Cómo Solicitar y Cobrar tu Pensión: Requisitos y Proceso Esencial

Acceder a una pensión por vejez es un derecho fundamental para todas las personas. Este beneficio, consistente en un monto de dinero mensual, se entrega a quienes jubilan y su cuantía depende principalmente de los ahorros personales acumulados en la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP). El Sistema de Pensiones garantiza a los trabajadores los derechos asociados a la cotización, incluyendo la Pensión de Vejez, de Invalidez y de Sobrevivencia.

Requisitos Generales para la Pensión de Vejez

Si está próximo a cumplir la edad de jubilación (60 años para mujeres y 65 para hombres), debe tener en consideración el monto de dinero que tiene en la cuenta obligatoria de su AFP para calcular su pensión. La Pensión de Vejez es el derecho de los afiliados al Sistema a obtener una pensión una vez que hayan cumplido con la edad legal exigida. El monto de esta pensión será financiado con los recursos que cada trabajador haya alcanzado en su cuenta previsional a lo largo de su vida laboral.

Es importante saber que, aunque exista una edad legal, no es obligatorio pensionarse al cumplirla. También es posible hacerlo antes si se tienen fondos suficientes en la AFP o si se califica para pensionarse por trabajo pesado.

Proceso Detallado para Solicitar la Pensión

Comunicación con el Empleador y Revisión de Cotizaciones

Si trabaja con contrato, debe comunicarle al empleador la voluntad de iniciar la jubilación. Se recomienda verificar que el pago de sus cotizaciones y seguro de cesantía estén al día por parte del empleador. Esto permite que la AFP efectúe las gestiones necesarias para la cobranza y recaudación de los fondos que se deban. Es muy importante que las personas revisen con frecuencia que sus cotizaciones previsionales obligatorias se encuentren al día en sus cuentas de capitalización individual en la AFP.

Presentación de la Solicitud en la AFP

Para pensionarse, la afiliada o el afiliado debe presentar en su administradora de fondos de pensiones (AFP) su cédula nacional de identidad y realizar la solicitud de pensión. Junto con la solicitud, es indispensable realizar la Declaración de Beneficiarios. Para ello, debe adjuntar certificados de nacimiento de sus hijas e hijos y, si es el caso, el certificado de matrimonio o de Acuerdo de Unión Civil. También puede otorgar un poder notarial a otra persona para que realice este trámite en su nombre.

Un aspecto crucial es que las y los afiliados pueden realizar el trámite de pensión de manera directa y es absolutamente gratuito.

Esquema del proceso de solicitud de pensión en AFP

Rol de la AFP y el SCOMP en la Determinación de Ofertas

  1. Una vez que la AFP recibe la solicitud de obtener el Certificado de Saldo, esta debe calcular la totalidad de los fondos que tiene la persona. Luego de traspasar toda la información al documento, procede a enviarlo a la dirección postal del solicitante (generalmente el domicilio). La AFP deberá emitir el certificado de saldo dentro de los 10 días hábiles siguientes.
  2. Paralelamente, la AFP es la encargada de enviar esa información al Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión (SCOMP).
  3. Efectuado lo anterior, en un plazo máximo de 3 días hábiles las AFP y las compañías de seguros deben ingresar al SCOMP las propuestas de pensión que han diseñado para la persona que inició la consulta, de acuerdo a los fondos que tiene para financiar su jubilación.
  4. Con todos esos antecedentes, el SCOMP procede a emitir un Certificado de Ofertas que contiene las distintas alternativas de pensión que puede obtener la persona, según las modalidades vigentes. Este certificado será remitido al afiliado o afiliada que inició la consulta solo mediante carta certificada a su dirección postal.

Para recibir ofertas de montos y modalidades de otras AFP y aseguradoras, sus datos deben estar en el listado público del SCOMP. Posteriormente, podrá aceptar alguna de las ofertas para pensionarse o rechazarlas.

Modalidades de Pensión

En el sistema de AFP existen varias modalidades de pensión, cada una con su propia forma de financiamiento y administración. Las dos principales son el retiro programado en una AFP y la renta vitalicia en una compañía de seguros de vida. También hay otras dos alternativas que mezclan características de las dos modalidades antes mencionadas: la renta temporal con renta vitalicia diferida y la renta vitalicia inmediata con retiro programado.

Gráfico comparativo de modalidades de pensión (retiro programado vs. renta vitalicia)

Solicitud de Pensión en Línea o por Videollamada

Si decide pensionarse, puede preingresar su solicitud de Pensión en un formulario en línea o por videollamada con la ayuda de un ejecutivo. Se solicitará el RUT, fecha de nacimiento, número de contacto y datos bancarios. Si ingresa la solicitud en nombre del afiliado, debe indicarlo en el formulario; en algunos casos se necesitará más información y un ejecutivo se pondrá en contacto. Recibirá noticias sobre su solicitud en un plazo de 1 a 5 días hábiles, garantizando un proceso ágil y seguro.

Formas de Cobro de la Pensión

Usted elige cómo cobrar su pensión. Se sugiere recibirla en una cuenta bancaria a su nombre para mayor comodidad y seguridad. Si cobra su pensión en el Instituto de Previsión Social (IPS), puede solicitar un pago a su CuentaRUT del BancoEstado o acudir presencialmente a la Caja de Compensación Los Héroes o a una oficina ChileAtiende, algunas de las cuales tienen agendamiento online. Además, puede modificar su forma de pago si lo desea.

