Guía Completa sobre la Calificación y Rechazo de la Pensión de Invalidez

La solicitud de una pensión de invalidez representa un trámite crucial para muchos trabajadores y ciudadanos que, debido a condiciones de salud, se ven impedidos de continuar con su vida laboral. Sin embargo, el camino hacia la obtención de este beneficio no siempre es sencillo y, con frecuencia, los solicitantes se encuentran con procesos complejos y, en ocasiones, dictámenes de rechazo. Esta guía detallada aborda el sistema de calificación de invalidez, los procedimientos involucrados y las recurrentes problemáticas asociadas a los rechazos, ofreciendo una perspectiva integral basada en la normativa y las experiencias de los afectados.

Es importante destacar que el trámite de solicitud de pensión de invalidez es gratuito, tanto en las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) como en el Instituto de Previsión Social (IPS) y en las Comisiones Médicas de la Superintendencia de Pensiones. El único costo asociado podría ser el financiamiento de exámenes requeridos por la Comisión, siempre que al solicitante le corresponda un porcentaje de copago. Cualquier duda relacionada con el beneficio de pensión de invalidez debe ser aclarada en la AFP o el IPS correspondiente, sin costo alguno.

El Proceso de Calificación de Invalidez

Las normas que rigen la tramitación de las solicitudes de calificación de invalidez aplican a trabajadores afiliados a las AFP y a personas que postulan a una pensión básica solidaria de invalidez, conforme a lo establecido por la Ley N° 20.255.

Solicitud y Requisitos Iniciales

Los antecedentes necesarios para la calificación de invalidez deben ser enviados a la Comisión Médica Regional por la AFP o el IPS, de forma electrónica vía Web Service. Para ello, se verificará que se trate de trabajadores afiliados menores de sesenta y cinco años de edad a la fecha de presentación de la solicitud de pensión en la Administradora. Además, si los datos previsionales de los sistemas de información lo permiten, se constatará que los solicitantes no sean ya pensionados en el sistema de capitalización individual o que no tengan en trámite otra solicitud de calificación de invalidez en alguna Comisión Médica Regional.

Cuando la Comisión Médica recibe una solicitud de calificación de invalidez suscrita por mandatario, se entenderá, por el solo hecho de haberse tramitado por la Administradora o el IPS, que el mandato cumple las condiciones y ha sido aprobado por la entidad previsional. En caso de que una solicitud fuese tramitada en una CAPRI, la AFP debe enviar a la Comisión Médica tanto los datos por Web Service como la solicitud original para acreditar la fecha de recepción.

Esquema de flujo de solicitud de pensión de invalidez

Gestión del Expediente Electrónico

El expediente de calificación de invalidez es electrónico y está contenido en el sistema de información de las Comisiones Médicas. Este debe contener todos los archivos digitalizables y un inventario de la documentación anexa no digitalizable, que debe ser resguardada materialmente, incluyendo expedientes anteriores. Una vez admitida a trámite una solicitud, cada movimiento interno debe ser registrado, y la información de las solicitudes debe estar permanentemente actualizada según el estado de trámite.

La Comisión anotará en el sistema de información las irregularidades que impidan o dificulten la adecuada evaluación de invalidez, ya sea por falta de información, inconsistencias o por el atraso en la recepción. Si se detecta un expediente anterior no enviado, se solicitará por escrito en un día hábil y la entidad previsional deberá remitirlo en un plazo no superior a dos días hábiles. Si no se recibe, la Comisión cursará una irregularidad por "Información Incompleta o Inexistente" y podrá iniciar el proceso de calificación o revaluación sin el expediente anterior, intentando reconfigurarlo con los antecedentes disponibles.

Excepcionalmente, la Comisión Médica podrá omitir la devolución de la solicitud, acogiéndola a trámite si cuenta con antecedentes que indican que el estado de salud del solicitante lo amerita. Para beneficiarios, si un solicitante ya tiene una declaración de invalidez (incluso transitoria) como trabajador afiliado, el primer dictamen es suficiente para acreditar su calidad de inválido para pensión de sobrevivencia, haciendo inoficiosa una nueva evaluación.

