Los adultos mayores en Chile cuentan con diversos programas y beneficios destinados a mejorar su calidad de vida, tanto en el ámbito nutricional como en el soporte a sus ingresos previsionales. Estos sistemas buscan asegurar el bienestar y la dignidad de la población de la tercera edad, abordando aspectos clave como la alimentación y el acceso a pensiones adecuadas.

La Pensión Garantizada Universal (PGU): Un Reemplazo al Pilar Solidario
La Pensión Garantizada Universal (PGU) se ha establecido como un beneficio estatal fundamental, reemplazando a la antigua Pensión Básica Solidaria de vejez (PBSV) y al Aporte Previsional Solidario de vejez (APSV). De esta manera, la PGU se posiciona como el principal instrumento de financiamiento estatal dirigido a pensionados por vejez, buscando mejorar las pensiones de los actuales y futuros beneficiarios.
Elegibilidad para la PGU
La PGU beneficia a todas las personas a partir de los 65 años de edad que cumplan con ciertos requisitos:
- No pertenecer al 10% más rico de la población.
- Acreditar residencia en Chile por al menos 20 años, contados desde los 20 años de edad.
Es importante destacar que este beneficio no solo está destinado a los pensionados. Los trabajadores activos mayores de 65 años que cumplen con los criterios de ingresos y residencia también pueden acceder a la PGU, sumándola a sus ingresos mensuales. Las personas de 64 años y nueve meses podrán postular a la PGU cumpliendo los requisitos, aunque se encuentren trabajando o no estén pensionados.
Transición desde la Pensión Básica Solidaria (PBS)
Anteriormente, la Pensión Básica Solidaria (PBS) era un beneficio dirigido a mujeres y hombres de 65 años de edad, o que hubieran sido declarados con invalidez por las Comisiones Médicas, que no hubieran cotizado en una administradora de fondos de pensiones (AFP) ni tuvieran pensión en algún régimen previsional. También podían solicitar una PBS los pensionados y pensionadas por gracia, exoneradas y exonerados políticos, beneficiarios por la Ley Rettig y la Ley Valech, quienes, además de esa pensión, percibieran otra de alguno de los regímenes administrados por el Instituto de Previsión Social (IPS) o AFP. La PBS de vejez e invalidez se financiaba completamente con recursos fiscales y se reajustaba anualmente en el mes de julio, de acuerdo al IPC.
Actualmente, la PBS y el Aporte Previsional Solidario (APS) fueron reemplazados por la PGU. Las personas que con anterioridad a agosto de 2022 hayan sido beneficiarias de Pensiones Básicas Solidarias de invalidez y aquellas que sean beneficiarias del Aporte Previsional Solidario de invalidez, recibirán sus beneficios solidarios calculados en función del valor de la PGU, en lugar del valor de la PBS de vejez como se calculaba anteriormente.
Monto y Complementariedad de la PGU
La PGU considera un aporte máximo de $224.004 mensuales (a febrero de 2025). Este monto se entrega a los pensionados que reciben actualmente una pensión base menor o igual a $762.822.
Este beneficio funciona como un complemento a los ingresos de los beneficiarios. Es decir, se suma a las pensiones autofinanciadas o a los ingresos del trabajo. La PGU se transforma en un complemento del ahorro personal que cada trabajador tiene en su cuenta previsional, incluyendo la rentabilidad conseguida en el tiempo por esos ahorros. Quienes cuenten con ahorros previsionales para financiar su pensión la verán incrementada de manera permanente en hasta $224.004 al mes si cumplen con los requisitos para obtener la PGU.
La Ley PGU establece que se determine la pensión base como requisito para acceder a la PGU. La pensión base es la suma de la Pensión Autofinanciada de Referencia (PAFE) y las pensiones de sobrevivencia (si corresponden).
Proceso de Solicitud y Verificación
Para realizar la solicitud, los potenciales beneficiarios deben tener 64 años y nueve meses. El trámite se puede realizar de diversas maneras:
- De manera electrónica a través de la página del IPS En Línea (con Clave Única).
- Por teléfono, llamando al 101.
- De forma presencial en las oficinas de Chile Atiende o las municipalidades.
La verificación del requisito de no pertenecer al 10% más rico de la población mayor de 65 años está a cargo del IPS. Para su revisión, se considera el Instrumento de Focalización Previsional, creado por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social en conjunto con el Ministerio de Hacienda y aplicado por el IPS.
