Acceder a una pensión es un derecho fundamental para todas las personas al alcanzar la edad de jubilación o bajo ciertas condiciones especiales. Este proceso, que puede parecer complejo, se basa en los ahorros personales en la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) y las normativas vigentes. A continuación, se detalla una guía exhaustiva sobre los requisitos y el procedimiento para obtener una pensión en Chile.

¿Qué es la Pensión de Vejez y Quién Puede Acceder a Ella?
La Pensión de Vejez es un monto de dinero mensual que se entrega a quienes jubilan y depende principalmente de los ahorros personales acumulados en la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP). Todas las personas tienen derecho a acceder a este beneficio.
Factores Clave para el Cálculo
Si está próximo a cumplir la edad de jubilación, que es de 60 años para mujeres y 65 para hombres, debe tener en consideración el monto de dinero acumulado en la cuenta obligatoria de su AFP para calcular su pensión. Es posible jubilar antes si se tienen fondos suficientes en la AFP o si se accede a una pensión por trabajo pesado.
Importancia de las Cotizaciones
Es muy importante que las personas revisen con frecuencia que sus cotizaciones previsionales obligatorias se encuentren al día en sus cuentas de capitalización individual en la AFP. Si trabaja con contrato, debe comunicarle al empleador la voluntad de iniciar la jubilación. Se recomienda verificar que el pago de sus cotizaciones y seguro de cesantía estén al día por parte del empleador, para que la AFP efectúe las gestiones necesarias para la cobranza y recaudación de los fondos que se deban.
Tipos de Pensiones en Chile
En el sistema de pensiones chileno, existen diversas modalidades de jubilación, adaptadas a distintas situaciones laborales y personales.
Pensión de Vejez por Edad Legal
Esta es la pensión más común y se obtiene al cumplir la edad legal de jubilación (65 años para hombres y 60 para mujeres). Los plazos e instancias descritas en esta guía son principalmente parte de la pensión por cumplimiento de edad legal, aunque pueden variar dependiendo del tipo de trámite que se inicie.
Pensión de Vejez Anticipada por Trabajo Pesado
Los trabajadores y trabajadoras que realizan labores consideradas pesadas pueden solicitar una jubilación por invalidez, denominada Pensión de Vejez Anticipada por Trabajo Pesado. Este es un beneficio mensual y de por vida, diseñado para compensar el desgaste físico prematuro asociado a ciertas ocupaciones.
Pensión de Invalidez
La jubilación por invalidez permite a las personas acceder a un monto de dinero mensual, permanente y de por vida, en caso de sufrir una pérdida de capacidad de trabajo. Para trabajadores independientes o afiliados voluntarios, la elegibilidad requiere haber cotizado en el mes calendario anterior al siniestro.
Proceso de Calificación y Grados de Invalidez
La calificación como inválido y el grado de invalidez debe ser definido por una Comisión Médica, la cual depende de la Superintendencia de Pensiones. Una persona puede ser calificada con un grado de invalidez parcial o total. La invalidez parcial corresponde a una pérdida de capacidad de trabajo igual o mayor al 50% e inferior al 66,6%.
La solicitud de pensión por invalidez se puede tramitar en línea, y la persona solicitante o su representante debe adjuntar la resolución o dictamen de invalidez emitido por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN).
Continuidad Laboral y Pensión de Invalidez
Sí, una persona que ha sido declarada con invalidez puede seguir trabajando, lo que le permite complementar sus ingresos y mantener su actividad laboral.
Pensión Anticipada para Enfermos Terminales
Esta pensión permite a un grupo específico de personas optar a una jubilación anticipada debido a su condición de salud. Durante esta etapa, de forma exclusiva y preferencial, podrán optar a la pensión anticipada para enfermos terminales:
- Los afiliados, pensionados o beneficiarios de pensión de sobrevivencia que hayan activado las Garantías Explícitas en Salud (GES) para el Problema de Salud Nº 4, solo por cuidados paliativos en cáncer avanzado.
