En Chile, el sistema de pensiones busca asegurar un ingreso mensual a las personas que llegan a la edad de jubilación o enfrentan situaciones como la invalidez o el fallecimiento. El monto final de la pensión y los requisitos para acceder a ella dependen de diversas variables y modalidades.

Cálculo del monto de la pensión
El monto final de la pensión se calcula de acuerdo a varias variables fundamentales:
- Ahorro total de la persona afiliada: La cantidad acumulada en la cuenta de capitalización individual es un factor principal.
- Años cotizados: El número de períodos en los que se realizaron aportes al sistema.
- Sueldo promedio: El promedio de los ingresos percibidos durante la vida laboral activa.
- Tasa de reemplazo: Un porcentaje determinado por el Gobierno que representa la proporción de los ingresos anteriores al retiro de la persona. La tasa actual es del 60%.
- Tablas de mortalidad: La expectativa de vida de las personas, elaborada por la Superintendencia de Pensiones y la Comisión para el Mercado Financiero. Estas se actualizan cada 6 años.
- Modalidad de pensión: Puede ser Retiro Programado o Renta Vitalicia, cada una con su propia fórmula de cálculo.
Cálculo según la modalidad de pensión
Existen dos modalidades principales para recibir la pensión, y cada una tiene un método de cálculo específico:
Retiro Programado
Para esta modalidad, el cálculo se realiza anualmente y considera los siguientes elementos:
- Ahorros acumulados: El saldo en la cuenta de capitalización individual.
- Capital Necesario Unitario (CNU): Se compone de varios factores como la composición del grupo familiar y sus edades, sexo y estado civil.
- Tablas de mortalidad: Para determinar la expectativa de vida del afiliado y su grupo familiar.
- Tasa de interés según la Superintendencia de Pensiones.
Para el Retiro Programado se realiza un recálculo todos los años y en el mismo mes en que la persona se pensionó, manteniendo ese monto por los siguientes 12 meses. Por ejemplo, si una persona se pensiona en mayo, entonces en mayo será el recálculo. Dos meses antes, se comunica a los pensionados que se aproxima un recálculo de pensión, por carta y correo electrónico. Por esto, es importante mantener los datos de contacto actualizados.
Renta Vitalicia
Para la Renta Vitalicia, el cálculo se basa en:
- Ahorros acumulados: El saldo total en la cuenta de capitalización individual.
- Tipo de Renta Vitalicia: Puede ser Renta Vitalicia Inmediata, Renta Temporal con Renta Vitalicia Diferida, Renta Vitalicia Inmediata con Retiro Programado o Renta Vitalicia Variable.
- Tablas de mortalidad: Se calcula la esperanza de vida del afiliado y la de sus familiares con derecho a pensión.
- Tasa de interés según la Superintendencia de Pensiones.
Todos los montos de pensión, ya sea de Retiro Programado o Renta Vitalicia, se calculan en UF (Unidad de Fomento).
Proceso de solicitud de pensión
Para pensionarse, el afiliado o la afiliada debe presentar en la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) su cédula nacional de identidad y realizar la solicitud de pensión, junto a la declaración de beneficiarios. La AFP deberá calcular el saldo efectivo de la cuenta de capitalización individual que tiene el afiliado o la afiliada y emitir el certificado de saldo dentro de los 10 días hábiles siguientes.

Sin embargo, es importante que las personas sepan que no es obligatorio pensionarse al cumplir la edad legal. Esos ahorros pueden realizarse en una Cuenta de Ahorro Voluntario o también llamada Cuenta 2, una cuenta de ahorro previsional voluntario (APV) y mediante Depósitos Convenidos.
Si está próximo a cumplir la edad de jubilación (60 años para mujeres y 65 para hombres, a menos que pueda hacerlo antes si tiene fondos suficientes en su AFP o a pensionarse por trabajo pesado), debe tener en consideración el monto de dinero que tiene en la cuenta obligatoria de su AFP para calcular su pensión.
Todas las personas tienen derecho a acceder a una pensión por vejez, que es un monto de dinero que se entrega a quienes jubilan y depende de los ahorros personales en la AFP.
Formas de pago de la pensión
Si cobra su pensión en el Instituto de Previsión Social (IPS), puede solicitar un pago a su CuentaRUT del BancoEstado o acudir presencialmente a la Caja de Compensación Los Héroes o a una oficina ChileAtiende, algunas de las cuales tienen agendamiento online. Además, puede modificar su forma de pago.
