Requisitos para la Jubilación y Pensión del ISSSTE

El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) establece diversos requisitos para que los trabajadores al servicio del Estado puedan acceder a una pensión. Estos requisitos varían según el régimen de cotización, la modalidad de pensión elegida y las características individuales del trabajador.

Régimen de Cuentas Individuales del ISSSTE

Este régimen, vigente desde la Ley del ISSSTE de 2007 (aplicable a quienes iniciaron cotización a partir del 1 de abril de ese año o a quienes optaron por acreditar su Bono de Pensión en una Cuenta Individual), determina las condiciones para el acceso a la jubilación y pensión.

Los recursos para financiar la pensión provienen de las cuotas y aportaciones obrero-patronales, así como del ahorro solidario. Estos fondos son administrados por el Fondo Nacional de Pensiones de los Trabajadores al Servicio del Estado (PENSIONISSSTE) o por una Administradora de Fondos para el Retiro (AFORE), y se invierten en Sociedades de Inversión Especializadas (Siefores). El saldo acumulado depende de la trayectoria salarial, las aportaciones, la tasa de rendimiento y el tiempo de inversión.

Infografía detallando el funcionamiento del Régimen de Cuentas Individuales del ISSSTE.

Modalidades de Pensión y sus Requisitos

El ISSSTE ofrece diferentes modalidades de pensión, cada una con condiciones específicas:

Pensión por Retiro Anticipado

Esta opción está disponible para aquellos que no cumplen con la edad o el tiempo de cotización para una pensión por cesantía en edad avanzada o vejez. Para acceder a ella, el saldo de la Cuenta Individual debe permitir calcular una pensión superior al 30% del monto de la pensión garantizada, y es necesario cubrir la prima del seguro de sobrevivencia para los beneficiarios legales.

Pensión por Cesantía en Edad Avanzada

Para acceder a esta modalidad, el trabajador debe:

  • Tener al menos 60 años de edad.
  • No contar con una relación laboral activa.
  • Haber cotizado al ISSSTE por un mínimo de 25 años.

Los recursos acumulados en la Cuenta Individual Afore se utilizan para financiar esta pensión.

Pensión por Vejez

Los requisitos para la pensión por vejez son:

  • Haber cumplido 65 años de edad.
  • Contar con al menos 25 años de servicio en una dependencia o entidad incorporada al ISSSTE.

Al igual que en la cesantía, los recursos de la Cuenta Individual Afore financian esta pensión.

Alternativas para la Recepción de la Pensión

Una vez identificada la modalidad de pensión, el trabajador debe elegir entre tres alternativas para recibir sus fondos:

1. Renta Vitalicia

Esta modalidad implica contratar a una aseguradora que pagará una pensión de por vida. El monto se actualiza anualmente, se conservan los servicios de salud y se puede retirar el excedente de recursos de la Cuenta Individual Afore exento de impuestos. Sin embargo, una vez elegida, no se puede cambiar.

Requisitos para la Renta Vitalicia:

  • Tener al menos 25 años cotizados en el ISSSTE.
  • Estar registrado en una AFORE.
  • Contar con el expediente de identificación actualizado.
  • Presentar: concesión de pensión del ISSSTE, identificación oficial, estado de cuenta de la AFORE y estado de cuenta bancario con CLABE.
Ilustración de una persona mayor recibiendo un pago de pensión de una aseguradora.

2. Retiro Programado

En esta opción, la AFORE entrega mensualidades calculadas según el saldo acumulado, los rendimientos y la expectativa de vida. El saldo continúa invertido, generando rendimientos adicionales. El monto se recalcula anualmente y los pagos cesan al agotarse los recursos.

Requisitos para el Retiro Programado:

  • Estar registrado en una AFORE.
  • Tener el expediente de identificación actualizado.
  • Presentar documentos similares a los de la renta vitalicia.

3. Pensión Garantizada

Destinada a quienes cumplen con los requisitos de edad y cotización, pero cuyos recursos en la Cuenta Individual Afore no son suficientes para una renta vitalicia o retiro programado. El monto de la pensión garantizada en 2024 es de $6,406.62 pesos, ajustado anualmente según el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC).

Requisitos para la Pensión Garantizada:

  • Tener 25 años de cotización en el ISSSTE.
  • Estar registrado en una AFORE con recursos en la cuenta individual.
  • Contar con el expediente de identificación actualizado.
  • Presentar: concesión de pensión, solicitud de disposición de recursos, identificación oficial, estado de cuenta de la AFORE y estado de cuenta bancario con CLABE.

Requisitos Generales para el Trámite de Pensión

Independientemente de la modalidad elegida, se deben cumplir los siguientes requisitos generales:

  • Haber cotizado un mínimo de 25 años.
  • Tener al menos 60 años para pensión por cesantía en edad avanzada o 65 años para pensión por vejez.
  • Presentar una solicitud formal en la delegación del ISSSTE correspondiente, acompañada de la documentación requerida.

Es crucial que todos los documentos estén completos y en buen estado para evitar retrasos en el proceso.

Fotografía de un módulo de atención del ISSSTE con personal atendiendo a derechohabientes.

Requisitos Específicos por Tipo de Pensión (según Ley del ISSSTE)

La Ley del ISSSTE y sus transitorios establecen requisitos detallados para diferentes tipos de retiro:

A. Retiro por Cesantía en Edad Avanzada

  • Causar baja laboral a partir de los 60 años de edad.
  • Haber cotizado al ISSSTE por al menos 25 años.

Si no se cumple el tiempo de cotización, se puede optar por retirar los recursos acumulados o seguir cotizando. Se paga la prima de seguro de sobrevivencia para garantizar la pensión mínima a los beneficiarios.

Opciones de pensión: Renta vitalicia, Retiros programados o Pensión garantizada.

B. Retiro por Vejez

  • Causar baja laboral a partir de los 65 años de edad.
  • Haber cotizado al ISSSTE por al menos 25 años.

Similar al caso anterior, si no se cumple el tiempo de cotización, existen alternativas de retiro o continuidad de aportaciones.

Opciones de pensión: Renta vitalicia, Retiros programados o Pensión garantizada.

C. Retiro Anticipado

Los trabajadores tienen derecho a retirarse antes de cumplir las edades y tiempos de cotización establecidos si la pensión calculada en modalidad de Renta Vitalicia es superior en más de un treinta por ciento a la Pensión Garantizada, una vez cubierta la prima del Seguro de Sobrevivencia.

Documentación Requerida Generalmente

Para el trámite de pensión, se suele requerir:

  • Identificación oficial vigente (INE, Pasaporte o Cédula Profesional).
  • Estado de cuenta o contrato bancario vigente a nombre del ex trabajador, con número de cuenta y CLABE Interbancaria para transferencias electrónicas.
  • Concesión de pensión generada por el ISSSTE.
  • Estado de cuenta de la AFORE.
  • Opcionalmente, último comprobante de pago o constancia de percepciones y deducciones.

Canales de Atención y Asesoramiento

El ISSSTE pone a disposición de los trabajadores diversos canales de atención para resolver dudas y brindar asesoramiento:

  • Centros de Atención al Público: Lunes a viernes de 08:00 a 18:00 horas.
  • Agendar citas a través del CAT, con horarios extendidos de lunes a sábado.
  • Teléfono: (0155) 5140-9617.

¿Cómo pensionarse bajo el Esquema de Cuentas Individuales ISSSTE?

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