La cuota mortuoria es un beneficio previsional diseñado para reembolsar los gastos funerarios incurridos tras el fallecimiento de una persona. Este apoyo es fundamental para las familias en momentos difíciles, asegurando una cobertura parcial o total de los costos asociados.

¿Quiénes son beneficiarios de la Cuota Mortuoria?
El derecho a la cuota mortuoria aplica a diferentes segmentos de la población, dependiendo de su afiliación al sistema previsional:
- Para afiliadas y afiliados al sistema de pensiones de AFP: El beneficio se financia con el saldo de la cuenta individual de la persona fallecida. Quienes se hagan cargo de los gastos funerarios de una persona trabajadora afiliada a una AFP tendrán derecho a cobrar la cuota mortuoria en la AFP respectiva.
- Para beneficiarios de Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV) y Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV) sin afiliación: Estas personas, que fueron traspasadas automáticamente a la Pensión Garantizada Universal (PGU) a partir del 1 de febrero de 2022, continúan siendo beneficiarios de asignación por muerte, tal como regía hasta antes de la entrada en vigencia de la Ley N° 21.419 que creó la PGU.
- Para personas naturales que pagaron gastos funerarios por el fallecimiento de un beneficiario activo (trabajador) o pasivo (pensionado) del antiguo sistema previsional.
- Quienes hayan sido pensionados o pensionadas de las ex cajas de previsión y leyes especiales.
Consideraciones para Beneficiarios de PGU
Si la persona fallecida era beneficiaria de una Pensión Garantizada Universal (PGU) sin derecho a percibir la asignación por muerte (con PGU desde febrero de 2022), los antecedentes necesarios deben reunirse y presentarse presencialmente en las sucursales ChileAtiende del IPS.
Financiamiento y Monto de la Cuota Mortuoria
La cuota mortuoria tiene un monto específico y se financia de distintas maneras según el tipo de afiliación del fallecido:
- En el caso de afiliados a una AFP, el monto es de hasta 15 Unidades de Fomento (UF), el cual es financiado con el saldo disponible en la cuenta de ahorro del o la causante.
- La AFP, antes de calcular ciertos beneficios como la Pensión Anticipada por Enfermedad Terminal (PAET), debe reservar el capital necesario para pagar pensiones de sobrevivencia y el monto correspondiente al pago de la cuota mortuoria (gastos funerarios).

Prioridad de la Cuota Mortuoria en Cálculos de Pensión
Al calcular beneficios como una Renta Temporal, se debe dejar una reserva para pagar la cuota mortuoria y pensión de sobrevivencia si corresponde, primando la cuota mortuoria. Los escenarios que pueden presentarse durante este cálculo son:
- Si el saldo total no alcanza para financiar una Renta Temporal por el monto de Pensión Garantizada Universal (PGU) por 12 meses, no debe reservarse capital para pagar pensiones de sobrevivencia y cuota mortuoria.
- Si el saldo total alcanza para financiar una Renta Temporal mayor a la PGU por 12 meses, pero al momento de calcular y reservar el capital necesario para cubrir pensiones de sobrevivencia y cuota mortuoria, el saldo restante es insuficiente para pagar una pensión igual a la PGU, se debe asegurar el capital necesario para pagar una Renta Temporal ajustada a la PGU y la reserva para pensión de sobrevivencia y cuota mortuoria se constituye con el remanente, priorizando la cuota mortuoria hasta agotar el saldo.
- Si el saldo total alcanza para financiar una Renta Temporal mayor a la PGU por 12 meses y para reservar el total del capital necesario para pagar pensiones de sobrevivencia y cuota mortuoria, el afiliado podrá optar por recibir la Renta Temporal calculada y/o ajustarla y retirar Excedente de Libre Disposición (ELD), en caso que corresponda y solicitarlo.
¿Cómo realizar la Solicitud de Pago de Cuota Mortuoria?
El trámite de solicitud de la cuota mortuoria se puede realizar de forma sencilla y durante todo el año:
- Puedes ingresar tu solicitud de pago de forma rápida y sencilla a través del sitio web de la AFP o la entidad correspondiente.
- Alternativamente, puedes acercarte a las sucursales ChileAtiende o de la AFP para realizar el trámite de forma presencial.
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Resolución de Dudas
Para cualquier consulta o si tienes dudas sobre la solicitud de la cuota mortuoria, puedes llamar al call center ChileAtiende 101 o al +56 4 4236 20 00 si te encuentras en el extranjero.