Marco Legal y Definición de Discapacidad en Ecuador
En Ecuador, los grados de discapacidad están regulados por el Reglamento de la Ley Orgánica de Discapacidades. Estos grados funcionan como una escala para medir la capacidad de una persona para valerse por sí misma en diversos ámbitos, representando impedimentos que limitan aspectos como la movilidad o el uso de funciones sensoriales básicas.
Definición Legal de Persona con Discapacidad
De acuerdo con el Artículo 1 del Reglamento a la Ley Orgánica de Discapacidades, se entenderá por persona con discapacidad a aquella que, como consecuencia de una o más deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales, con independencia de la causa que la hubiera originado, ve restringida permanentemente su capacidad biológica, psicológica y asociativa para ejercer una o más actividades esenciales de la vida diaria. Esta restricción debe ser en una proporción equivalente al treinta por ciento (30%) de discapacidad, debidamente calificada por la autoridad sanitaria nacional.
Estas discapacidades, clasificadas como mentales, físicas, intelectuales o sensoriales, representan una dificultad para que el individuo pueda desarrollarse biológica, asociativa y psicológicamente en la sociedad, y restringen la realización efectiva de sus actividades diarias.
Beneficios Asociados a la Discapacidad
El Artículo 21 del Reglamento a la Ley Orgánica de Discapacidades establece beneficios para las personas que padecen cualquiera de estos grados de discapacidad. Los ciudadanos que posean una discapacidad igual o mayor al 30% pueden obtener beneficios tributarios, aplicados mediante reducciones en el Impuesto a la Renta y el Impuesto al Valor Agregado, y se determinan de la siguiente forma:
- Personas con 30 % al 49 % de discapacidad gozan de un 60 % del beneficio.
- Personas con 50 % al 74 % de discapacidad gozan de un 70 % del beneficio.
- Personas con 75 % al 84 % de discapacidad gozan de un 80 % del beneficio.
- Personas con 85 % al 100 % de discapacidad gozan de un 100 % del beneficio.

Calificación de la Discapacidad: Procedimiento y Tipos
El Ministerio de Salud Pública (MSP) expidió el Manual “Calificación de la Discapacidad” mediante el Acuerdo No. 0305-2018, publicado el lunes 7 de enero de 2019 en la Edición Especial del Registro Oficial 702. Este Manual debe ser aplicado de forma obligatoria por todos los establecimientos de la Red Pública Integral de Salud que cuenten con Equipos Calificadores Especializados de discapacidad. Su objetivo es establecer los procedimientos específicos y unificados para calificar, recalificar y acreditar la discapacidad de las personas que tengan algún tipo de deficiencia permanente o condición discapacitante que limite sus actividades de la vida diaria.
La Calificación de la discapacidad es un proceso de evaluación técnica que abarca aspectos médicos, psicológicos y/o sociales realizados a las personas con discapacidad.
Tipos de Discapacidad Reconocidos
De conformidad con la Autoridad Sanitaria Nacional, existen los siguientes tipos de discapacidad:
- Discapacidad auditiva
- Discapacidad visual
- Discapacidad de lenguaje
- Discapacidad física
- Discapacidad intelectual
- Discapacidad psicosocial
- Discapacidad múltiple, que es la presencia de dos o más discapacidades.