El IPS es la entidad encargada de recabar los antecedentes con las distintas fuentes de información, incluyendo AFP, mutualidades, compañías de seguros, Ministerio de Desarrollo Social, Servicio de Impuestos Internos, Tesorería General de la República y el Ministerio de Educación.
Administración y Pago de la PGU
El IPS, al ser la entidad encargada de administrar y pagar el beneficio, entrega una liquidación de pago de la PGU en conjunto con el pago de otros beneficios que la persona pueda recibir, como el Subsidio Único Familiar, Ingreso Ético Familiar, Chile Solidario y pensiones de las ex Cajas de Previsión.
Para todas las personas que estén pensionadas y reciban la PGU, el beneficio deberá pagarse manteniendo la modalidad y fecha de pago de la pensión. De acuerdo con lo establecido por la Superintendencia de Pensiones, los descuentos de pensiones se aplican de manera proporcional en las liquidaciones de pensión autofinanciada (entregada por la AFP o compañía de seguros) y PGU (entregada por el IPS). En este caso, el total de descuentos -sumando los de ambas liquidaciones- es el mismo que ya se hacía para la persona antes en una sola liquidación.
La PGU es financiada con recursos del Estado, con cargo al presupuesto del Ministerio del Trabajo y Previsión Social durante el primer año.
Agenda Económica | El análisis del funcionamiento de la Pensión Garantizada Universal
Programa de Alimentación Complementaria del Adulto Mayor (PACAM)
El Programa de Alimentación Complementaria del Adulto Mayor (PACAM) es una iniciativa fundamental para el fortalecimiento nutricional y el apoyo a la salud de las personas mayores. Este programa entrega gratuitamente alimentos especialmente diseñados para complementar su nutrición, contribuyendo a mejorar su salud y prevenir deficiencias nutricionales.
Productos y Componentes del PACAM
El PACAM entrega mensualmente dos tipos de productos Nutra Max (o "Años Dorados"), específicamente diseñados para las necesidades de los adultos mayores:
- Crema Años Dorados: Este producto en polvo permite preparar una crema instantánea con base de cereales y legumbres. Es baja en sodio, libre de colesterol y está fortificada con vitaminas A, B, C, E y D, además de ácido fólico. Estos componentes fortalecen el sistema inmune, mejoran la cicatrización, mantienen o mejoran las funciones cognitivas, mejoran el ánimo y aportan antioxidantes.
- Bebida Láctea Años Dorados: Es un producto en polvo para preparar una bebida láctea instantánea, elaborada a base de leche y cereales. Está fortificada con vitaminas y minerales, y es reducida en lactosa. Para hacerla más saludable, se ha disminuido su contenido de grasa y sodio, y está enriquecida con vitaminas B12 y C, calcio y ácido fólico.
La entrega de estos productos (crema y bebida láctea) es mensual y gratuita.

Criterios de Elegibilidad para el PACAM
El programa está disponible en todos los establecimientos públicos de atención primaria del país. Las personas pueden acceder si cumplen con alguna de las siguientes condiciones:
- Personas de 70 años o más, beneficiarias de Fonasa o PRAIS.
- Personas entre 60 y 69 años en tratamiento antituberculoso actual o reciente.
- Personas entre 60 y 69 años que vivan en Establecimientos de Larga Estadía para Adultos Mayores (ELEAM) acreditados por la Seremi de Salud.
- Personas entre 65 y 69 años que participen o hayan participado en programas sociales del Subsistema de Seguridades y Oportunidades del MDSF.
- Personas entre 65 y 69 años con Examen de Medicina Preventiva del Adulto Mayor (EMPAM) que indique riesgo o dependencia.
Las personas usuarias del Subsistema de Seguridades y Oportunidades pueden acceder de manera preferente, presentando el Formulario Único de Derivación (FUD) que respalda su pertenencia a los programas sociales, pudiendo hacer uso de este beneficio desde los 65 años.
Requisitos para el Acceso y Retiro de Productos
Para acceder y mantener el beneficio del PACAM, los usuarios deben:
- Inscribirse en su Centro de Salud Familiar (CESFAM) o establecimiento de salud correspondiente.
- Solicitar ingreso al programa en la Oficina de Informaciones, Reclamos y Sugerencias (SOME).
- Tener controles de salud y vacunas al día (incluido el EMPAM).
- Asistir mensualmente al retiro de productos en la bodega de distribución de alimentos del centro de salud. El retiro de los alimentos es mensual y se realiza a través del consultorio correspondiente a su domicilio.
tags: #alimentacion #gastos #adultos #mayores #pension #basica