Información sobre la Pensión Valech y la Pensión de Sobrevivencia

La Reforma de Pensiones en Chile ha traído consigo importantes avances y ajustes, especialmente para aquellos que reciben pensiones por leyes de reparación o de gracia. Estos cambios buscan garantizar una mayor cobertura y acceso a beneficios esenciales para diversos grupos de la población, incluyendo a los beneficiarios de la Ley Valech y aquellos que optan a una Pensión de Sobrevivencia.

Esquema de las leyes de reparación y sus beneficios en Chile

La Pensión Garantizada Universal (PGU) y Beneficiarios de Leyes de Reparación

Derecho a la PGU para Pensionados de Reparación y Gracia

Según lo contemplado en la Reforma de Pensiones, las personas que reciben pensiones por leyes de Reparación o de Gracia, de 82 años y más, también tendrán derecho a la Pensión Garantizada Universal (PGU) si cumplen todos los requisitos. Actualmente, la mayor parte de quienes reciben beneficios de reparación no tienen la PGU. Solo acceden a una parte de ella, en muy pocos casos, cuando su pensión de reparación (Valech, Rettig o Exonerados) o de gracia es menor al monto máximo de ese beneficio.

Importancia de la Solicitud y Requisitos

Es importante que este conocimiento se difunda porque esta Pensión Garantizada Universal, en el caso de este grupo de beneficiarios, tiene que ser solicitada. Ya se puede hacer a partir del mes de junio, recordando que deben tener el Registro Social de Hogares. Más allá de contar o no con un beneficio de reparación, para obtener la PGU se deben cumplir algunos requisitos. Para consultar si se cumplen con los requisitos para solicitar la Pensión Garantizada Universal (PGU), se puede usar el RUN y la fecha de nacimiento.

¿Cómo Solicitar la PGU?

La PGU se puede solicitar a través de diversas vías:

  • Por Internet: en www.chileatiende.cl con ClaveÚnica.
  • Presencial: Dirígete a una sucursal ChileAtiende con tu cédula de identidad vigente. Si el trámite lo realiza tu apoderada o apoderado, debe presentar un poder notarial con tu permiso y su cédula de identidad.
  • Telefónica: Llama al call center ChileAtiende 101 o al +56 4 4236 20 00 (si estás en el extranjero).
  • En tu AFP o compañía de seguros.

La pensión comienza a pagarse desde el mes subsiguiente a la fecha en que se hizo la solicitud en el Instituto de Previsión Social (IPS).

Otros Beneficios Asociados a la Ley Valech

Además de la PGU, los beneficiarios de la Ley Valech pueden acceder a otros beneficios asociados, que buscan brindar una reparación integral.

Beneficios de Salud y Educación

  • Aporte Único Reparatorio: Un bono de $4 millones otorgado a los menores de edad nacidos en prisión o detenidos con sus padres, incluidos en la nómina de personas reconocidas como víctimas y torturados del informe de la Comisión Valech.
  • Derecho a gratuidad en las prestaciones médicas otorgadas por el Programa de Reparación y Atención Integral de Salud (PRAIS) en servicios de salud del país.
  • Este beneficio consiste en la continuidad gratuita de estudios básicos, medios o superiores. El organismo encargado de orientar a las personas para el ejercicio de este derecho es la División de Educación Superior de dicho ministerio.

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Apoyos de Vivienda y Otros Derechos

  • Acceso a subsidios de vivienda. El Ministerio de Vivienda y Urbanismo dispuso medidas de reparación a través de subsidios de vivienda. Para obtener más información se puede consultar en la página web la sección vivienda y subsidios.
  • Exención de realizar el Servicio Militar para los hijos, nietos, hermanos y primos (parientes hasta cuarto grado en línea colateral) de las personas reconocidas como víctimas.
  • Eliminación de anotaciones prontuariales en casos de condenas dictadas por tribunales militares por delitos establecidos en ciertas leyes.

Incompatibilidades de la Pensión Valech

Es incompatible con las pensiones por exoneración política, otorgadas por las leyes 19.234, 19.582 y 19.881. Es importante destacar que el derecho a optar por la incompatibilidad no tiene plazo. Sin embargo, si la persona causante optó por la incompatibilidad de la Ley Valech cuando estaba viva, esta decisión no se puede revertir.

La Pensión de Sobrevivencia

La Pensión de Sobrevivencia es un derecho para la familia del causante, buscando proteger económicamente a los allegados tras el fallecimiento de un pensionado o afiliado. Solo tendrán derecho a Pensión de Sobrevivencia si el fallecimiento de la afiliada ocurre a contar del 1 de octubre de 2008.

¿Quiénes son Beneficiarios de la Pensión de Sobrevivencia?

Los beneficiarios pueden incluir:

  • Cónyuge: Deben haberse casado al menos 6 meses antes de la fecha de muerte. Si el matrimonio se realizó siendo la persona pensionada por Vejez o Invalidez, este se debe haber contraído 3 años antes de su muerte.
  • Conviviente Civil: Debe existir un Acuerdo de Unión Civil vigente de al menos un año previo a la muerte. Si este se realizó siendo la persona pensionada por Vejez o Invalidez, se debe haber contraído 3 años antes de su muerte.
  • Padre o Madre de Hijos: Persona con la que el afiliado tuvo hijos sin haber tenido un vínculo matrimonial o de Acuerdo de Unión Civil. Además, solo si es soltero o viudo y vivía a expensas del afiliado a la fecha de su muerte.
  • Padres: Los padres solo tendrán derecho a Pensión de Sobrevivencia si el fallecimiento ocurre a contar del 1° de octubre de 2008.

Consideraciones y Proceso de Solicitud

Para solicitar la Pensión de Sobrevivencia, los interesados deben dirigirse a una sucursal ChileAtiende con su cédula de identidad vigente. Si el trámite lo realiza un apoderado, este debe presentar un poder notarial con el permiso del solicitante y su propia cédula de identidad.

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