Tipos Específicos de Pensiones y Beneficios Adicionales

Pensión Garantizada Universal (PGU)

Las personas que no poseen fondos en ningún sistema de previsión podrán acceder a la Pensión Garantizada Universal (PGU), un beneficio que entrega el Estado. Para ello, se requiere tener 65 años o más, sin necesidad de estar pensionado, y pertenecer al 90% con menores ingresos del país. En caso de estar pensionado, la pensión debe ser menor a $789.139. Por otro lado, quienes tienen ingresos entre $789.139 y $1.252.602 tienen la posibilidad de acceder a una PGU de monto variable. Importante: la PGU se reajusta en febrero de cada año, según el IPC.

Pensión de Invalidez

Los trabajadores y trabajadoras pueden solicitar una jubilación por invalidez, incluyendo la llamada pensión de vejez anticipada por trabajo pesado, que es un beneficio mensual y de por vida. El monto de la pensión de invalidez será financiado con los recursos previsionales ahorrados por el propio trabajador, junto con el aporte del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS). Este trámite se puede realizar en línea, y la persona solicitante o su representante debe adjuntar la resolución o dictamen de invalidez emitido por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN). Para solicitarla, infórmese sobre los pasos a seguir en su respectiva AFP.

Pensión Anticipada para Enfermos Terminales

De forma exclusiva y preferencial, podrán optar a la pensión anticipada para enfermos terminales los afiliados, pensionados o beneficiarios de pensión de sobrevivencia que hayan activado las Garantías Explícitas en Salud (GES) para el Problema de Salud Nº 4, solo por cuidados paliativos en cáncer avanzado, y para un grupo de diagnósticos específicos por cuidados paliativos en cáncer avanzado. Este beneficio se puede solicitar a través del sitio web, call center y sucursales de la AFP a la cual la persona en condición de enfermo terminal está afiliada.

Pensión Básica Solidaria (Vejez e Invalidez)

Este beneficio consiste en un monto de dinero mensual financiado por el Estado para quienes no tienen derecho a pensión en algún régimen previsional. Para acceder, es indispensable estar registrado en el Registro Social de Hogares (RSH) y estar en el 80% más vulnerable, según el instrumento de focalización que el IPS aplica para el Sistema de Pensiones Solidarias. Si se encuentra dentro del 60% más pobre de la población, puede complementar su pensión con beneficios del Pilar Solidario.

Pensión por Accidente del Trabajo o Enfermedad Profesional

En el caso de aquellos trabajadores que, por motivos de accidentes del trabajo o enfermedad profesional, derivan en una incapacidad, ya sea temporal o permanente, el seguro contra Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales establece Prestaciones Económicas. Estas incluyen el pago de subsidios, indemnizaciones y pensiones. Estas prestaciones se establecen con el objeto de que el trabajador lesionado mantenga su ingreso económico a causa del accidente o enfermedad laboral, y su pago variará según el tipo de incapacidad que haya experimentado (Pérdida de Capacidad de Ganancia).

Derechos y Beneficios en Salud para Pensionados

Reducción o Eliminación del Pago del 7% de Salud

Uno de los beneficios importantes para pensionados es la eliminación o reducción, según sea el caso, del cobro de su cotización previsional de salud, correspondiente al 7% de la pensión que reciben. Esto alivia la carga económica en materia de salud.

Problemas de Salud Cubiertos por AUGE-GES

Además, el plan AUGE-GES considera problemas de salud que, pese a no ser específicos del adulto mayor, se presentan con mayor frecuencia en este grupo. Entre ellos se encuentran el Alzheimer y otras demencias, el tratamiento médico (para personas de 55 años y más) con artrosis de cadera y/o rodilla leve o moderada, cataratas, hipertensión arterial esencial y diabetes mellitus tipo 2.

Beneficio de la reducción de aportes a salud de los pensionados según la Ley de crecimiento econó

Cómo Aumentar el Monto de tu Pensión

El monto de tu pensión dependerá de varios factores, como tus ahorros, la edad en que decides pensionarte y si tienes beneficiarios. Para aumentar el monto, existen diversas opciones:

  • Aporte Previsional Solidario (Vejez o Invalidez): Es un complemento a la pensión dirigido a quienes hayan cotizado en algún sistema previsional de manera insuficiente (monto muy bajo) o que reciben una pensión de sobrevivencia.
  • Ahorro Previsional Voluntario (APV): Puedes realizar ahorros en una Cuenta de Ahorro Voluntario (también llamada Cuenta 2) o mediante Depósitos Convenidos. Estos instrumentos permiten incrementar los fondos para la jubilación.

Aclaraciones Importantes sobre la Pensión

Retiro Total de Fondos

De acuerdo con la ley, solo podrás retirar el dinero que ahorraste a través de pagos mensuales de Pensión cuando te jubiles. No es posible retirar la totalidad de los fondos de una sola vez, salvo en algunos casos muy específicos donde podrías acceder al Excedente de Libre Disposición.

Fondos tras el Fallecimiento del Pensionado

Una vez pensionado, recibirás tu Liquidación de Pensión cada mes, donde verás el saldo que va quedando en tu cuenta después de cada pago de Pensión. Si te pensionaste en una AFP, tus ahorros se pagarán a tus beneficiarios como Pensión de Sobrevivencia. Si no tienes beneficiarios, se entregarán en un solo pago a tus herederos y, en último caso si no los tienes, se pagarán al Estado, como último heredero de todos los chilenos, según indica la ley. La AFP nunca se quedará con tu plata.

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