La Fundación Mutualidad, liderada por Blanca Narváez, Directora General, se enfoca en el desarrollo de un ecosistema colaborativo y solidario para generar un impacto social positivo, con especial atención a los colectivos más vulnerables. Su labor se sustenta en cuatro pilares interrelacionados: la cultura del ahorro, el talento jurídico, la economía del envejecimiento y el compromiso social, abordando integralmente las necesidades de sus beneficiarios.
El propósito de la Fundación Mutualidad, centro de su Plan Estratégico, es construir un ecosistema colaborativo y solidario para mutualistas y personas e instituciones vinculadas, buscando un impacto positivo en la sociedad, especialmente en los sectores más vulnerables. El Plan Estratégico 2024-2027 de Fundación Mutualidad establece 10 ejes, cinco orientados al impacto social y cinco a la mejora de la eficiencia interna. Estos objetivos refuerzan la labor iniciada tras la reorientación estratégica de 2019, centrada en:
- Impulsar las capacidades y el talento de la abogacía en todas sus etapas.
- Erradicar el edadismo y proteger a las personas mayores.
- Promover la cultura del ahorro como pilar básico para la protección y el progreso social.
- Ampliar el impacto hacia otros colectivos y la sociedad en general.
Estos objetivos van acompañados de una reflexión sobre el crecimiento de la base social y la interacción con la misma, fomentando la comunicación y la participación. Internamente, la Fundación se prepara mejorando sus procesos y apalancándose en la tecnología.

Cultura del Ahorro y Educación Financiera para el Empoderamiento
El Plan Estratégico reafirma la promoción de la cultura del ahorro y la educación financiera como palanca para el empoderamiento y la defensa de los derechos ciudadanos. Más allá del conocimiento de conceptos económicos, el objetivo es que las personas desarrollen estrategias, conocimientos y competencias para planificar, gestionar e invertir sus recursos de manera coherente con sus objetivos vitales. En el contexto de incertidumbres económicas, la cultura del ahorro fortalece la resiliencia de los colectivos vulnerables, facilitando su inclusión financiera y el ejercicio pleno de sus derechos.
Proyectos como el Laboratorio de Ahorro y Consumo Responsable contribuyen al empoderamiento financiero mediante decisiones de consumo conscientes y responsables, con modalidades para niños, adolescentes y personas con discapacidad. El programa Finanzas con Impacto ofrece herramientas prácticas de planificación económica personal, especialmente a jóvenes profesionales, acompañándolos en la definición de estrategias financieras alineadas con sus objetivos vitales.
El Observatorio del Ahorro, por su parte, es una línea de investigación dedicada a comprender los hábitos de ahorro y planificación financiera de personas y familias.
Talento Senior y la Protección de las Personas Mayores
En lo que respecta al talento senior, el acompañamiento en la carrera profesional y la jubilación exige prioridades de acción distintas pero complementarias. El libro "El envejecimiento como riesgo empresarial", publicado en colaboración con WTW, busca desarrollar herramientas de gestión del riesgo asociado a las personas en el entorno laboral, proporcionando instrumentos de diagnóstico para que las organizaciones tomen medidas proactivas. Esta colaboración ha generado una red de organizaciones líderes en la protección del talento senior, que no solo respalda a las empresas frente a riesgos, sino que también visibiliza la oportunidad de mantener y potenciar el talento de mayor edad.
En cuanto a la jubilación, se entiende como un proceso de toma de conciencia y preparación, con espacio para el aprendizaje continuo. Una de las actividades destacadas de la Fundación es el curso ‘Derechos de las Personas Mayores’, dirigido a profesionales del Derecho.
El Curso ‘Derechos de las Personas Mayores’ y la Lucha contra el Edadismo
El curso ‘Derechos de las Personas Mayores’ surgió como resultado del primer tratado de Derecho y Envejecimiento, una obra pionera en España que analiza los vacíos normativos ante la ausencia de un derecho específico de la vejez. A través de sus contenidos, los participantes profundizan en la legislación existente y su aplicación en materias como relaciones familiares y sucesorias, vida laboral, capacidad y gestión patrimonial, prestaciones sanitarias y dependencia, consumo y tendencias senior living.