- Aquellos con un grupo de diagnósticos específicos por cuidados paliativos en cáncer avanzado.
Este beneficio se puede solicitar a través del sitio web, call center y sucursales de la AFP a la cual la persona en condición de enfermo terminal está afiliada.
Pensión Garantizada Universal (PGU)
La Pensión Garantizada Universal (PGU) es un beneficio que entrega el Estado a personas que no poseen fondos en ningún sistema de previsión o que cumplen ciertos requisitos de ingreso y edad.
Requisitos de Acceso a la PGU
Para acceder a la PGU, se deben cumplir las siguientes condiciones:
- Tener 65 años o más, sin necesidad de estar pensionado.
- Pertenecer al 90% con menores ingresos del país, según el instrumento de focalización que el IPS aplica para el Sistema de Pensiones Solidarias, para lo cual es indispensable estar registrado en el Registro Social de Hogares (RSH).
- Contar con una estimación de pensión autofinanciada menor a la pensión superior ($1 millón, aprox.).
- En caso de estar pensionado, la pensión autofinanciada debe ser menor a $789.139. Quienes tienen ingresos entre $789.139 y $1.252.602 tienen la posibilidad de acceder a una PGU de monto variable.
Si se reciben pensiones por leyes reparatorias o pensiones de gracia, se podrá solicitar el monto completo de la PGU, dependiendo de la edad.
Monto y Reajuste de la PGU
Si se tienen 82 años o más, el monto máximo de la PGU es de $250.275 con la Reforma de Pensiones. La PGU se reajusta en febrero de cada año, según la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC).
Causales de Suspensión o Extinción de la PGU
La PGU puede suspenderse o extinguirse por diversas razones:
- No cobro del beneficio durante 6 meses continuos. La reactivación puede solicitarse en un plazo de 6 meses desde la resolución de suspensión.
- Fallecimiento del beneficiario o beneficiaria.
- Permanecer fuera de Chile por un período superior a 180 días continuos o discontinuos durante un año calendario (enero a diciembre).
Si ya solicitó la PGU, puede consultar el estado de su trámite con su ClaveÚnica.
Proceso de Solicitud de Pensión (Sistema AFP y SCOMP)
El trámite de pensión se puede realizar de manera directa y es absolutamente gratuito. A continuación, se detallan los pasos generales a seguir.

Pasos Iniciales y Preparación
- Iniciar la solicitud: Puede acercarse a las sucursales de su AFP con su carnet de identidad para recibir atención personalizada, o preingresar su solicitud de pensión en un formulario en línea o por videollamada con la ayuda de un ejecutivo.
- Proporcionar datos básicos: Se solicitará el RUT, fecha de nacimiento, número de contacto y datos bancarios. Si ingresa la solicitud en nombre del afiliado, debe indicarlo en el formulario. En algunos casos, se necesitará más información y un ejecutivo podría contactarlo.
- Declaración de Beneficiarios: Junto con la solicitud, debe realizar la Declaración de Beneficiarios, para lo cual es necesario adjuntar certificados de nacimiento de sus hijas e hijos, y si es el caso, adjuntar el certificado de matrimonio o de Acuerdo de Unión Civil.
- Representación: Puede otorgar un poder notarial a otra persona para que realice el trámite en su nombre.
- Tiempo de respuesta inicial: Recibirá noticias sobre su solicitud en un plazo de 1 a 5 días hábiles.
Emisión del Certificado de Saldo (CES)
La AFP es la encargada de emitir el Certificado de Saldo (CES). Una vez que la AFP recibe la solicitud, debe calcular la totalidad de los fondos que tiene la persona en su cuenta de capitalización individual. Este certificado, que resume los ahorros acumulados durante la vida laboral, tiene una vigencia de 35 días y será requerido para solicitar el Certificado de Ofertas SCOMP. La AFP, luego de traspasar toda la información al documento, procede a enviarlo a la dirección postal de la persona (generalmente el domicilio).
Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión (SCOMP)
Paralelamente a la emisión del CES, la AFP debe enviar la información al Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión (SCOMP). Para recibir ofertas de montos y modalidades de otras AFP y aseguradoras, sus datos deben estar en el listado público del SCOMP.
Recepción de Ofertas y Elección de Modalidad
- En un plazo máximo de 3 días hábiles, las AFP y las compañías de seguros deben ingresar al SCOMP las propuestas de pensión que han diseñado para la persona, de acuerdo con los fondos disponibles para financiar su jubilación.
- El SCOMP procede a emitir un Certificado de Ofertas que contiene las distintas alternativas de pensión que puede obtener la persona, según las cuatro modalidades vigentes.
- El Certificado de Ofertas de Pensión que emite el SCOMP será remitido al afiliado o afiliada que inició la consulta solo mediante carta certificada a su dirección postal (domicilio).
- Posteriormente, deberá seleccionar una de las modalidades presentadas en el Certificado de Ofertas SCOMP para el pago de su pensión. Tendrá la opción de aceptar alguna de las ofertas para pensionarse o rechazarlas.
- Pasados 10 días desde que elija su modalidad de pensión, se le notificará que su primer pago está listo para ser retirado.
Modalidades de Pensión Disponibles
En el sistema de AFP hay varias modalidades de pensión, cada una con su propia forma de financiamiento y administración. Las dos principales son el retiro programado en una AFP y la renta vitalicia en una compañía de seguros de vida. También hay otras dos alternativas que mezclan características de las dos modalidades antes mencionadas: la renta temporal con renta vitalicia diferida y la renta vitalicia inmediata con retiro programado.
Aspectos Clave y Consideraciones Post-Jubilación
Forma de Pago de la Pensión
Usted elige cómo cobrar su pensión. Se sugiere recibirla en una cuenta bancaria a su nombre para mayor comodidad y seguridad. Si cobra su pensión en el Instituto de Previsión Social (IPS), puede solicitar un pago a su CuentaRUT del BancoEstado o acudir presencialmente a la Caja de Compensación Los Héroes o a una oficina ChileAtiende, algunas de las cuales tienen agendamiento online. Además, puede modificar su forma de pago.
Una vez pensionado, recibirá su Liquidación de Pensión cada mes, donde verá el saldo que va quedando en su cuenta después de cada pago.
Destino de los Fondos de Pensión tras el Fallecimiento
Si se pensionó en una AFP, sus ahorros se pagarán a sus beneficiarios como Pensión de Sobrevivencia. Si no tiene beneficiarios, se entregarán en un solo pago a sus herederos. En último caso, si no tiene herederos, los fondos se pagarán al Estado, según lo indica la ley. La AFP nunca se quedará con su dinero.
Excedente de Libre Disposición y Retiro de Fondos
De acuerdo con la ley, solo podrá retirar los ahorros a través de pagos mensuales de pensión cuando se jubile. Sin embargo, en algunos casos, podría acceder al Excedente de Libre Disposición.
El monto de la pensión dependerá de varios factores, como sus ahorros acumulados, la edad en que decide pensionarse y si tiene beneficiarios.
Información Adicional y Contacto
Para más información, si necesita consultar el estado de su trámite de PGU con su ClaveÚnica o si desea interponer un reclamo, puede contactar a las instituciones pertinentes. Es importante destacar que puede interponer un reclamo ante el IPS, en un plazo de 5 días hábiles (lunes a viernes) contados desde la notificación del rechazo o suspensión de un beneficio (Ley N° 19.880).
Para consultas generales, puede llamar al call center ChileAtiende 101 o al +56 4 4236 20 00 (si está en el extranjero). Se recomienda revisar el horario de atención de las instituciones correspondientes.