Cálculo del Aporte Previsional Solidario de Invalidez (APSI)

El Sistema de Pensiones Solidarias de Chile se ha diseñado para apoyar a los sectores más vulnerables de la población, asegurando una base mínima de ingresos en situaciones de vejez o invalidez. Dentro de este sistema, el Aporte Previsional Solidario de Invalidez (APSI) cumple un rol fundamental para quienes se encuentran impedidos de trabajar debido a una condición de invalidez. Comprender su funcionamiento y, en particular, cómo se calcula, es esencial para los potenciales beneficiarios.

Infografía: Estructura del Sistema de Pensiones Solidarias en Chile

Introducción al Sistema de Pensiones Solidarias y el APS

¿Qué es el Sistema de Pensiones Solidarias?

El Sistema de Pensiones Solidarias (SPS) beneficia a quienes pertenecen a los sectores de menores ingresos del país y se encuentran impedidos de trabajar o han cumplido 65 años de edad. Este sistema está dirigido a personas que no se incorporaron a un sistema de pensiones, o que, habiéndose incorporado a uno, no alcanzaron a cumplir los requisitos legales para acceder a una pensión, o cuyas pensiones recibidas son de un monto inferior a la Pensión Básica Solidaria (PBS), que se mencionaba en el borrador con un valor de $164.356.

¿Qué es el Aporte Previsional Solidario?

El Aporte Previsional Solidario (APS) es un beneficio que permite mejorar las pensiones de quienes integran un grupo familiar perteneciente al 60% más pobre de la población. Está destinado a aquellos que, habiendo cotizado en un sistema previsional civil y cumpliendo con los requisitos para optar a una modalidad de pensión, perciben pensiones en régimen que son inferiores a la Pensión Máxima con Aporte Solidario (PMAS) o a la Pensión Básica Solidaria (PBS).

Aporte Previsional Solidario de Invalidez (APSI)

Beneficiarios y Requisitos

Son beneficiarias del APSI todas aquellas personas declaradas inválidas que tengan una pensión base mayor que cero e inferior a la Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) y reúnan los requisitos necesarios.

Requisitos específicos para el APSI:

  • No ser imponente de Dipreca o Capredena, ni percibir pensiones en dichos regímenes, ya sea en calidad de titular o como beneficiario de pensión de sobrevivencia.
  • Tener una pensión como titular o beneficiario inválido total o parcial, definitiva o transitoria del DL 3.500 o de cualquiera de los regímenes administrados por el IPS.
  • Tener 18 años o más de edad y no haber cumplido los 65 años de edad.
  • Integrar un grupo familiar perteneciente al 60% más pobre de la población de Chile.
  • Acreditar residencia en el territorio de la República de Chile por al menos 5 años durante los 6 anteriores a la suscripción de la solicitud. Se incluye el tiempo de personas exiliadas (artículo 2° Ley 18.994), en cumplimiento de misiones diplomáticas, representaciones consulares y demás funciones oficiales de Chile.
Diagrama de flujo: Requisitos para acceder al APSI

Definición de "Pensiones Percibidas" para el Cálculo

Para el cálculo del APSI, se entenderá por pensiones percibidas la suma de las pensiones de los regímenes administrados por el IPS, de sobrevivencia en virtud de la Ley N° 16.744 y del D.L. N° 3.500.

Prevalencia en caso de distintas modalidades

Si las pensiones corresponden al D.L. Nº 3.500 y son de distinta modalidad de pensión, primará la pensión bajo la modalidad de renta vitalicia, cualquiera sea su tipo. Sin embargo, si el APS se está financiando con el saldo de la cuenta de capitalización individual, primará el retiro programado.

Cálculo del Monto del Aporte Previsional Solidario de Invalidez

El monto del beneficio del APSI se determinará considerando todas las pensiones percibidas por el afiliado. Si estas pensiones son menores a la Pensión Básica Solidaria (PBS) del rango menor, el APS será equivalente a la diferencia entre el monto de la PBS y la pensión total percibida.

Casos específicos del cálculo:

Si la pensión base del beneficiario es inferior a la PBS, se le entregará la pensión base más un complemento solidario. Este complemento resultará de la diferencia entre la pensión final (pensión base más complemento solidario) y la pensión -o pensiones- que reciba el afiliado. El Aporte Previsional Solidario se otorga para alcanzar el monto establecido por la Pensión Básica Solidaria, actuando como un complemento a las pensiones que el individuo ya recibe.

Esquema de cálculo del Aporte Previsional Solidario de Invalidez

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Aspectos Clave y Consideraciones Adicionales

Proceso de Solicitud de Beneficios

Los beneficios del Sistema de Pensiones Solidarias, incluido el APSI, deberán ser invocados directa y personalmente por los interesados ante el Instituto de Previsión Social (IPS) con su cédula nacional de identidad, suscribiendo en original y copia la solicitud que corresponda. Adicionalmente, la solicitud también puede ser gestionada en la AFP donde el interesado se encuentre afiliado, presentando su cédula de identidad vigente y firmando la documentación necesaria. Es importante destacar que las gestiones para la obtención de estos beneficios son gratuitas.

Causales de Extinción del Beneficio

Los beneficios del APSI se extinguirán en los siguientes casos:

  • Por el fallecimiento del beneficiario.
  • Por haber dejado de cumplir alguno de los requisitos de otorgamiento del beneficio.
  • Por permanecer el beneficiario fuera del territorio de la República de Chile por un lapso superior a 90 días durante el respectivo año calendario.
  • Por haber entregado el beneficiario maliciosamente antecedentes incompletos, erróneos o falsos con el objeto de acreditar o actualizar el cumplimiento de los requisitos para acceder a los beneficios del Sistema Solidario. En este último caso, el implicado podría ser sancionado por delito de estafa.

Exención de Cotización de Salud para Beneficiarios

La Ley N° 20.531 establece que los beneficiarios del Sistema de Pensiones Solidarias estarán exentos de realizar la cotización legal de salud estipulada en el D.L. N° 3.500, que corresponde al 7% del monto de la pensión recibida.

Ajuste de la Pensión de Retiro Programado

Si el monto de la pensión que se financia con el saldo de la Cuenta de Cotización Obligatoria es inferior a la Pensión Básica Solidaria, el afiliado o beneficiarios sin derecho a los beneficios del Pilar Solidario podrán optar por ajustar su monto al valor de dicha pensión.

Incompatibilidad con la Garantía Estatal

Los beneficios de APS y de Garantía Estatal son incompatibles. Una AFP no podrá pagar en forma simultánea ambos beneficios. En estos casos, se cancelará el beneficio que otorgue el mayor monto de pensión, priorizando el que resulte más favorable para el pensionado.

APSI y Continuidad Laboral

A partir de enero de 2020, se produjo un cambio significativo: para los beneficiarios de PBS y APS de Invalidez que reciban ingresos laborales, independientemente del monto de estos, el aporte estatal entregado no se reducirá, ni total ni parcialmente. El valor de pensión por el que podrá optar será, como mínimo, el valor de la PBS, que se mencionaba con $164.356.

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