Es crucial abordar el edadismo en el ámbito jurídico, ya que vulnera principios básicos de los derechos humanos y constitucionales. Erradicar el edadismo es esencial para garantizar la igualdad de oportunidades en el acceso a la justicia para las personas mayores. Ejemplos de prácticas edadistas incluyen el lenguaje infantilizante, el uso de diminutivos y el trato condescendiente.

El curso también aborda retos como la brecha digital, que se convierte en un factor de exclusión jurídica, dificultando o impidiendo el ejercicio efectivo de derechos, dado que cada vez más procedimientos se gestionan electrónicamente y la información se ofrece principalmente en portales digitales.
Una reclamación clave es la figura del "experto facilitador", cuya extensión a personas mayores en situaciones de vulnerabilidad se está planteando progresivamente. La presencia de este experto garantizará el respeto de los derechos de las personas mayores y su nivel de autonomía.
Segundo Tratado del Derecho del Envejecimiento y la Intergeneracionalidad
La Fundación Mutualidad está trabajando en un segundo Tratado del Derecho del Envejecimiento, que abordará temas de actualidad como las personas mayores ante conflictos bélicos, el derecho a no jubilarse si las capacidades lo permiten, y la regulación vial adaptada a un grupo etario con mayor salud gracias a los avances científicos.
En un momento histórico donde coexisten hasta tres generaciones, la intergeneracionalidad se presenta como la respuesta social, cultural y educativa que promueve la interacción, cooperación y aprendizaje mutuo. La Fundación tiene en marcha dos proyectos en este ámbito y aspira a seguir creciendo e impactando en toda la sociedad.
Autonomía y Capacidad en el Marco Jurídico Argentino
En el mundo jurídico, la autonomía se comprende como el espacio individual donde cada persona ejerce poder sobre su vida y patrimonio, establece reglas y planes que le permiten proyectarse y desarrollarse en igualdad de condiciones. Jurídicamente, se articula con la capacidad y la voluntad de una persona. La capacidad es un atributo de la personalidad que el derecho reconoce junto al nombre, domicilio y estado.
Desde la perspectiva de la cultura occidental, la autonomía ha sido una problemática central, expresando debates sobre el ser humano, la libertad, la igualdad, la fraternidad, los derechos y deberes fundamentales, y ocupando un lugar destacado en las teorías contractualistas. Estos debates alcanzaron su punto culminante en la teoría kantiana de la autonomía como principio básico del sistema jurídico.
El modelo posmoderno de autonomía personal en el derecho privado argentino quedó plasmado en el Código Civil y Comercial (CCCA), asumiendo explícitamente los derechos humanos. El artículo 1 del CCCA establece que los casos deben resolverse conforme a la Constitución Nacional y los tratados de derechos humanos, teniendo en cuenta la finalidad de la norma.
Este trabajo aborda las teorías jurídicas sobre la autonomía personal a través del análisis de fallos significativos para el derecho privado argentino, con una perspectiva particular: la problemática jurídica de la vejez, un fenómeno inédito, creciente, ambiguo y complejo. Se estudiará el régimen jurídico de la capacidad y la voluntad, junto al de la curatela y los sistemas de apoyo, asistencia y salvaguarda aplicables a situaciones de dependencia en personas mayores.
Se considerarán fuentes normativas como el CCCA, la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad (n.° 26378), la Ley de los Derechos de los Pacientes (n.° 26529) y la Ley de Salud Mental (n.° 26657). Además, se abordarán los estándares de la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores (CIDHPM), con jerarquía superior a la ley en Argentina.

Cambios Demográficos y el Derecho de la Vejez
El siglo XX legó la posibilidad de extender la duración de la vida, evidenciado por los altos índices de esperanza de vida. El envejecimiento poblacional es hoy un fenómeno global y multigeneracional, caracterizado por un aumento sostenido de la expectativa de vida y la feminización de la vejez. La vejez supone modificaciones físicas, psíquicas y ocupacionales que pueden generar una crisis de identidad, denominada "gerontolescencia".