Rol de las Comisiones Médicas Regionales

Las Comisiones Médicas Regionales deben disponer de un sistema de información interconectado con la Comisión Médica Central (SAGCOM), que apoye la gestión del Sistema de Calificación de Invalidez. Este sistema permite registrar cada solicitud, administrar expedientes electrónicos, conocer el estado del trámite y facilitar el cumplimiento de obligaciones normativas. Asimismo, permite el acceso directo de la Superintendencia de Pensiones a la información de los procesos individuales.

Las oficinas de las Comisiones Médicas deben cumplir con ciertas disposiciones, como contar con ascensor amplio o estar en un primer piso sin escalinatas de acceso en caso de edificios de departamentos. También deben tener sistemas de comunicación expeditos con conexión independiente de teléfonos, correo electrónico y acceso a Internet.

Evaluación Médica y Citaciones

En un plazo de cinco días hábiles desde la aceptación de la solicitud, el funcionario administrativo de la Comisión Médica citará al interesado para una entrevista preliminar y/o examen con el médico asignado, o para retirar/enviarle una orden de examen o interconsulta. La fecha de comparecencia se fijará dentro de los diez días hábiles siguientes a la asignación de la solicitud.

El médico asignado que realice la entrevista y examen físico deberá constatar la identidad del solicitante con su cédula de identidad o pasaporte, previamente verificada por el personal administrativo.

Foto de una persona en consulta médica

Visitas Domiciliarias y Exámenes Especializados:

  • Si el solicitante no puede concurrir personalmente (por motivos acreditados), se encargará el caso a un médico interconsultor domiciliario, quien deberá visitar al solicitante en su domicilio, centro hospitalario o penitenciario dentro de los 5 días hábiles siguientes a la orden.
  • El profesional deberá constatar la identidad del solicitante, examinarlo y dejar constancia de las razones que impiden la comparecencia, obteniendo su firma o huella digital.
  • Con el fin de optimizar y agilizar trámites de solicitantes con patologías de riesgo vital, el personal administrativo con cualificación profesional podrá identificar impedimentos invocados por los solicitantes.
  • Para la anamnesis, el médico asignado recabará toda la información sobre las enfermedades, su evolución y tratamientos.
  • Los exámenes, evaluaciones, informes y peritajes se obtendrán solo a través de profesionales e instituciones inscritos en el Registro Nacional de Interconsultores.
  • Si un examen solicitado conlleva riesgos para la salud o tiene un alto costo no contemplado en las Normas de Evaluación o arancel FONASA, el Presidente de la Comisión podrá autorizarlo solo si lo estima imprescindible y su resultado puede definir una clase de invalidez distinta.

Sesiones de la Comisión Médica y Dictamen

Desde el día siguiente a la comparecencia del solicitante, se inicia un plazo de sesenta días para que la Comisión emita el dictamen de invalidez. Si el interesado no concurre a la primera citación, se le enviará una nueva en un día hábil, fijando una nueva fecha; las dos citaciones deben estar separadas por un máximo de diez días hábiles.

El Presidente de la Comisión deberá revisar y visar el expediente, decidiendo si se incluye en la tabla de la próxima sesión o si se requieren exámenes adicionales. La sesión se constituye con la asistencia de al menos dos médicos. Podrán asistir también el médico observador de las Compañías de Seguros, el médico asesor del afiliado y el médico tratante. Las sesiones ordinarias se celebran, al menos, una vez a la semana, pudiendo ser presenciales, remotas o mixtas. Con al menos 24 horas de anticipación, los miembros deben disponer de la tabla de la sesión.

Al término de cada exposición del caso a estudiar, el médico asignado debe hacer una relación del expediente.

Dictámenes de Rechazo: Aspectos Críticos y Administrativos

El proceso de calificación de invalidez puede culminar en diferentes tipos de dictámenes, incluyendo el rechazo de la solicitud. Comprender las razones y las implicaciones de estos dictámenes es fundamental para los solicitantes.

