La gestión de los fondos previsionales en Chile, incluyendo el Ahorro Previsional Voluntario (APV), implica diversos procedimientos de traspaso y normativas específicas. Además, existe un debate público significativo sobre las diferencias en los sistemas de pensiones entre las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) y las cajas de previsión de las Fuerzas Armadas y Carabineros, como Capredena y Dipreca.
Procedimiento General para el Traspaso de Ahorro Previsional Voluntario (APV)
El traspaso de saldos de Ahorro Previsional Voluntario (APV) es un proceso regulado que permite a los trabajadores mover sus fondos entre diferentes entidades. Es fundamental comprender las formalidades y responsabilidades involucradas.

Requisitos y Formalidades para el Traspaso
Para efectuar el traspaso de saldos, los trabajadores deben suscribir el formulario "Selección de Alternativas de Ahorro Previsional Voluntario" en la entidad a la cual desean traspasar sus fondos. La suscripción de este formulario podrá realizarse utilizando formularios físicos o a través de Internet, según lo autorice la Superintendencia correspondiente.
La notificación de la decisión de traspaso a la entidad de origen se realiza mediante el envío de una copia del formulario, dejando constancia de la fecha y hora de recepción. En caso de que el formulario haya sido suscrito por Internet, las entidades pueden convenir la utilización de medios electrónicos para la notificación. La entidad que traspasará los fondos será responsable de verificar el cumplimiento de las formalidades exigidas para el formulario de traspaso.
Implicaciones Fiscales y Financieras
Los traspasos de fondos no se consideran retiros para todos los efectos legales, lo que es un aspecto clave en su tratamiento fiscal. Los montos traspasados incluyen:
- Monto en Unidades Tributarias Mensuales (UTM) traspasado por cada trabajador por concepto de cotizaciones voluntarias y depósitos de ahorro previsional voluntario acogidos al régimen tributario de la letra a) del artículo 20 L del D.L.
- Monto en pesos de la bonificación por cargo fiscal por concepto de cotizaciones voluntarias y depósitos de ahorro previsional voluntario acogidos al régimen tributario de la letra a) del artículo 20 L del D.L.
Ejecución del Traspaso de Fondos
Conjuntamente con el envío del archivo, la entidad de origen deberá entregar obligatoriamente a la de destino el registro de información a que se refiere el Capítulo VI del Título correspondiente. El pago de los traspasos debe realizarse mediante una transferencia electrónica a la entidad de destino, por el monto total en pesos traspasado. Alternativamente, las entidades pueden girar y entregar este monto a la de destino mediante un vale vista o cheque, ambos nominativos.
El mencionado traspaso se imputará en primer lugar al saldo de cotizaciones voluntarias y depósitos de ahorro previsional voluntario con al menos 48 meses de antigüedad. Una vez agotados estos recursos, se girará de las cotizaciones y depósitos efectuados con una antigüedad inferior a 48 meses. La entidad de destino debe adoptar todos los mecanismos de control necesarios para verificar la conformidad de los fondos recibidos y la información entregada. En caso de discrepancia, el proceso deberá volver a realizarse a más tardar el día hábil siguiente.
Traspasos Parciales y Bonificaciones Posteriores
Estas regulaciones son aplicables tanto a las solicitudes de traspaso total como parcial de saldos de APV. En el caso de un traspaso parcial, el porcentaje que las personas deseen traspasar a otra institución se aplicará sobre cada uno de los saldos mantenidos por concepto de cotizaciones voluntarias, depósitos de ahorro previsional voluntario y bonificación de cargo fiscal, cuando corresponda, rebajando de forma independiente cada uno de estos saldos en el porcentaje solicitado.
Las bonificaciones fiscales recibidas por la entidad con posterioridad al traspaso de todo o parte de los fondos que sirvieron de base para su cálculo, deberán traspasarse a la administradora o Institución Autorizada que recibió dichos fondos, en la misma proporción que representó el traspaso original. Sin perjuicio de lo anterior, las Instituciones Autorizadas deberán mantener los registros de los distintos saldos de APV en forma separada, así como los saldos de cotizaciones voluntarias, de acuerdo con la normativa vigente.
Situaciones Específicas de Traspaso de Fondos
Existen circunstancias particulares que activan procedimientos específicos para el traspaso de fondos previsionales, como la solicitud de pensión o el fallecimiento del afiliado.
Traspaso de Recursos al Solicitar Pensión
Cuando un trabajador presenta una solicitud de pensión en su AFP, este deberá indicar a la Administradora las instituciones autorizadas en las cuales mantiene recursos originados en depósitos convenidos. Además, deberá señalar aquellas desde las cuales desea traspasar recursos (cotizaciones voluntarias, depósitos de ahorro previsional voluntario y depósitos de ahorro previsional voluntario colectivo) para su pensión, especificando sus respectivos montos.
Traspaso por Fallecimiento del Afiliado
Si a la fecha de fallecimiento de un trabajador afiliado al Sistema de Pensiones del D.L. 3.500, de 1980, existieran beneficiarios de pensión de sobrevivencia, los recursos que aquel mantenga en alternativas de ahorro previsional voluntario deberán ser traspasados a la AFP a la que se encontraba afiliado, a requerimiento de esta. Si no hubiere beneficiarios de sobrevivencia, se procederá según lo dispuesto en el número 11 de la normativa aplicable.
Para estos efectos, las Administradoras deberán consultar a todas las Entidades por la existencia de depósitos convenidos y depósitos de ahorro previsional voluntario de todos aquellos afiliados respecto de los cuales hubiesen tomado conocimiento de su fallecimiento en el mes anterior, ya sea a través de una solicitud de pensión de sobrevivencia o de pago de cuota mortuoria. La consulta anterior incluirá a las Compañías de Seguros de Vida solo respecto de la existencia de depósitos convenidos. Las Administradoras de Fondos de Pensiones deberán remitir a cada Institución Autorizada una nómina con los nombres, apellidos y Rut de los afiliados fallecidos. A su vez, las Instituciones Autorizadas deberán responder dicha consulta dentro de los 3 días hábiles siguientes a su recepción.
Traspaso de Fondos para Personal de Gendarmería al Régimen de Carabineros
La Ley N° 19.195 modificó el régimen previsional del personal de Gendarmería de Chile, adscribiendo al régimen de la Dirección de Previsión de Carabineros (Dipreca) a todos los funcionarios de dicho organismo que, dentro del plazo establecido en la misma ley, no hubieran manifestado expresamente su oposición al cambio. Ante las numerosas consultas formuladas sobre la materia por las administradoras de fondos de pensiones, se instruyó un procedimiento para traspasar a Dipreca los fondos cotizados en el Sistema de Pensiones del D.L. 3.500.