Si trabaja con contrato, debe comunicarle al empleador la voluntad de iniciar la jubilación. Se recomienda verificar que el pago de sus cotizaciones y seguro de cesantía estén al día por parte del empleador, para que la AFP efectúe las gestiones que sean necesarias para la cobranza y recaudación de los fondos que se deban.
Tipos de pensiones y beneficios adicionales
Pensión Garantizada Universal (PGU)
Las personas que no poseen fondos en ningún sistema de previsión, podrán acceder a la Pensión Garantizada Universal (PGU), que entrega el Estado. Es importante destacar que la PGU se reajusta en febrero de cada año, según el IPC. Uno de los requisitos es contar con una estimación de pensión autofinanciada menor a la pensión superior (aproximadamente $1 millón).
Pensión de vejez anticipada por trabajo pesado
Los trabajadores y trabajadoras pueden solicitar una jubilación por invalidez, llamada pensión de vejez anticipada por trabajo pesado, que es un beneficio mensual y de por vida.
Pensión anticipada para enfermos terminales
Durante un período transitorio, de forma exclusiva y preferencial, podrán optar a la pensión anticipada para enfermos terminales: los afiliados, pensionados o beneficiarios de pensión de sobrevivencia que hayan activado las Garantías Explícitas en Salud (GES) para el Problema de Salud Nº 4, solo por cuidados paliativos en cáncer avanzado; y a su vez, para un grupo de diagnósticos específicos por cuidados paliativos en cáncer avanzado. En esta etapa transitoria, este beneficio se puede solicitar a través del sitio web, call center y sucursales de la AFP a la cual la persona en condición de enfermo terminal está afiliada.
Requisitos para la PGU y otros beneficios
Para acceder a ciertos beneficios, como la PGU, es necesario estar en el 80% más vulnerable, según el instrumento de focalización que el IPS aplica para el Sistema de Pensiones Solidarias, para lo cual es indispensable estar registrado en el Registro Social de Hogares (RSH).
Además, el plan AUGE-GES considera problemas de salud que, pese a no ser específicos del adulto mayor, se presentan con mayor frecuencia en este grupo: alzheimer y otras demencias, tratamiento médico (para personas de 55 años y más) con artrosis de cadera y/o rodilla leve o moderada, cataratas, hipertensión arterial esencial y diabetes mellitus tipo 2.
Beneficio por Años Cotizados (BAC)
El Beneficio por Años Cotizados (BAC) otorga un monto adicional y es importante saber que corresponde a 0,1 UF por cada 12 meses cotizados, con un tope de 2,5 UF mensuales, lo que equivale a 25 años de cotizaciones. Este beneficio se suma directamente a la pensión que ya reciben. Si se cumplen los requisitos, se recibirá una notificación por correo electrónico y/o en la CasillaÚnica.
Implementación y cálculo del BAC
- En el caso de las mujeres, el requisito de cotizaciones irá aumentando de manera gradual. A partir de enero de 2028, se exigirá un mínimo de 132 meses cotizados (11 años).
- Para quienes se pensionen a partir de diciembre de 2025, el beneficio se pagará de forma diferida: comenzará a entregarse una vez que reciban su primera pensión e incluirá el retroactivo en el caso de que corresponda.
- Para las personas que ya estén pensionadas al 31 de julio de 2025, el cálculo del Beneficio por Años Cotizados (BAC) considerará las cotizaciones pagadas en su cuenta individual hasta esa fecha. El pago comenzará en enero de 2026, siempre que tengan 65 años o más.
- Para quienes aún no estén pensionados, pero tengan 65 años o más al 31 de julio de 2025, se aplicará el mismo cálculo.
- Si la persona se pensiona a contar del 1 de agosto de 2025, se calculará considerando primero las cotizaciones que su empleador haya realizado al Seguro Social desde agosto de 2025, si corresponden.
Es importante destacar que no se contarán para el cálculo los meses que excedan el tope máximo de 300 cotizaciones (25 años), los que se reducirán gradualmente desde febrero de 2046. Tampoco se contarán los meses en que exista más de una cotización por jornada completa, los meses en que el empleador no haya pagado completamente las cotizaciones o aquellos que solo estén declarados y no pagados, hasta que el pago se regularice.
El Beneficio por Años Cotizados (BAC) puede extinguirse en caso de fallecimiento. Si al sumar esta compensación y otros beneficios a su pensión, y el monto total alcanza o supera la pensión mínima garantizada, dejará de recibir la Garantía Estatal (aporte que se recibe cuando los ahorros previsionales no son suficientes), ya que se otorga el beneficio de mayor monto.