Devolución de Ahorros Previsionales Obligatorios para Trabajadores Extranjeros en Chile: Ley Nº 18.156

Los trabajadores extranjeros que ejercen su labor en Chile pueden, bajo ciertas condiciones, solicitar la devolución de los ahorros previsionales obligatorios que hayan cotizado en el país. Esta posibilidad está regulada por la Ley Nº 18.156, también conocida como Ley del Técnico Extranjero, la cual establece los requisitos para la exención de cotización en el sistema chileno y la posterior devolución de los fondos.

Esquema de flujo del proceso de devolución de fondos previsionales para extranjeros en Chile

Marco Legal: La Ley Nº 18.156

La Ley Nº 18.156, en su artículo 7º, otorga la posibilidad de exención de cotización y devolución de fondos previsionales sólo para trabajadores dependientes extranjeros que cumplan con una serie de requisitos específicos. Esta normativa busca evitar la doble cotización para aquellos profesionales o técnicos que ya cuentan con una cobertura previsional en su país de origen.

Requisitos para la Exención de Cotización y Devolución de Fondos

Para acogerse a los beneficios de la Ley Nº 18.156 y solicitar la devolución de los fondos previsionales, el trabajador extranjero debe cumplir rigurosamente con las siguientes condiciones:

1. Ser Extranjero

  • Este requisito se acredita mediante la presentación del pasaporte o cédula nacional de extranjero.
  • Importante: No procede la devolución cuando el trabajador tiene doble nacionalidad, incluyendo la chilena.
  • Para los extranjeros nacionalizados chilenos, deberán presentar un certificado en el cual se indique la fecha de nacionalización.
  • Adicionalmente, la AFP podrá exigir el certificado de NO Nacionalizado emitido por el Servicio Nacional de Migraciones, el cual podrá ser descargado en su sitio web.

2. Acreditar Calidad de Profesional o Técnico

  • Se considera técnico a los trabajadores que poseen conocimientos de una ciencia o arte, adquiridos en un proceso educativo formal, estructurado y entregado en forma sistemática, conducente a la obtención de un título profesional o técnico.
  • Esta calidad debe acreditarse con documentos de estudios especializados o profesionales, los cuales deben estar debidamente legalizados y, cuando corresponda, traducidos oficialmente por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.
Fotografía de un pasaporte y un título profesional para ilustrar los documentos requeridos

3. Estar Afiliado a un Régimen de Seguridad Social Fuera de Chile

  • El trabajador debe estar afiliado a un régimen de seguridad social en su país de origen o en el extranjero, cualquiera sea su naturaleza jurídica, que le otorgue prestaciones por enfermedad, invalidez, vejez y muerte.
  • La afiliación referida deberá acreditarse mediante una certificación de la institución de seguridad social extranjera correspondiente. Este certificado debe estar debidamente legalizado y, en su caso, traducido, y debe constar en él la obligación de otorgar las prestaciones indicadas.
  • El certificado debe especificar que, desde antes y por todo el tiempo que cotizó en Chile, ha tenido prestaciones médicas y pecuniarias en su sistema previsional extranjero.
  • Si el trabajador ya está pensionado en algún régimen previsional extranjero, debe presentar un certificado emitido por dicha entidad en que se acredite su calidad de pensionado.

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4. Haber Expresado en el Contrato de Trabajo la Voluntad de Mantener la Afiliación al Régimen Previsional Extranjero

  • Debe presentarse una copia del contrato de trabajo en el que se exprese explícitamente la voluntad del trabajador de mantener la afiliación a su régimen previsional extranjero.
  • El contrato de trabajo respectivo, suscrito con la empresa, debe indicar claramente que el trabajador cuenta con un régimen previsional fuera de Chile y que desea mantenerlo.

Proceso para Solicitar la Devolución de Fondos

Si un trabajador extranjero cumple con los requisitos señalados, debe seguir los siguientes pasos para solicitar la devolución de los fondos previsionales:

  1. El trabajador extranjero debe llenar en la AFP el formulario "Solicitud de devolución de fondos previsionales Ley Nº 18.156".
  2. Acreditar todos los requisitos mencionados anteriormente mediante la presentación de la documentación pertinente.
  3. La AFP evaluará la solicitud y la documentación para verificar el cumplimiento de las condiciones establecidas por la Ley Nº 18.156.

Responsabilidades del Empleador

Los empleadores también tienen un rol importante en la aplicación de esta ley:

  • Cuando un empleador mantenga bajo su dependencia a trabajadores extranjeros que cumplan las condiciones señaladas en la Ley N° 18.156 para eximirse de la obligación de cotizar, deberá poner este hecho en conocimiento de la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) correspondiente mediante comunicación escrita.
  • Esta comunicación será archivada en la carpeta individual del afiliado, y sólo a contar de la fecha de esa comunicación regirá la exención.
  • El empleador deberá encontrarse en condiciones de acreditar en cualquier momento ante el órgano administrativo o AFP correspondiente, la situación de excepcionalidad que afecta al trabajador de su dependencia respecto del régimen general que obliga a efectuar imposiciones en algún organismo de previsión.

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