Pensión de Sobrevivientes FOPEP: Requisitos y Mantenimiento

El Fondo de Pensiones Públicas del Nivel Nacional (FOPEP) es la entidad encargada de administrar y pagar las pensiones de sobrevivientes a los beneficiarios de los afiliados y pensionados fallecidos. Para garantizar la continuidad del pago de esta prestación, es fundamental que los beneficiarios cumplan con una serie de requisitos y procedimientos establecidos. La pensión de sobrevivientes busca proteger a la familia del causante, asegurando un sustento económico tras su fallecimiento.

Esquema de las diferentes categorías de beneficiarios de la pensión de sobrevivientes

Mantenimiento de la Pensión: Certificado de Supervivencia

Para el mantenimiento de la pensión de sobrevivientes, es un requisito indispensable la presentación periódica del certificado de supervivencia. Este documento valida que el beneficiario sigue vivo y, por lo tanto, apto para continuar recibiendo su mesada pensional.

  • Cada seis (6) meses es necesario que remita su certificado de supervivencia, expedido por el Consulado del País o por Notaría con el debido Apostillé.
  • Recuerde que los seis (6) meses empiezan a contar, desde la fecha de presentación ante el Consulado o Notaría y no desde la fecha que notifica al Consorcio FOPEP.
  • Si va a presentar su supervivencia dentro del mismo mes del vencimiento, le recomendamos allegarla antes del día quince (15) de ese mismo mes, con el fin de no tener afectación en el pago normal de su mesada.

La obligatoriedad de este certificado se establece de acuerdo con lo dispuesto en la normativa vigente, como el Decreto 019 del 2012.

Documentación General para Beneficiarios

Además de los requisitos específicos para cada tipo de beneficiario, se requiere la presentación de ciertos documentos de identificación:

  • Fotocopia legible del documento de identidad por ambas caras y ampliada al 150%.
  • Para el caso de cédula de ciudadanía, se puede aportar la fotocopia de la cédula en formato amarillo con hologramas o la cédula de seguridad personalizada en policarbonato, según corresponda.

Requisitos Específicos para Beneficiarios

Los beneficiarios de la pensión de sobrevivientes pueden incluir hijos estudiantes y cónyuges o hijos en situación de discapacidad, cada uno con requisitos particulares para demostrar su derecho a la prestación.

Hijos Estudiantes

Los hijos que aspiren a ser beneficiarios de la pensión de sobrevivientes debido a su condición de estudiantes deben cumplir con las siguientes condiciones:

  • Para la educación formal de preescolar, básica, media o superior, se requiere un mínimo de 20 horas semanales de estudio.
  • Para programas cursados en el exterior, también se exige un mínimo de 20 horas semanales.
  • Para los programas diseñados sobre el sistema de créditos, deben constar las horas de acompañamiento directo del docente y las horas no presenciales.
  • En el caso de programas que se estén cursando en el exterior, se allegará la constancia de que la institución educativa deberá estar certificada por la autoridad competente para operar en ese país, y esta deberá venir en original y apostillado/Legalizado.
  • En aquellos programas en los cuales la obtención del título requiere la realización de prácticas profesionales de forma gratuita o ad honórem, se deberá allegar certificación original o copia simple de la persona jurídica de carácter público o privado bajo cuya responsabilidad se encuentra el estudiante, indicando el cargo o la labor que desempeña, la gratuidad de esta y el período de duración.

Cónyuges e Hijos con Discapacidad

Los beneficiarios que se encuentren en situación de discapacidad deben presentar documentación específica que acredite su condición y dependencia económica:

  • Se requiere una declaración del interesado, curador o tutor (según el caso), que se debe realizar bajo gravedad de juramento, donde conste la dependencia económica. Esta declaración puede ser en copia simple u original con firma del declarante. Para los casos en que el declarante o interesado no sepa firmar, se debe consignar la huella.
  • El dictamen de invalidez es crucial y deberá contener el nombre y documento de identidad del solicitante en situación de discapacidad, el porcentaje de pérdida de capacidad laboral, y la fecha de estructuración de la invalidez.
  • El cónyuge debe estar en situación de discapacidad.
  • Las personas con discapacidad pueden ser de cualquier edad.
  • La invalidez debe estar declarada por la autoridad médica competente (como la Comisión Médica Regional, en algunos contextos) y debe haberse producido antes de que el hijo cumpla 18 o 24 años, según corresponda a la legislación aplicable.

Pensión de Sobrevivientes en Colombia (GUÍA COMPLETA 2025)

tags: #fopep #pension #de #sobrevivientes