Guía Completa sobre la Cuidadora de la Tercera Edad de 12 Horas

El envejecimiento de la población ha generado una creciente demanda de profesionales dedicados al cuidado de adultos mayores. La figura de la cuidadora de la tercera edad, especialmente en jornadas de 12 horas, se ha vuelto esencial para garantizar el bienestar y la calidad de vida de las personas mayores. Este artículo detalla las funciones, responsabilidades, el marco legal y las consideraciones clave de este importante servicio.

Funciones y Responsabilidades de la Cuidadora

El servicio de cuidadora consiste en acompañar y cuidar al adulto mayor durante el horario acordado. La principal responsabilidad de la cuidadora es cuidar la seguridad física del adulto mayor, por lo que no debe distraerse con actividades que la alejen de ese objetivo. Dentro de sus tareas se incluyen:

  • Cuidado personal: Ayuda en baño personal e hidratación diaria de la piel.
  • Acompañamiento: Asistir a citas médicas o acompañar al adulto mayor a pasear, por ejemplo, a la plaza o en una caminata. Si estas salidas ocurren fuera del domicilio habitual, la familia debe asegurar que la cuidadora pueda regresar de forma segura a su hogar.
  • Higiene y orden: Mantener en orden y limpio el dormitorio del adulto mayor, así como su ropa y objetos personales.
  • Monitoreo de salud: Tener conocimientos para monitorear la salud y administrar medicamentos, cuando sea necesario.
  • Estimulación: Acompañar y promover actividades lúdicas y de esparcimiento para que el adulto mayor se sienta activo y pueda llevar una vida plena y feliz.
  • Apoyo emocional: Escucharle y brindarle cariño, ya que el cuidado de personas es un servicio de personas para personas.

Es importante recordar que no está dentro de las funciones de la cuidadora realizar labores domésticas generales o cumplir tareas para otros miembros de la familia, a menos que se haya acordado explícitamente en el contrato y se corresponda con la normativa laboral vigente.

Fotografía de una cuidadora asistiendo a un adulto mayor en sus actividades diarias

Cualidades Esenciales de una Cuidadora Profesional

Para un cuidado efectivo, las cuidadoras deben poseer una serie de cualidades fundamentales:

  • Capacidad de observación al detalle: El profesional debe tener conocimiento de las tareas o acciones que el adulto puede o no realizar.
  • Paciencia: Es imprescindible poseer un alto grado de paciencia, dado que el cuidado es un trato personalizado.
  • Fuerza: Cuidar a una persona supone un desgaste tanto físico como emocional. Es necesario tener un grado de fuerza física (para ayudar en la movilidad) y mental.
  • Positividad: El positivismo es fundamental para vivir. Una cuidadora que aumenta la positividad hará que el paciente tenga unos días más amenos y mejorará su felicidad.
  • Compromiso y responsabilidad: Son cualidades básicas para garantizar un servicio de calidad.
  • Empatía y buen trato: Establecer una buena conexión entre la cuidadora y el adulto mayor favorece significativamente el proceso de cuidado.

Tipos de Cuidado y Entorno

El personal de empresas especializadas suele estar capacitado para cumplir funciones de cuidadora según el nivel de dependencia del adulto mayor. Para cuidados avanzados, se recomienda y asigna TENS o enfermera. El servicio se organiza por funciones, con actividades definidas por hora para asegurar una atención activa y constante, y es supervisado por profesionales de la salud que apoyan a la cuidadora en situaciones especiales o de emergencia.

Mejora del Entorno Físico y Social

Nuestras cuidadoras a domicilio tienen dos objetivos principales: mejorar el ambiente físico y mejorar el ambiente social de las personas. A través de ello, serán capaces de mejorar la calidad de vida de las personas mayores. Cuando el espacio físico en el cual residen las personas mayores se mejora, aumenta su seguridad y autonomía. Las mejoras pueden incluir:

  • Rampas de acceso.
  • Puntos de luz a la mano.
  • Agarradores.
  • Pisos antideslizantes, entre otras.

La cantidad de modificaciones dependerá de cada residencia. Se ha demostrado que favorecer la autonomía en tareas como vestirse, bañarse sola, recoger después de comer o salir a caminar, puede ser beneficioso para la salud de la persona cuidada.

Infografía sobre adaptaciones en el hogar para personas mayores

Jornada Laboral y Marco Legal en España

Es esencial que el empleador y la cuidadora establezcan un contrato que refleje el tiempo de trabajo permitido y garantice los derechos de la trabajadora. La legislación laboral española, específicamente el Real Decreto 1620/2011, regula la jornada laboral de las empleadas de hogar. La ley establece una jornada laboral máxima de 8 horas diarias y 40 horas a la semana de trabajo efectivo. Respetar estos límites es crucial para garantizar el descanso, la salud y los derechos de las cuidadoras, lo que a su vez se traduce en un mejor cuidado para la persona mayor.

Tipos de Jornada Laboral

Existen diferentes tipos de jornada que se pueden pactar en el contrato de trabajo:

  • Jornada completa: Se refiere a las 8 horas diarias y 40 horas semanales.
  • Jornada partida: La jornada de 8 horas diarias y 40 semanales se divide en dos períodos, por ejemplo, trabajar 4 horas por la mañana y 4 por la tarde.
  • Jornada a tiempo parcial: La duración es inferior a 8 horas diarias.
  • Cuidadora por horas: Trabaja en períodos más cortos y específicos, cubriendo un número determinado de horas al día según las necesidades del empleador, para tareas puntuales como asistencia en la higiene, preparación de alimentos o acompañamiento a citas médicas.
  • Cuidadora Nocturna: Se encarga del cuidado durante la noche, vigilando el descanso de la persona mayor y atendiendo sus necesidades. Esta jornada es independiente de las horas diurnas, por lo que la misma cuidadora no puede encargarse de ambos turnos.

