La Pensión de Invalidez: Proceso, Tipos y Requisitos en Chile

La pensión de invalidez es un beneficio fundamental del sistema de seguridad social, diseñado para proteger a aquellas personas cuya capacidad de trabajo se ha visto disminuida significativamente debido a una enfermedad o accidente. Este tipo de pensión se clasifica en diferentes grados, siendo la invalidez total y permanente absoluta y definitiva una de las categorías más importantes que confieren un carácter no reevaluable al beneficio.

A continuación, se detalla el proceso para su solicitud, los criterios de calificación y las implicaciones de cada tipo de invalidez en el contexto chileno.

¿Qué es la Invalidez y Quién la Califica?

Una persona puede ser calificada con un grado de invalidez parcial o total. La calificación como inválido y el grado de invalidez deberá ser definido por una Comisión Médica, la cual depende de la Superintendencia de Pensiones.

Sin embargo, es importante tener presente que si una Comisión Médica emite la declaración de invalidez de una cotizante o un cotizante, esa declaración no implica que se le haya otorgado o que se le otorgue una pensión de invalidez a la persona, sino que es un paso previo en el proceso.

Tipos de Invalidez: Parcial, Total y Absoluta

El grado de invalidez es un factor determinante para el tipo de pensión y su duración.

Invalidez Parcial

  • Corresponde a una pérdida de capacidad de trabajo igual o mayor al 50% e inferior al 66,6%.
  • La pensión de invalidez parcial, que se otorga en un primer dictamen, tendrá un carácter transitorio, ya que se otorga por un período de tres años.
infografía sobre porcentaje de pérdida de capacidad laboral para invalidez parcial en el sistema de pensiones chileno

Invalidez Total y Absoluta (Permanente y Definitiva)

La invalidez total se establece cuando la pérdida de capacidad de trabajo es igual o superior al 66,6%. Dentro de esta categoría, la invalidez absoluta se asocia a un carácter permanente y definitivo. Un aspecto crucial es que las personas afiliadas que obtienen una pensión de invalidez, ya sea total o absoluta, no requieren ser reevaluados por la comisión, lo que subraya su naturaleza permanente y definitiva.

Esquema comparativo de las diferencias entre invalidez parcial y total/absoluta

El Proceso de Solicitud y Calificación de Invalidez

El camino hacia la obtención de una pensión de invalidez implica varios pasos y evaluaciones rigurosas.

Presentación de la Solicitud

Los trabajadores y trabajadoras pueden ingresar la solicitud a través del Instituto de Previsión Social (IPS) o directamente en la AFP a la que están afiliados. El trámite se puede realizar durante todo el año en las sucursales de la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) y oficinas ChileAtiende.

Si una persona cuenta con exámenes o informes de su médico tratante, al momento de firmar la solicitud de pensión de invalidez puede presentar esos documentos en la AFP en la que se encuentra afiliada, pero no es obligación. En el caso de un trabajador independiente o afiliado voluntario, es requisito que haya cotizado en el mes calendario anterior al siniestro para acceder al beneficio.

Evaluación por la Comisión Médica Regional (CMR)

Cuando una solicitud de pensión de invalidez se considera fundada, la respectiva Comisión Médica Regional (CMR) inicia un proceso de evaluación y calificación de invalidez, el cual no tiene costo para las personas.

Primero, la CMR pedirá a un médico que se encuentre en el Registro Público de Asesores que revise los antecedentes y señale si la solicitud de pensión de invalidez se considera fundada. Si se considera fundada, la CMR designará a un médico para que asesore al afiliado en el proceso.

Posteriormente, la CMR cita a la persona solicitante a una entrevista preliminar y le hace entrega de las órdenes para los exámenes e interconsultas médicas de las especialidades que correspondan, de acuerdo con los impedimentos que la afiliada o el afiliado declare.

Una vez que tiene en antecedente los resultados de los exámenes e interconsultas médicas correspondientes, la CMR determina si el impedimento o enfermedad que invoca la afiliada o el afiliado cumple con los siguientes criterios:

  • Es objetivo.
  • Es demostrable.
  • Se encuentran agotadas las terapias médicas o quirúrgicas accesibles.
  • Se ha cumplido el período de observación post-tratamiento indicado en las Normas de Evaluación.

Con la determinación del grado de invalidez, la CMR emite un primer dictamen que otorga una primera pensión de invalidez que puede ser total o parcial. En el caso de las personas solicitantes de pensión básica solidaria de invalidez (PBSI) gestionada a través del Instituto de Previsión Social (IPS), los exámenes serán de cargo del IPS en las proporciones que correspondan.

¿Cómo se evalúa una Pensión de Invalidez? PATRICIO BERNAL ASESOR PREVISIONAL

Derecho a Reclamo y Apelación ante la Comisión Médica Central (CMC)

Las personas pueden presentar un reclamo ante la Comisión Médica Central (CMC) dentro del plazo de 15 días hábiles desde su notificación de la resolución. A su vez, el plazo para presentar la apelación ante la CMC de una resolución que contiene el dictamen es de hasta cinco días hábiles desde su notificación.

La CMC, por su parte, debe pronunciarse dentro de un plazo de 10 días hábiles desde la recepción del reclamo.

Reevaluación de la Invalidez Parcial

Como se ha indicado, la pensión de invalidez parcial tiene un carácter transitorio. Cuando se trate de una pensión de invalidez parcial, el beneficiario o la beneficiaria tendrá que ser reevaluado luego de tres años. La legislación también precisa que, si se trata de una invalidez parcial, posteriormente, con el paso del tiempo, la pensionada o el pensionado tiene derecho a solicitar otra reevaluación de su invalidez si es que sus impedimentos han progresado.

En esa reevaluación, la comisión médica revisará la evolución de los impedimentos que originaron la pensión de invalidez parcial y, de acuerdo con esa revisión, en un nuevo y segundo dictamen resolverá si confirma o rechaza la invalidez.

Gestión y Pago de la Pensión de Invalidez

Si la respuesta al requerimiento de pensión es favorable, la AFP entregará al afiliado el certificado de saldo para que escoja la modalidad de pago. Posteriormente, la AFP envía la información al SCOMP (Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión).

Para las personas afiliadas con cobertura del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia, la pensión la paga la AFP, con cargo a la compañía de seguros que contrató con este fin. La persona beneficiaria recibirá la pensión hasta el último día del mes en que cumpla 65 años.

Es importante destacar que una persona que ha sido declarada con invalidez puede seguir trabajando. La pensión de invalidez compensa la pérdida de capacidad de trabajo y no prohíbe la actividad laboral.

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