Las administradoras consultadas deberán responder en un plazo de tres días hábiles, contado desde la fecha de recepción de la consulta, cuando no exista afiliación ni rezagos y, en cinco días hábiles, contado desde la misma fecha, cuando exista afiliación múltiple o rezagos.
En lo que respecta a la eventual existencia de cuentas de ahorro voluntario, las administradoras deberán cerrar la respectiva cuenta y sus fondos deberán ser puestos a disposición del afiliado, ya que es jurídicamente imposible que una persona no afiliada al Sistema sea titular de una cuenta de ahorro voluntario.
Comparativa del Gasto Público en Pensiones: Capredena, Dipreca y AFP
Un reportaje de El Mostrador reveló que las pensiones de las Fuerzas Armadas y Carabineros constituyen el gasto público más alto para el Estado chileno. Las pensiones de los ex uniformados, entregadas a través de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena) y de la Dirección de Previsión de Carabineros (Dipreca), implican un gasto mayor que cualquier otro servicio o ministerio.

La aplicación web Presupuesto Abierto evidenció que la mayor parte del presupuesto anual se destina a las pensiones de las Fuerzas Armadas y Carabineros. Juntas, estas pensiones representan poco menos del 5% del presupuesto nacional y superan incluso los ingresos de la Tesorería General de la República, el ente encargado de la recaudación de impuestos y otros ingresos fiscales.
A través de dicha aplicación, también es posible visualizar los fondos adicionales que se inyectan a estas instituciones, por sobre lo ya presupuestado, para el pago de las pensiones. Por ejemplo, en 2018, el Congreso aprobó un presupuesto de 1.676.727 millones de pesos para Capredena y Dipreca, pero el Estado terminó gastando dos billones de pesos en ambas entidades.
Este presupuesto de Capredena y Dipreca supera al entregado al fondo del pilar solidario del sistema de pensiones, que apoya a los jubilados por AFP o a quienes no pudieron cotizar durante su vida laboral. Mientras el pilar solidario beneficia a un millón y medio de personas a nivel nacional, las Fuerzas Armadas y Carabineros tienen menos de 200 mil pensionados.
Capredena es la entidad estatal que más dinero recibe en el país, con un presupuesto que en 2018 ejecutó 1.217.000 millones de pesos. Le siguen los presupuestos destinados al Banco Estado, la Tesorería y Dipreca.
La brecha entre los pensionados ex uniformados y los jubilados a través del sistema de AFP crece cada año. En promedio, un suboficial del ejército puede recibir $700.000 de jubilación, mientras que el promedio de un oficial bordea los 2 millones de pesos. En contraste, un trabajador pensionado con el sistema de AFP recibe, en promedio, $259.000, según datos de la Superintendencia de Pensiones.
Esta brecha continúa aumentando. Para el presupuesto de 2019, se aprobó un aumento en el gasto de Capredena del 1,3% y para Dipreca del 5,2% en comparación con 2018, argumentando un alza en el gasto en pensiones y montepíos. El Ministerio de Hacienda y la Dipres, a través de una nueva plataforma digital llamada Presupuesto Abierto, mostrarán el presupuesto de manera interactiva, cruzando los datos con lo ejecutado durante el año y gráficos para visualizar esta información.