Funcionamiento de la Jubilación en Hospitales Públicos y Otros Beneficios Sociales en Chile

Servicios de Bienestar en el Sector Público

Los Servicios de Bienestar del Sector Público se crean mediante sus propios estatutos o reglamentos, los cuales deben ajustarse a lo dispuesto en el Reglamento General contenido en el D.S.

Para otorgar cualquiera de los beneficios, estos deben estar incluidos en el reglamento del Servicio de Bienestar. La administración de estos servicios recae en el respectivo Consejo Administrativo.

Fuentes de Financiamiento de los Servicios de Bienestar

Los Servicios de Bienestar cuentan con dos fuentes principales de financiamiento:

  • Aporte institucional: Es la contribución que entrega la institución empleadora por cada trabajador afiliado, sujeta a las normas legales y estatutarias vigentes.
  • Aporte de los trabajadores: Aunque no se detalla explícitamente en el texto, se infiere que los trabajadores también contribuyen a estos servicios.

Pensiones por Incapacidad Permanente

Existen diferentes tipos de pensiones por incapacidad permanente, destinadas a trabajadores que sufren una afectación en su salud que les impide continuar con sus labores.

Pensión por Incapacidad Permanente Parcial

Se otorga cuando el trabajador queda con una incapacidad permanente, igual o superior al 40% e inferior al 70%. Esta pensión es igual al 35% de su sueldo base.

Pensión por Incapacidad Permanente Total

Se concede cuando un trabajador sufre una incapacidad permanente total, es decir, igual o superior a un 70% de su capacidad.

Diagrama que ilustra los criterios y porcentajes de incapacidad para la pensión parcial y total.

Requisitos y Documentación para Pensiones por Incapacidad

Para acceder a estas pensiones, se requiere una serie de documentos y certificaciones:

  1. Certificado de afiliación al IPS o AFP (sector público).
  2. Liquidación de sueldo de los 6 meses inmediatamente anteriores al accidente o al diagnóstico de la incapacidad permanente en caso de enfermedad profesional.
  3. Certificado Histórico de Cotizaciones del IPS o AFP.
  4. Declaración Jurada Simple Previsional.
  5. Declaración Jurada Beneficios Anteriores suscrita por Trabajador Social o Ejecutivo ACHS (en regiones).
  6. Certificado de afiliación ISAPRE o FONASA.

Los documentos pueden ser entregados de forma presencial en cualquiera de los centros ACHS o en el Hospital del Trabajador.

Es fundamental contar con el Informe de Evaluación de Incapacidad Permanente (REIP), que establece el grado de invalidez del trabajador.

Pensiones de Sobrevivencia

Estas pensiones se otorgan en caso de fallecimiento del trabajador, ya sea activo o pensionado, beneficiando a sus derechohabientes.

Derecho a Pensión de Orfandad

Si existiesen hijos causantes de pensión de orfandad, la pensión corresponderá al 30% de la pensión básica. Los hijos que tengan derecho a asignación familiar tendrán una pensión del mismo monto.

En caso de que los descendientes del afiliado fallecido carezcan de ambos padres, tendrán derecho a que su pensión se incremente en un 50%.

Documentación para Pensiones de Sobrevivencia

Para solicitar una pensión de sobrevivencia, se debe presentar la siguiente documentación:

  1. Formulario Solicitud de Pensión de sobrevivencia.
  2. Certificado de afiliación al IPS o AFP (sector público).
  3. Liquidación de sueldo de los 6 meses inmediatamente anteriores al accidente o al diagnóstico de la incapacidad permanente en caso de enfermedad profesional.
  4. Certificado Histórico de Cotizaciones del IPS o de la AFP respectiva del trabajador fallecido.
  5. Certificado de afiliación ISAPRE o FONASA del beneficiario.
  6. Declaración Jurada Simple Previsional.

Se debe tener en cuenta que no deberá entregarse la documentación que ya haya sido presentada por otro beneficiario.

La entrega de documentos puede realizarse de forma presencial en los centros ACHS o en el Hospital del Trabajador.

Infografía que muestra el proceso de solicitud de pensiones de sobrevivencia y los documentos requeridos.

Sistema de Salud Público en Chile (FONASA)

La Seguridad Social en Chile provee derechos a los trabajadores, tanto independientes como dependientes, activos o pasivos, ante contingencias sociales, incluyendo la salud, enfermedad y embarazo.

El Sistema de Salud Público es administrado por el Fondo Nacional de Salud (FONASA). Este fondo opera bajo un esquema solidario, financiado por aportes del Estado y las cotizaciones del 7% de la renta imponible de los trabajadores.

Tanto trabajadores activos como pensionados tienen la obligación de cotizar, salvo exenciones o rebajas aplicables. La modalidad institucional de FONASA requiere un copago que varía según el nivel de ingreso, eximiendo de este pago a quienes perciban ingresos inferiores a un mínimo establecido.

Subsidio Maternal y Permiso Pre y Post Natal Parental

La ley protege la maternidad, reconociendo diversos derechos a las mujeres embarazadas antes y después del nacimiento de su hijo/a.

Procedimientos Especiales de Postulación

El período de postulación al proceso del año 2026 se extenderá desde el 2 de enero hasta el 31 de marzo de 2026 en la respectiva institución empleadora.

Se establece un procedimiento especial de postulación para funcionarios con enfermedades terminales o con trastornos neurocognitivos mayores en fase terminal, o enfermedades graves debidamente certificadas.

La información sobre cómo postular será difundida por los Servicios y deberá realizarse en el servicio al que pertenezca el funcionario.

Pensión Básica Solidaria (PBS)

La Pensión Básica Solidaria es un beneficio destinado a quienes no han cotizado en una administradora de fondos de pensiones (AFP) ni tienen pensión en algún régimen previsional.

¿Quiénes tienen derecho a la PBS?

Tienen derecho a la PBS las personas de 65 años de edad o que hayan sido declaradas con invalidez por las Comisiones Médicas, que cumplan con los requisitos mencionados.

También pueden solicitarla pensionados por gracia, exonerados políticos, y beneficiarios de la Ley Rettig y Ley Valech, quienes, además de su pensión, perciban otra de alguno de los regímenes administrados por el IPS o AFP.

La PBS de vejez e invalidez se financia completamente con recursos fiscales.

Monto de la PBS

Las PBS se reajustan anualmente en el mes de julio, de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor (IPC).

¿Qué es la Pensión Básica Solidaria?

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