Novedades y Cambios Clave en el Sistema de Pensiones

El sistema previsional chileno experimenta constantes actualizaciones para mejorar la cobertura y los beneficios de sus afiliados. Recientemente, se han anunciado importantes medidas y se han implementado aspectos de la reforma previsional que impactan directamente a pensionados y trabajadores activos. A continuación, se detallan los anuncios más relevantes y los cambios introducidos.

Beneficios Vigentes y Próximos Pagos

Bono de Invierno 2026

El Instituto de Previsión Social (IPS) inició el pago del Bono de Invierno 2026 para un total de 1.660.000 pensionados. Este beneficio otorga $81.257 por persona a quienes cumplan con los requisitos establecidos.

  • Para acceder al bono, los beneficiarios deben tener 65 años o más y percibir pensiones iguales o inferiores a $231.440.
  • El beneficio se entrega automáticamente junto con la pensión habitual, sin requerir trámites adicionales.
  • Para consultas específicas sobre el bono, se pueden utilizar diversas vías, como la página web de ChileAtiende o acudir de forma presencial a una sucursal del IPS.
Esquema de requisitos y montos del Bono de Invierno

Pensión Garantizada Universal (PGU)

La Pensión Garantizada Universal (PGU) es un pilar fundamental de la seguridad social. Recientemente, se ha anunciado un aumento en su monto.

  • El aumento de la PGU alcanza los $250.000.
  • Beneficiarios de pensiones de Leyes de Reparación (Exonerados, Rettig y Valech) y pensiones de gracia también podrán acceder a la PGU si cumplen los requisitos. Estas personas igualmente pueden acceder a la PGU, que constituye el primer piso de la seguridad social.
  • Si la persona ya recibe el complemento de PGU (por ejemplo, porque su pensión de reparación era menor al monto máximo de la PGU), a partir de septiembre de la fecha en que cumpla la edad establecida en el calendario, su monto se ajustará de forma automática al nuevo valor máximo de la PGU ($250.000).
  • Si ya se recibe la PGU, el ajuste es automático según el calendario establecido.

Detalles de la Reforma Previsional

Nueva Cotización del Empleador y sus Implicaciones

La reforma previsional introduce una nueva cotización de cargo del empleador, que busca fortalecer el sistema de seguridad social. A partir de las remuneraciones de agosto de 2025, los empleadores comenzaron a pagar un 1% adicional, el cual se irá incrementando gradualmente hasta alcanzar un 7%.

Esta normativa indica que los empleadores deben cotizar al Seguro Social Previsional (SSP) por todos sus trabajadores, incluyendo aquellos que laboran en jornadas parciales o part time. Este dato cobra especial importancia porque permite llevar un registro adecuado de los periodos cotizados en jornada parcial, lo que será clave para que, en el futuro, esas cotizaciones puedan ser computadas en el historial previsional del trabajador.

Plazos de Declaración y Pago

  • El empleador o entidad pagadora de subsidios debe declarar y pagar las cotizaciones hasta el día 10 del mes siguiente a aquel en que se devengaron las remuneraciones o se autorizó la licencia médica.
  • Cuando el empleador realice la declaración y el pago de las cotizaciones por medio electrónico, el plazo de pago se extenderá hasta el día 13 de cada mes, incluso si fuera sábado, domingo o festivo.
  • Para cumplir esta función de recaudación, el IPS la realizará a través de un proveedor especializado, mediante el cual los empleadores deberán efectuar dichos pagos.

Extinción de la Obligación

  • La obligación de enterar cotizaciones de cargo del empleador al Seguro Social Previsional se extingue de pleno derecho en el momento en que el trabajador se pensione por vejez o invalidez total, conforme al Decreto Ley respectivo.
  • Si el empleador no realiza la declaración, tendrá hasta el último día hábil del mes subsiguiente para acreditar ante el IPS que su obligación se extinguió. Transcurrido ese plazo adicional y agotadas las gestiones aclaratorias por parte del IPS sin que el empleador haya acreditado la extinción de la obligación, se presumirá que las respectivas cotizaciones están declaradas y no pagadas, constituyéndose una deuda previsional efectiva.

El Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP) es un órgano creado en el marco de la ley N°21.735, destinado a la gestión y protección de estos nuevos recursos.

Ampliación del Seguro de Lagunas Previsionales y Nuevo Seguro Social

Entre los nuevos beneficios de la Reforma Previsional, destaca la ampliación del Seguro de Lagunas Previsionales, que comenzó a regir el 1 de mayo de 2025. Este permite que todas las personas que reciban el Seguro de Cesantía, sin importar el tipo de fondo (Cuenta Individual o Fondo Solidario), tengan cubiertas sus cotizaciones previsionales mientras estén desempleadas.