Dictamen de Cierre Administrativo por No Comparecencia

En caso de no comparecencia del solicitante tras las citaciones, la Comisión Médica emitirá un dictamen de cierre administrativo en un plazo no menor a 30 días desde la recepción de la solicitud de calificación de invalidez, fundado en la ausencia del solicitante. Este dictamen no es reclamable y este procedimiento no se aplica a solicitudes de revaluación del grado de invalidez.

Irregularidades y su Impacto

La Comisión anota en el sistema de información las irregularidades que impidan o dificulten la adecuada evaluación de invalidez, ya sea por falta de información, inconsistencias o por el atraso en la recepción de la misma. Estas irregularidades pueden ser un factor determinante en el retraso o rechazo del proceso.

¿Qué es el sistema de pensiones?

Percepción de Injusticia y Colusión

Numerosos testimonios reflejan una profunda frustración y desesperanza ante el sistema de calificación de invalidez. Muchos solicitantes sienten que las Comisiones Médicas, en lugar de actuar con objetividad, priorizan los intereses de las AFP y las Aseguradoras, resultando en un alto índice de rechazos o porcentajes de invalidez considerados insuficientes (inferior al 50% requerido para la pensión).

  • "Cuánto tiempo más tendremos que esperar los chilenos que necesitamos de una pensión de invalidez por no poder trabajar a causa de una o más enfermades crónicas invalidantes para que las autoridades políticas de este país, se hagan cargo del problema de la falta de una evaluación técnica objetiva por parte de las Comisiones Médicas que existen a lo largo del país, ya que al parecer sólo cuidan los intereses de las AFP y Aseguradoras del sistema."
  • "Los trabajadores afiliados a una AFP DFL 3500, al solicitar una pensión por invalidez, deberíamos ser evaluados por un equipo médico perteneciente al área pública de la salud, como es la COMPIN u otro que se creara para estos efectos."
  • Se citan casos de rechazo con porcentajes bajos como el 25% o 30% de invalidez, a pesar de enfermedades incapacitantes como el Síndrome de Meniere que impide realizar un trabajo de logística.
  • Un doctor relata cómo pacientes con la amputación de una pierna y parte de otra son rechazados por la Comisión Médica con el argumento de que "tienen sus manos para trabajar", lo que genera indignación y tildan de "chiste".
  • Hay acusaciones directas de "puro negocio entre las AFP y la comisión médica" y cuestionamientos sobre cuánto "pagan las AFP por rechazar", calificando a estos médicos de "vendidos" o "lacras para el sistema de salud" por su falta de empatía.
  • "Es triste y lamentable como las autoridades de este país permiten que a su gente trabajadores enfermos, empresas como las AFP y las Aseguradoras vulneren nuestros derechos."
  • La experiencia de rechazo se extiende a licencias médicas por enfermedades crónicas (insuficiencia cardíaca, hipertensión) incluso con informes de médicos tratantes, con la percepción de que "los médicos contralores" ni siquiera leen los informes, y que existe una posible "corrupción entre las ISAPRES, LAS ASEGURADORAS, LAS AFP Y LOS MEDICOS".
  • Se expresa la desesperanza ante la falta de cambios a lo largo de los años, con relatos que datan de 2008 mostrando que "nada ha cambiado" y que las comisiones médicas "continúan dándose el lujo de rechazar calificaciones de invalidez".
  • Pacientes con enfermedades crónicas y severas, como hepatitis autoinmune (HAI) y artritis seronegativa, que han sido desatendidos por sus Isapres, se sienten abandonados por el sistema al ser rechazadas sus solicitudes de invalidez.
  • "La intención de comisión médica desde un principio es cumplir con el vergonzoso protocolo mediocre manteniéndonos en ascuas durante meses esperando que dictaminen mientras la gente pasa necesidades, para finalmente recibir un NO, como respuesta."
  • Un solicitante con Trastorno Afectivo Bipolar (TAB) y Trastorno de Ansiedad Generalizada (TAG), con un intento de suicidio reciente y depresión mayor, reporta que, a pesar de presentar amplia documentación (psicólogos, psiquiatras, terapias), esta no fue solicitada y tuvo que ser entregada "a la fuerza", culminando en un rechazo.
  • Se señala que el sistema es un "negocio" que explota al trabajador y se critica la pasividad de la sociedad chilena para exigir cambios reales.