La calificación de estos tipos de discapacidad se deberá iniciar a los doce meses posteriores al tratamiento, salvo los casos de discapacidad evidente o cuando un médico especialista certifique que la discapacidad es permanente. La certificación no es aplicable para discapacidades eventuales o temporales.
Componentes Evaluados para la Calificación
Para la certificación, el Manual, acogiéndose a la Clasificación Internacional de Funcionamiento de la Discapacidad y de la Salud (CIF), establece los siguientes tres componentes a ser evaluados para determinar la discapacidad de una persona y su gravedad:
- Funciones y estructuras corporales: Atiende principalmente a las condiciones fisiológicas y anatómicas de la persona.
- Actividades y participación: Se enfoca en estudiar la capacidad de realizar tareas y acciones de la persona. Algunos de los aspectos que se observan son la capacidad de aprendizaje, comunicación, movilidad, autocuidado y la habilidad para relacionarse socialmente.
- Factores contextuales: Atiende a los factores ambientales y personales que no forman parte de la condición de la persona. Algunos de estos factores son el entorno natural, la actitud de quienes rodean a la persona (sean extraños, allegados o del mismo núcleo familiar), y el impacto de las políticas públicas sobre la persona discapacitada.
Grados de Discapacidad y su Impacto
Una vez realizado el estudio técnico biopsicosocial, la gravedad de la discapacidad se encasilla en una de las siguientes escalas, dependiendo de la situación de la persona:
- Ninguna discapacidad: Persona con deficiencia permanente que ha sido tratada de forma adecuada y no presenta mayores problemas para realizar sus actividades de la vida diaria. Porcentaje de discapacidad del 0 al 4 %.
- Discapacidad leve: La persona presenta algunas dificultades para realizar actividades de la vida diaria, pero es muy independiente. Porcentaje del 5 al 24 % de discapacidad.
- Discapacidad moderada: Dificultad importante al realizar algunas actividades de la vida diaria, pero es independiente en las actividades de autocuidado. Porcentaje del 25 al 49 %.
- Discapacidad grave: Dificultad importante o imposibilidad para realizar la mayoría de las actividades de la vida diaria. La persona requiere de cierta ayuda para las actividades de autocuidado. Porcentaje del 50 % al 74 % de discapacidad.
- Discapacidad muy grave: Síntomas que afectan gravemente la realización de sus actividades diarias. La persona no supera la barrera del entorno y requiere del apoyo y cuidado de un tercero; la discapacidad afecta gravemente las actividades diarias de la persona. Porcentaje del 75 % al 95 % de discapacidad.
- Discapacidad completa: Deficiencia que afecta a la persona en su totalidad y necesita del apoyo de un tercero para poder subsistir. Porcentaje de discapacidad del 96 % al 100 %.

El Carnet de Discapacidad en Ecuador: Emisión y Validez
Anteriormente, la emisión del carnet de discapacidad era responsabilidad del Consejo Nacional para la Igualdad de Discapacidades (CONADIS), conocido como “carnet del CONADIS”. Sin embargo, en los últimos años, esta función pasó a ser del Ministerio de Salud Pública (MSP). Por ello, actualmente existen dos tipos de carnets de discapacidad: el del CONADIS y el del MSP.
Vigencia de los Carnets de Discapacidad
Es importante aclarar que el carnet de discapacidad del MSP será válido hasta junio de 2023, mientras que el carnet del CONADIS perdió su validez el 30 de junio de 2021.
Proceso para Obtener o Recalificar el Carnet de Discapacidad
Requisitos Documentales
Para la solicitud de calificación o recalificación de la discapacidad, se requieren los siguientes documentos:
- Solicitud de calificación/recalificación de la discapacidad.
- Cédula de ciudadanía (física o digital) para ecuatorianos residentes o no residentes en el Ecuador.
- Cédula de identidad ecuatoriana (física o digital) o pasaporte vigente para personas extranjeras que residen en el Ecuador.
- Informe para calificación/recalificación de la discapacidad médico y/o psicológico emitido por profesionales de la salud habilitados por la Agencia de Aseguramiento de la Calidad de los Servicios de Salud y Medicina Prepagada (ACESS), que laboran en establecimientos de la Red Pública Integral de Salud (RPIS) y de la Red Privada Complementaria (RPC) con permiso de funcionamiento vigente o en trámite de renovación. No podrán emitir estos informes profesionales de la salud de un consultorio general o de especialidad.
- Exámenes complementarios actualizados, en caso de ser necesarios de acuerdo con los requerimientos del instrumento de calificación de la discapacidad vigente, los cuales tendrán validez de un año a partir de la fecha de emisión.
Pasos para Realizar el Trámite
El trámite de calificación o recalificación de la discapacidad se realiza de forma presencial siguiendo estos pasos:
- Una vez realizada la valoración clínica, acudir al establecimiento de salud con los requisitos pertinentes en la hora y fecha señalada por el profesional de la salud que realizó la valoración; en caso de necesitar mayor información, acercarse a la ventanilla de admisiones.
- Acudir al consultorio para la evaluación médica.
- Acudir al consultorio para la evaluación psicológica.
- Acudir al consultorio para la evaluación de trabajo social.
- El trámite se brinda en los establecimientos de salud del primer nivel de atención (Tipo A, Tipo B, Tipo C) del Ministerio de Salud Pública que cuentan con equipos calificadores certificados, en el horario de 08h00 a 16h30.
Lugares de Atención y Modalidades Especiales
El trámite se brinda en los establecimientos de salud del primer nivel de atención (Tipo A, Tipo B, Tipo C) del Ministerio de Salud Pública que cuentan con equipos calificadores certificados. En caso de contar con discapacidad auditiva, se puede agendar una cita para la calificación o recalificación de discapacidades a través de videollamada en el horario de 08h00 a 14h00, donde un experto en lenguaje de señas atenderá y ayudará con el agendamiento.
¿Dónde se puede realizar la calificación o recalificación de discapacidad en Ecuador?
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