. Uno de los hitos más relevantes fue la incorporación al I.M.C.A.E. (Intercambio Mutualista de Conductores de Automóviles de España), un sistema nacional de colaboración entre entidades similares. Asimismo, se observa un notable interés por mejorar la atención médica y sanitaria.

Marco Legal y Adaptación

La Ley de Montepíos de 1941 y su desarrollo en 1943 dieron por fin un marco legal propio a estas entidades, que hasta entonces se regían por la antigua Ley de Asociaciones. Durante los duros años de la posguerra, y en pleno franquismo, la entidad se sostuvo gracias al esfuerzo colectivo de sus socios. Durante décadas, el mutualismo fue el único sistema de previsión social para muchos trabajadores, como los conductores, que al ser autónomos no estuvieron cubiertos por el sistema público hasta 1970. Durante estos años, la mutualidad adapta su marco legal a los nuevos tiempos, ajustándose a normativas como la Ley 30/1995 de ordenación del seguro privado y la Ley 20/2015, que regula la supervisión de las entidades aseguradoras.

En la Junta General de 1971, fue aprobada la creación de los seguros de accidentes y vida, que comenzaron su andadura en enero de 1972. La tendencia a la baja de socios desapareció, y en dos años se habían producido 2.207 altas. El alta de socios se consolida, lo que permite una continua actualización de la prestación de defunción, que pasó de 75.000 pts en 1978 a 85.000 pts en 1980 y a 170.000 pts en 1982.

La nueva configuración legal del Montepío como Entidad de Previsión Social permite un nuevo avance en el cuadro de prestaciones básicas, siguiendo normativas como el Nuevo Plan de Contabilidad R.D. 1317/08. En años más recientes, el Montepío dejó de ser tomador de las pólizas de accidentes y vida de acuerdo a las instrucciones de la Dirección General de Seguros. La historia del Montepío es la historia de un modelo que funciona, donde el socio no es un cliente más, sino parte de una mutualidad de previsión social sin ánimo de lucro, basada en la solidaridad entre personas trabajadoras.

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