Incluso en una vejez "no patológica", no siempre es posible ejercer plenamente las potencialidades, el acceso a condiciones que aseguren equilibrio bio-psico-social, o disfrutar de autonomía personal en igualdad de condiciones. Ante este escenario, surge una nueva especialidad transversal: el derecho de la vejez, destinada al estudio de la condición jurídica de las personas mayores (60 años en adelante). Su objeto es identificar y comprender la situación jurídica de las personas mayores en el derecho interno, regional e internacional, fundamentada en los derechos humanos y con la CIDHPM como fuente normativa clave.
El derecho de la vejez tiene otros precedentes relevantes de las Naciones Unidas, como el Primer Plan de Acción de Viena (1982), el Segundo Plan de Acción de Madrid (2002), los Cinco Principios a favor de las personas de edad (1991) y la elaboración de la convención internacional en esta materia.
La autonomía y la atención de personas mayores en situación de dependencia atraviesan todos los ejes del derecho de la vejez: condición jurídica, derechos humanos de autonomía, participación, cuidados y acceso a la justicia. La CIDHPM reconoce el derecho de la persona mayor a tomar decisiones, definir su plan de vida, y a desarrollar una vida autónoma e independiente.
Capacidad y Voluntad como Elementos Constitutivos de la Autonomía en Argentina
En el derecho argentino, la capacidad y la voluntad son elementos constitutivos de la autonomía y de la posición que cada persona puede adoptar en el sistema jurídico, permitiendo desplegar la vida y producir actos jurídicos.
Capacidad: Definición y Evolución en el Derecho Argentino
La capacidad es un atributo de la personalidad complejo, analizable en términos fácticos, normológicos y valorativos. Fácticamente, es la competencia real de comprensión, decisión y acción que el derecho reconoce a todas las personas por igual. Normativamente, es la aptitud de toda persona para adquirir derechos y contraer obligaciones (art. 22 CCCA).
El derecho privado argentino reconoce dos tipos de capacidad:
- Capacidad de derecho: la facultad de ser titular de derechos y obligaciones.
- Capacidad de ejercicio: la aptitud para ejercer derechos y contraer obligaciones por sí mismo.
La capacidad plena se adquiere progresivamente hasta los 18 años y no se pierde por el simple transcurso del tiempo. Solo causas graves o situaciones de riesgo pueden dar lugar a restricciones a la capacidad, dictaminadas por jueces.
El régimen jurídico de la capacidad en Argentina ha evolucionado significativamente, con cinco hitos importantes:
- Sanción del Código Civil en 1869 (Ley 340), estableciendo el régimen general de capacidad e incapacitación.
- Aprobación de la Ley 26.579 en 2009, vigente desde 2010.
- Sanción de la Ley 26.378 en 2008, aprobando la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD).
- Entrada en vigor de la Ley de Salud Mental (n.° 26.657) en 2010/2011, modificando el código civil en relación con restricciones a la capacidad por padecimientos en la salud mental.
- Sanción del Código Civil y Comercial de la Nación (CCCA) en 2015, que incorpora principios de autonomía personal, capacidad, voluntad e instrumentos de apoyo, asistencia y salvaguarda previstos en la CDPD.
El CCCA adopta el modelo social de la discapacidad, considerando que todas las personas con discapacidad tienen derecho a que el Estado les reconozca su capacidad jurídica en igualdad de condiciones, conforme a los artículos 1, 3, 5 y 12 de la CDPD. El nuevo código establece principios generales en materia de capacidad (arts. 22-25) y reglas generales para la restricción de la capacidad (art. 31), que incluyen la presunción de capacidad general, la excepcionalidad de las limitaciones, la intervención estatal interdisciplinaria, el derecho a la información adecuada y el derecho a participar en el proceso judicial con asistencia letrada.

La Voluntad como Dispositivo Central en los Actos Jurídicos
La voluntad constituye un dispositivo central para la caracterización de los hechos y actos jurídicos, operando como fuente de energía o poder que permite al sujeto decidir, iniciar y desarrollar actividades por sí mismo. Para su configuración, el código requiere que la persona exteriorice sus componentes internos: discernimiento, intención y libertad (art. 262 CCA).
El discernimiento se refiere a la facultad de razonamiento y la competencia personal para conocer y distinguir lo bueno de lo malo, lo justo de lo injusto. La intención, por su parte, es la tendencia o dirección de la voluntad.