De acuerdo con la Superintendencia de Pensiones, hasta diciembre de 2021 en el país había 1.594.326 pensionados por vejez. Si formas parte de este grupo y, por algún contratiempo, no puedes cobrar tu pensión, existe un beneficio que permite designar a un tercero para que realice dicho trámite en tu representación.
Esta autorización es fundamental, especialmente considerando que, si estás jubilado a través del Instituto de Previsión Social (IPS) y no puedes cobrar tu pensión por tu cuenta, el sistema de pensiones actual establece que las pensiones se pueden acumular a lo más por tres meses.
Tipos de Poderes y Mandatos para el Cobro de Pensiones
Existen distintas modalidades para otorgar la facultad a un tercero para gestionar el cobro de la pensión.
1. Escritura Pública
Un método para formalizar la autorización es a través de una escritura pública, un documento que debe ser otorgado y registrado por un notario. En la cita para su formalización, un asistente social puede estar presente, actuando como ministro de fe.
2. Poderes Especiales Otorgados ante Notario o Oficial del Registro Civil
Los poderes especiales destinados específicamente al cobro de pensiones deben ser suscritos ante un Notario Público o un Oficial del Registro Civil en aquellas localidades donde no exista una Notaría.
- Estos poderes caducarán en un plazo de dos años, contados desde la fecha de su otorgamiento.
- Para los efectos de suscribir la solicitud de pago de excedente de libre disposición, el mandato especial deberá indicar el número de cuotas a girar.
3. Mandato Especial por Instrumento Privado para la Pensión Garantizada Universal (PGU)
Aunque la Pensión Garantizada Universal (PGU) debe ser invocada directa y personalmente, en lo posible, ante el IPS o la respectiva Administradora de Fondos de Pensiones, el beneficiario puede encomendar a un tercero su obtención y la de otros beneficios a los que pudiera tener derecho. Esto se realiza mediante el otorgamiento de un mandato especial por instrumento privado.
- Este mandato se entenderá otorgado para llevar a cabo todas las gestiones tendientes a la obtención de la PGU, aun cuando no se haga mención expresa de ellas.
- La terminación de este mandato se regirá por lo dispuesto al efecto en el artículo 2.163 del Código Civil.

Procedimientos Específicos según el Tipo de Pensión
Pensiones del Instituto de Previsión Social (IPS)
Si la persona jubilada no puede movilizarse o expresarse debido a hospitalización, postración u otra dificultad justificada, un trabajador o trabajadora social del IPS analizará el caso y los antecedentes presentados, para luego emitir un informe social que respalde la solicitud.
Rentas Vitalicias
En el caso de las Rentas Vitalicias, y específicamente para situaciones de interdictos, se requiere una resolución judicial para la designación de un tutor o curador que represente al pensionado.
Pensión Garantizada Universal (PGU)
Es importante destacar que si recibes la Pensión Garantizada Universal (PGU) y también una pensión pagada por tu AFP o compañía de seguros, la renovación de tu poder debe realizarse en esta última entidad. El Instituto de Previsión Social (IPS) se encarga únicamente de la autorización del poder en relación con la PGU.
Fondos Previsionales de Afiliados Fallecidos
Los herederos de un afiliado fallecido también pueden encomendar a un mandatario la tarea de retirar el cheque o documento correspondiente al pago de los fondos previsionales de aquel, los cuales constituyen parte de la herencia.
El paso a paso para pensionarse en Chile
Cómo y Dónde Realizar el Trámite
Existen diversas vías para solicitar la designación o renovación de un poder para el cobro de pensiones:
A través de ChileAtiende
- Videoatención: Puedes solicitar una videoatención en ChileAtiende. Durante la videollamada, tu apoderado o apoderada debe estar conectado, y es posible que ambos se encuentren en lugares distintos.
- Sucursal presencial: Dirígete a una sucursal ChileAtiende junto a tu apoderado o apoderada. Ambos deben presentar su cédula de identidad.
- Para renovación: La renovación puede hacerse en una sucursal ChileAtiende con tu cédula de identidad.
Este trámite se puede realizar en cualquier época del año, independientemente de la vigencia del poder.
Vigencia, Renovación y Revocación de un Poder
La vigencia del beneficio dependerá de cómo se haya realizado el trámite. En el caso de los poderes especiales, la autorización tendrá una vigencia de 2 años si se hizo presencialmente o ante notario. También existe la posibilidad de renovar (prorrogar) y anular (revocar) un poder previamente otorgado.
Consideraciones Adicionales
Aunque existen diferentes maneras de recibir tu pensión, y una vez elegida la modalidad, siempre tienes la posibilidad de cambiarla. Si tienes dudas respecto a este proceso, puedes llamar al call center 101 o al +56 4 4236 20 00 (si te encuentras en el extranjero).