  • Anteriormente, solo las personas que usaban el Fondo de Cesantía Solidario tenían cotizaciones previsionales cubiertas. Desde mayo de 2025, se incluye también a quienes usan su Cuenta Individual. Así, todos los beneficiarios del Seguro de Cesantía tienen este respaldo.
  • Desde mayo a julio de 2025, se cotiza el 10% del pago mensual del Seguro de Cesantía. Desde agosto, este porcentaje sube a 10,10%, y en agosto de 2027 a 10,25%. Es decir, mes a mes se deposita ese porcentaje en la AFP del trabajador o trabajadora mientras esté cesante.
  • Este beneficio se mantiene mientras la persona esté recibiendo pagos del Seguro de Cesantía. Si se terminan los giros (no posee más fondos en su cuenta individual) o se encuentra trabajo, también finaliza automáticamente.
  • Se estima que el número de personas beneficiadas se triplicará, pasando de 395 mil a más de 1,4 millones al año, lo que significa una gran mejora en la protección previsional para quienes atraviesan períodos de desempleo.
  • El dinero no sale del bolsillo del trabajador, ya que las cotizaciones son financiadas por el Fondo de Cesantía Solidario, que se forma con aportes del Estado y de los empleadores. No se usan los fondos individuales ni se descuenta del monto del seguro que recibe el trabajador.

Además, se iniciará el pago de otros beneficios del nuevo Seguro Social, incluyendo la Compensación por Años Cotizados y el Bono a mujeres por expectativas de vida. La Compensación a mujeres por mayor expectativa de vida es un beneficio dirigido a mujeres que busca corregir las brechas de género en el sistema de pensiones dada su mayor expectativa de vida. Asimismo, el empleador aportará un 1,5% para el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS), el cual pasará a ser una de las prestaciones del Seguro Social a contar de agosto de 2027.

Seguro de lagunas previsionales

Modernización de la Administración de Fondos de Pensiones (AFP)

La reforma previsional busca introducir cambios significativos en la estructura y operación de las AFP para fomentar la competencia y mejorar los rendimientos de los fondos.

  • Se licitará el 10% de los afiliados cada dos años. Esta licitación de stock de afiliados se adjudicará a la Administradora de Fondos de Pensiones que oferte la menor comisión, promoviendo así la competencia y la disminución de costos para los afiliados. Se promueve la entrada de nuevos operadores para diversificar el mercado y reducir la concentración.
  • Los multifondos serán reemplazados por un sistema de Fondos Generacionales, donde las inversiones se ajustarán automáticamente según la edad del afiliado. Este mecanismo busca maximizar rentabilidades y reducir los riesgos de pérdidas significativas para quienes están cerca de jubilarse. Los fondos generacionales ajustarán su perfil de inversión según la edad del afiliado, reduciendo el riesgo a medida que se aproxima la jubilación y aumentando la seguridad del ahorro.
  • Las comisiones ya no serán fijas, sino que serán variables y estarán vinculadas al rendimiento del fondo. Si el fondo genera pérdidas, las comisiones disminuirán un 15%; si obtiene ganancias, la comisión puede aumentar hasta en un 15%, alineando los incentivos con el bienestar de los afiliados. Esto asegura que las administradoras busquen maximizar el beneficio para los afiliados.
  • Se establecen límites cuando las AFP invierten a través de terceros. Así, no podrán pagarse con cargo a los fondos comisiones a vehículos de inversión o mandatarios que inviertan más de un 10% en emisores nacionales transables en mercados públicos, a excepción de inversiones de baja o mediana capitalización.
  • Las administradoras presentaron a fines de abril un requerimiento en el Tribunal Constitucional (TC) con el objetivo de impugnar una disposición de la reforma previsional.
Infografía: Comparativa de Multifondos vs. Fondos Generacionales

Incentivo a la Cotización y Simplificación para Independientes

La reforma también propone un incentivo a la cotización y busca facilitar el proceso para los trabajadores independientes.

  • Se han simplificado los mecanismos de cotización para independientes, permitiendo pagos automáticos desde cuentas bancarias o la posibilidad de que familiares directos puedan contribuir en nombre del afiliado.
  • Además, la reforma promueve la formalidad al vincular los beneficios a la cotización, reforzando la importancia de la regularidad en los aportes previsionales.

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