El contrato de trabajo debe reflejar el tiempo de trabajo acordado. Si no se formaliza por escrito (lo cual es obligatorio si el contrato dura más de cuatro semanas), se considerará que la relación laboral es indefinida y a jornada completa.

Cuidadoras Internas

Las cuidadoras internas residen en el hogar de la persona que cuidan y trabajan una jornada laboral de 40 horas semanales. Su jornada se divide en tiempo de trabajo efectivo y tiempo de presencia:

  • Tiempo de trabajo efectivo: Son las horas en las que la cuidadora realiza las tareas para las que fue contratada.
  • Tiempo de presencia: Son las horas en las que la cuidadora está a disposición del empleador pero no está trabajando activamente. Estos tiempos deben pactarse y no pueden exceder las 20 horas semanales en promedio mensual. Además, deben ser retribuidos económicamente o compensados con descansos y estar claramente definidos en el contrato de trabajo. No se contabilizan dentro de las 40 horas de trabajo efectivo.

La manutención (alojamiento y comida) va incluida en el caso de las empleadas del hogar internas, a quienes se les debe proporcionar su propio dormitorio con armario. Una vez finalizadas sus horas de trabajo y de presencia, la empleada no tiene obligación de permanecer en el domicilio, lo que le permite disfrutar de su tiempo libre.

Descansos, Días Festivos y Vacaciones

Respetar los descansos es tan importante como cumplir con la jornada laboral. La legislación establece varios períodos de descanso obligatorios:

  • Descanso semanal: Las cuidadoras internas tienen derecho a un descanso semanal de 36 horas consecutivas, que idealmente deben coincidir con la tarde del sábado o la mañana del lunes y el día completo del domingo. Para las cuidadoras externas, también se aplica un descanso semanal.
  • Descanso entre jornadas: Si la cuidadora no reside en el domicilio, debe tener un mínimo de 12 horas de descanso entre una jornada y la siguiente. Si es interna, este descanso se puede reducir a 10 horas, siempre que se recuperen las dos horas restantes más adelante.
  • Pausas por comidas: Las empleadas internas tienen derecho a dos horas diarias para las comidas principales, y este tiempo no se considera trabajo efectivo.
  • Días festivos: Las cuidadoras tienen derecho a 14 días festivos retribuidos al año, los cuales no son recuperables y deben ser remunerados.
  • Vacaciones: Las cuidadoras tienen derecho a 30 días naturales de vacaciones anuales. Estos días pueden dividirse en varios períodos, pero al menos 15 días deben ser consecutivos.

Horas Extraordinarias y Modificaciones Contractuales

Las horas extraordinarias son aquellas que exceden la jornada laboral acordada. En España, el límite máximo anual de horas extras es de 80 horas para una jornada completa, reduciéndose proporcionalmente para contratos a tiempo parcial. Estas horas deben ser remuneradas al menos al mismo precio que la hora ordinaria o compensadas con períodos de descanso equivalentes dentro de los cuatro meses siguientes a su realización.

Es ilegal y sancionable cotizar por menos horas de las que se trabajan. Cualquier ajuste en la jornada de trabajo debe comunicarse por escrito con un preaviso, especificando las nuevas condiciones y los motivos del cambio. La cuidadora tiene derecho a aceptar la modificación o a extinguir su contrato, recibiendo en este caso una indemnización de 20 días de salario por año trabajado.

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Reconocimiento de Personas Cuidadoras en Chile: Chile Cuida

La población chilena mayor de 60 años ha ido aumentando progresivamente en las últimas décadas, lo que hace cada vez más necesario contar con personas preparadas para su cuidado. En Chile, el Sistema Nacional de Apoyos y Cuidados “Chile Cuida” busca identificar y visibilizar a las personas que realizan labores de cuidado no remunerado.

¿Quiénes son consideradas personas cuidadoras?

Son las personas mayores de 18 años que dedican su tiempo a labores de cuidado no remunerado, es decir, que entregan asistencia permanente sin remuneración a personas con discapacidad, dependencia funcional moderada o severa, también a personas con necesidades educativas especiales permanentes que forman parte del Programa de Integración Escolar (PIE), o personas que están matriculadas en un establecimiento de educación especial.

  • Persona cuidadora principal: Quienes destinan el mayor número de horas al día a entregar asistencia de cuidados o apoyo permanente.
  • Persona cuidadora secundaria: Quienes destinan menos horas al día en relación con la cuidadora principal.

Registro y Beneficios de la Credencial

Para ser reconocida como persona cuidadora y obtener la credencial, se debe ingresar al Registro Social de Hogares (RSH) a través de la Ventanilla Única Social (VUS) y completar el módulo de Cuidados. La información ingresada es autorreportada y se valida con registros administrativos. No es necesario ir a una notaría para acreditar la calidad de persona cuidadora.

Los requisitos principales incluyen que la persona cuidadora y quien requiera cuidados tengan RSH y que la persona cuidada presente dependencia moderada, severa o profunda en el módulo de salud del RSH. Es importante destacar que si la persona cuidadora recibe ingresos por las labores de cuidados, no puede acceder a esta credencial, ya que su objetivo es identificar a quienes no reciben un pago por ello.

La credencial de persona cuidadora entrega acceso preferente a sucursales y oficinas de diversas instituciones públicas, como FONASA, BancoEstado, SERVIU, SENAMA, ChileAtiende - IPS, Registro Civil e Identificación, SENADIS, entre otras.

Esquema del proceso para obtener la credencial de cuidador en Chile

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