La Ley 21.484, denominada “Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Deudas de Pensiones de Alimentos”, entró en vigencia el 20 de mayo de 2023. Su objetivo principal es establecer un mecanismo eficiente para el pago de las deudas por pensión de alimentos cuando existe una demanda vigente en un Tribunal de Familia.

Funcionamiento del mecanismo de pago
Este sistema se activa para personas que adeudan al menos un mes de pensión alimenticia y cuentan con una demanda en su contra. Los Tribunales de Familia están facultados para solicitar información a entidades como bancos, Administradoras Generales de Fondos y otras instituciones financieras para conocer los saldos disponibles del deudor.
Instrumentos financieros sujetos a retención
Para establecer el pago de la deuda, se consideran los siguientes instrumentos:
- Cuentas bancarias.
- Cuentas de APV (Ahorro Previsional Voluntario).
- Depósitos convenidos.
- Cuenta 2 o Cuenta de Ahorro Voluntario e instrumentos de inversión.
Nota importante: Si la deuda supera los 3 meses y los fondos anteriores son insuficientes, el tribunal podrá considerar la Cuenta de Capitalización Individual (Cuenta Obligatoria en la AFP).
Límites para la liquidación de fondos en la AFP
El tribunal puede ordenar la liquidación del 100% de los ahorros en cuentas bancarias e instrumentos de inversión. Sin embargo, en la cuenta obligatoria de la AFP, el límite es proporcional a la edad legal de jubilación:
| Edad para pensionarse | Porcentaje máximo de pago |
|---|---|
| 15 años o menos | 50% de los fondos acumulados |
| Entre 15 y 30 años | 80% de los fondos acumulados |
| Más de 30 años | 90% de los fondos acumulados |
Proceso de retención y seguimiento
Una vez notificada una medida cautelar, la AFP procede a la retención temporal del saldo adeudado. Durante este periodo, el deudor no puede realizar acciones sobre dicho monto (retirarlo o transferirlo) hasta que el tribunal ordene el alzamiento o la liquidación para el pago.
Para hacer seguimiento de una demanda, es necesario acudir al Tribunal de Familia responsable a través de la Oficina Judicial Virtual. El pago se realiza directamente en la cuenta bancaria de la parte demandante informada al tribunal.
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El Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos
La Ley 21.484 trabaja en conjunto con la Ley 21.389, que crea el Registro Nacional de Deudores. Este registro es de acceso remoto, gratuito e inmediato. Los inscritos enfrentan diversas sanciones, tales como:
- Retención de parte de créditos bancarios superiores a 50 UF.
- Imposibilidad de renovar licencias de conducir o pasaportes.
- Retención de devoluciones de impuestos y bonos estatales.
- Retención de un porcentaje de sueldo si son funcionarios públicos.
- Prohibición de inscripción de traspaso de vehículos o propiedades.
Definición y marco legal de los alimentos
La pensión de alimentos es una prestación que permite a una persona subsistir de manera correspondiente a su posición social, incluyendo sustento, habitación, vestuario, salud y educación. Esta debe fijarse obligatoriamente en Unidades Tributarias Mensuales (UTM).
Existen dos vías para solicitarla:
- Extrajudicial: Mediante un acuerdo escrito y autorizado ante notario o ministro de fe (Transacción).
- Mediación: Proceso obligatorio previo a la demanda judicial. Si fracasa, se emite un “Certificado de Mediación Frustrada” para iniciar acciones en tribunales.
Si las circunstancias que motivaron la pensión cambian, el tribunal puede modificar, aumentar o rebajar el monto. Las medidas coercitivas incluyen desde el arresto nocturno y arraigo nacional, hasta la suspensión de la licencia de conducir o el embargo de bienes.
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