El Proceso de Apelación

Si bien existe la posibilidad de apelar un dictamen de rechazo, varios afectados manifiestan escepticismo, considerándolo "tiempo perdido" y un "desgaste emocional" debido a la percepción de que el sistema no cambia. Hay un llamado a la acción colectiva ante los tribunales internacionales, sugiriendo que "los tribunales chilenos incluida la corte suprema defenderán los intereses de las AFP y de las aseguradoras".

Experiencias de Solicitantes

Las vivencias de quienes atraviesan el proceso de calificación de invalidez son diversas y a menudo emotivas, reflejando tanto la superación personal como la dureza del sistema.

Un solicitante compartió su profunda experiencia tras nueve meses de hospitalización, incluyendo cinco meses en coma y múltiples operaciones debido a COVID-19 y trombosis. A pesar de haber sido desahuciado por los médicos con un 95% de probabilidad de muerte, logró recuperarse milagrosamente, siendo apodado "Highlander" por su resiliencia. Después de ser dado de alta en estado de invalidez total, con una pérdida significativa de peso y masa muscular, y un largo proceso de rehabilitación en casa, obtuvo una pensión transitoria. Cinco meses antes de cumplir los tres años, fue citado por la Comisión Médica, donde la doctora le otorgó la invalidez total. Destacó la importancia de la fe, la organización meticulosa de exámenes e informes médicos particulares, y el hecho de que el trámite puede realizarse de forma gratuita sin necesidad de asesores que cobran comisiones. Aconseja a futuros solicitantes tener menos de 65 años, contar con el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) y padecer una enfermedad grave o sin solución.

Otro caso menciona la obtención de una pensión definitiva total, pero con la incertidumbre de tener que esperar una fecha futura (02/01/2024) por si la AFP o la Aseguradora apelan el dictamen de la comisión, generando ansiedad. Una madre relata la frustración del rechazo de pensión para su hija de 18 años con Autismo y otras discapacidades, a pesar de sus evidentes limitaciones para la interacción social y la vida diaria, ya que la Comisión Médica dictaminó que "no tiene problemas", vulnerando sus derechos.

Recomendaciones y Llamado a la Acción

Frente a las complejidades y desafíos del sistema de calificación de invalidez, es crucial que los solicitantes se preparen y actúen de manera informada. Se aconseja:

  • Documentación exhaustiva: Mantener un registro ordenado de todos los exámenes, informes médicos, terapias y certificados. No dar por sentado que la Comisión solicitará toda la información; a menudo es necesario presentarla activamente.
  • Conocimiento de requisitos: Asegurarse de cumplir con la edad (menos de 65 años) y de estar cubierto por el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS).
  • Persistencia y fe: Las experiencias demuestran que, a pesar de las adversidades, la fe y la perseverancia son fundamentales.
  • Asesoría gratuita: Recordar que gran parte de los trámites pueden ser realizados de forma gratuita. La información está disponible y no siempre es necesario pagar por asesorías que restan de los propios ahorros.
  • Considerar la acción colectiva: Dada la recurrencia de las quejas y la percepción de un sistema sesgado, algunos sugieren la posibilidad de unir firmas de personas rechazadas para presentar una demanda colectiva ante tribunales internacionales, argumentando que los tribunales nacionales podrían defender los intereses de las aseguradoras.

La situación de las pensiones de invalidez es un tema de gran preocupación social, donde la dignidad y la calidad de vida de los trabajadores y sus familias están en juego. La necesidad de una evaluación objetiva y un sistema más humano y justo es una demanda constante.

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