Actualidad y Análisis: Sistema de Pensiones y Sucesos en Providencia

La Superintendencia de Pensiones llevó a cabo una fiscalización para establecer si, en los procesos de otorgamiento de pensiones de invalidez y sobrevivencia, se han aplicado correctamente las normas que regulan la cobertura del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) respecto de sus afiliados o beneficiarios. Este proceso se focalizó en aquellos casos que fueron determinados por las Administradoras como sin derecho al referido Seguro.

Fiscalización del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS)

En una primera etapa, este Organismo efectuó una revisión muestral que arrojó errores en AFP Capital, AFP Provida, AFP Habitat y AFP Planvital. Ante la gravedad de los hechos descritos, la Superintendencia de Pensiones inició los respectivos procesos sancionatorios, los que se encuentran en etapas diferentes. Específicamente, en el caso de AFP Capital, la Superintendencia notificó la apertura de un expediente de investigación y, con fecha 22 de agosto de 2011, resolvió aplicar una multa a beneficio fiscal equivalente a 3.500 Unidades de Fomento. Esta sanción se debió a la responsabilidad que le cabe a AFP Capital en el hecho de que 124 afiliados no hayan accedido a las prestaciones de seguridad social en los términos previstos en la ley. Dicha sanción debiera quedar ejecutoriada en un plazo máximo de 15 días desde la fecha de emisión, a menos que AFP Capital interponga un recurso administrativo o judicial.

El Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) es un seguro que las AFP deben contratar en conjunto para cubrir los riesgos de invalidez y muerte de sus afiliados. Es aplicable a: 1. Afiliado trabajador dependiente que se encuentre cotizando en la Administradora. Este aporte equivale al monto, expresado en unidades de fomento, que resulte de la diferencia entre los recursos necesarios para financiar las pensiones de referencia y la suma del saldo acumulado en la cuenta del afiliado y el Bono de Reconocimiento, si este existe, a la fecha que fallezca o quede ejecutoriado el segundo dictamen de invalidez.

Gráfico o infografía sobre el funcionamiento del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS)

El Caso La Polar y AFP Provida: Resolución de la Corte Suprema

A quince años de que estallara el caso de La Polar, el escándalo de las repactaciones unilaterales volvió a reflotar en tribunales. La Corte Suprema resolvió desestimar los recursos de casación presentados por un grupo de exejecutivos de la multitienda, quienes intentaban así revocar el fallo de la Corte de Apelaciones que los había condenado al pago de una millonaria indemnización por el daño provocado a los fondos de pensiones administrados por AFP Provida. La sentencia del tribunal de alzada había establecido la responsabilidad de los exejecutivos por los perjuicios ocasionados tras el fraude que remeció al mercado local en 2011.

El 13 de marzo de 2026, la Primera Sala de la Corte Suprema rechazó los recursos de casación en el fondo presentados por los exdirectivos de la multitienda, que a fines de 2023 se fusionó con ABC Din para formar la cadena abc, firma controlada por la familia Santa Cruz y Leonidas Vial. Esto ocurrió luego que Santiago Grange, exgerente de Finanzas; Matías González, exgerente general interino; Pablo Alcalde, expresidente; y Nicolás Ramírez, exgerente general, intentaran revertir la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones. El fallo había acogido la demanda de indemnización de perjuicios presentada por AFP Provida en representación de los fondos de pensiones que administra, señalando que el total del daño sufrido por los fondos de pensiones de Provida por el caso La Polar asciende a 2.575.388 UF ($102.607 millones).

Según el fallo de la Corte Suprema, AFP Provida, como administradora de fondos de pensiones, tenía una serie de recursos invertidos en La Polar. Al 8 de junio de 2011, el total invertido era de $101.568 millones. De ese monto, cerca del 40% estaba en acciones y el 60% en bonos. Los fondos A, B, C, D y E tenían $40.306 millones en acciones de La Polar, equivalentes a 17.255.636 acciones. Además, los fondos mantenían inversión en cuatro series de bonos de La Polar por UF 2.769.500, cuyo valor al 8 de junio de 2011 era de $61.261 millones.

El fallo del máximo tribunal concluyó que, como en sus recursos de casación los exejecutivos no denunciaron la infracción de las leyes que regulan la valoración de la prueba, los hechos establecidos por los jueces que conocieron el caso en las instancias anteriores deben considerarse definitivos. “La interpretación y aplicación de las normas atinentes al caso en estudio, ellos resultan inamovibles para este tribunal”, concluyó el fallo. La sentencia fue dictada de forma unánime por la Primera Sala de la Corte Suprema, integrada por los ministros Mario Carroza, Jorge Zepeda (S) y Hernán Crisosto (S), y las abogadas integrantes Fabiola Lathrop y Andrea Ruiz. En el litigio, AFP Provida contó con la asesoría de Alfredo Waugh, socio del estudio Gutiérrez, Waugh, Jimeno & Asenjo Abogados.

Ilustración de un tribunal o martillo de juez

Descargos y Argumentos de los Ex-Ejecutivos

Los condenados declinaron efectuar comentarios sobre este fallo y, a través de sus cercanos, señalaron que no cuentan con los recursos para responder a la demanda de AFP Provida. Las mismas fuentes consultadas cuestionaron que los jueces no acogieran el reclamo planteado por las defensas de los exejecutivos por la responsabilidad de las AFP en la administración de los fondos debido al comportamiento “anómalo de la acción” de La Polar.

En el proceso, Santiago Grange -representado por el abogado Germán Ovalle- se defendió diciendo que nunca tuvo acceso a información privilegiada. También afirmó que está económicamente “arruinado” y que debe $2.102 millones a los bancos. Explicó que su único rol era conseguir capital de inversionistas, usando información contable auditada y aprobada por los comités de directores, y que siempre estuvo al margen de las tareas administrativas.

Por su parte, Nicolás Ramírez pidió que se rechazara la demanda y que se condenara en costas a la parte demandante. Señaló que los fondos de pensiones no han sufrido un daño patrimonial indemnizable, porque tienen derechos de compensación contra AFP Provida. Además, afirmó que no conocía las prácticas contables y financieras irregulares mencionadas, por lo que no pudo haber entregado información falsa ni a la Superintendencia ni al mercado.

Pablo Alcalde también pidió que se rechazara la demanda. Primero, porque la parte demandante participó en un convenio judicial preventivo, aceptando nuevas condiciones de pago, lo que habría extinguido la responsabilidad principal de La Polar y la del demandado. Segundo, porque los daños reclamados no serían claros ni determinados, ya que no se sabe a qué precio se compraron las acciones y no se consideraron las ganancias obtenidas ni el riesgo propio del mercado bursátil. Pablo Alcalde fue expresidente y exgerente general de La Polar.

Desórdenes y Destrozos en la Comuna de Providencia

Un grupo de antisociales vandalizó la sucursal del Banco BCI, ubicada en avenida Providencia con Andrés de Fuenzalida. Posteriormente, encapuchados saquearon una farmacia Ahumada ubicada en la misma avenida. Por su parte, el mall Parque Arauco, ubicado en la comuna de Las Condes, fue evacuado por precaución ante la posible llegada de manifestaciones.

Frente a todo lo ocurrido, la alcaldesa de Providencia, Evelyn Matthei, señaló que "estamos viendo un nivel de violencia y destrucción nunca antes visto en la comuna". Decenas de comerciantes de Providencia han resultado con sus locales dañados y saqueados.

Foto de daños a locales comerciales o desórdenes urbanos en la comuna de Providencia

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