Cómo solicitar una pensión por incapacidad

La solicitud de una pensión por incapacidad puede realizarse a través de diversos canales, incluyendo el sitio web, videoatención y las sucursales de ChileAtiende. Es importante destacar que para iniciar el trámite de pensión por incapacidad no es necesario tener la invalidez declarada previamente ante una comisión médica. Los titulares de la Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) pueden ser beneficiarios de la Asignación Familiar, siempre y cuando cumplan con los requisitos respecto a los descendientes que vivan a su cargo y que califiquen como causantes del sistema.

La pensión se recibirá hasta el último día del mes en que el beneficiario cumpla 65 años. A partir de esa fecha, podrán acceder a la Pensión Básica Solidaria de Vejez. Para resolver dudas o recibir asistencia, se puede contactar al call center de ChileAtiende llamando al 101 o al +56 4 4236 20 00 si se encuentra en el extranjero.

Infografía con los canales de solicitud de pensión por incapacidad: web, videoatención, sucursales ChileAtiende

Definición y Calificación de la Invalidez

La calificación de la invalidez y su grado correspondiente debe ser definida por una Comisión Médica, la cual opera bajo la supervisión de la Superintendencia de Pensiones. Una persona puede ser calificada con un grado de invalidez parcial o total.

Invalidez Parcial

Corresponde a una pérdida de capacidad de trabajo igual o superior al 50% e inferior al 66,6%. Este dictamen puede ser transitorio, con una duración de 3 años. Al recibir el dictamen, el solicitante deberá continuar el trámite según las indicaciones proporcionadas.

Invalidez Total

Una persona declarada con invalidez total puede seguir trabajando. Si la invalidez es parcial, no existe ningún inconveniente para continuar con la actividad laboral. Si se es pensionado por Invalidez Parcial Transitoria y se trabaja, se cotiza como trabajador activo.

En caso de invalidez parcial, se recibirá una pensión mensual equivalente al 50% del ingreso base durante 3 años. Si una persona fallece antes de la edad legal de pensión o estando pensionada, se generará una Pensión de Sobrevivencia si existen beneficiarios designados.

Diagrama que ilustra los grados de invalidez: parcial (50%-66.6%) y total (más de 66.6%)

Requisitos y Proceso de Solicitud

La Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) es un aporte monetario mensual destinado a personas entre 18 y 65 años de edad que han sido declaradas con invalidez y no tienen derecho a pensión en otro régimen previsional. Para acceder a ella, se debe haber sido declarado inválido por las Comisiones Médicas definidas en el D.L. y presentar los informes médicos correspondientes.

Los trabajadores deben solicitar su pensión directamente en la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) en la que se encuentren afiliados. Para ello, deberán presentar su cédula nacional de identidad y firmar la solicitud en original y copia. Alternativamente, se puede iniciar el trámite a través de los servicios disponibles en los sitios web de las AFP. Estas gestiones son gratuitas.

Si se cuenta con exámenes o informes médicos de un profesional tratante, estos pueden presentarse en la AFP al momento de firmar la solicitud de pensión de invalidez, aunque no es obligatorio.

Ilustración de un formulario de solicitud de pensión

Evaluación y Calificación por la Comisión Médica Regional (CMR)

Cuando una solicitud de pensión de invalidez se considera fundada, la respectiva Comisión Médica Regional (CMR) cita al solicitante a una entrevista preliminar. Durante esta entrevista, se entregan las órdenes para los exámenes e interconsultas médicas necesarias, según los impedimentos declarados por el afiliado.

La CMR solicitará a un médico del Registro Público de Asesores que revise los antecedentes y determine si la solicitud de pensión de invalidez se considera fundada. Si es así, la CMR designará a un médico asesor para guiar al afiliado en el proceso de evaluación y calificación de invalidez, el cual no tiene costo para el solicitante.

Una vez recibidos los resultados de los exámenes e interconsultas, la CMR verifica si el impedimento o enfermedad invocado por el afiliado cumple con cuatro criterios:

  • i) Ser objetivo.
  • ii) Ser demostrable.
  • iii) Que se hayan agotado las terapias médicas o quirúrgicas accesibles.
  • iv) Que se haya cumplido el período de observación post tratamiento indicado en las Normas de Evaluación.

Con la determinación del grado de invalidez, la CMR emite un primer dictamen que otorga una pensión de invalidez, que puede ser total o parcial. Este dictamen será transitorio por 3 años.

Esquema del proceso de evaluación de invalidez por la CMR

Apelaciones y Reevaluaciones

El plazo para presentar una apelación ante la Comisión Médica Central (CMC) es de hasta cinco días hábiles desde la notificación de la resolución que contiene el dictamen. Las personas también pueden presentar un reclamo ante la CMC dentro del plazo de 15 días hábiles desde su notificación. La CMC debe pronunciarse dentro de un plazo de 10 días hábiles desde la recepción del reclamo.

En caso de invalidez parcial, la legislación permite solicitar una reevaluación posterior si los impedimentos han progresado. En esta reevaluación, la comisión médica revisará la evolución de los impedimentos y emitirá un segundo dictamen, confirmando o rechazando la invalidez.

Es importante tener en cuenta que la declaración de invalidez por parte de una Comisión Médica no implica automáticamente la concesión de una pensión de invalidez.

Información Adicional y Contacto

El Instituto de Previsión Social (IPS) interviene en el caso de solicitantes de pensión básica solidaria de invalidez (PBSI), cubriendo los costos de los exámenes en las proporciones correspondientes.

Si cumples con los requisitos, puedes ingresar tu solicitud por videollamada con el apoyo de un ejecutivo, agendando el día y hora que más te convenga. Al completar el formulario, recibirás novedades sobre tu trámite entre 1 y 5 días hábiles. Si tu cobertura del SIS (Seguro de Invalidez y Sobrevivencia) está en riesgo, debes hacer tu solicitud con urgencia.

Documentación necesaria:

  • Cédula nacional de identidad.
  • Informes médicos (opcional pero recomendado).
  • Datos de tus beneficiarios: nombre completo, RUT y fecha de nacimiento.
  • Certificado de empleado público (si aplica).

Con cobertura del SIS, el costo de los exámenes e interconsultas es cubierto por este seguro.

Si eres declarado Inválido Parcial o Total, no existe impedimento para continuar trabajando. Si eres declarado Inválido Parcial, recibirás durante 3 años una pensión mensual del 50% de tu ingreso base. Si la invalidez es parcial y no cuenta con cobertura del SIS, recibirás pensiones mensuales de los ahorros de tu cuenta individual. En 8 días hábiles, recibirás un "Certificado de Ofertas" con los montos de pensión, y tienes la opción de no aceptar ninguna oferta.

Si tu pensión es superior a la Básica Solidaria, solicita ofertas al SCOMP (Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión). Si eres declarado Inválido Parcial o Total, no existe inconveniente para continuar trabajando.

Es posible tramitar y recibir tu pensión en el extranjero siempre y cuando el país de residencia tenga un Convenio Bilateral con Chile.

¿Cómo solicito la pensión de invalidez en la AFP?

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