Requisitos y Proceso para el Retiro de Fondos AFP Hábitat

La posibilidad de retirar fondos de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) representa un derecho excepcional establecido por reformas constitucionales. Este proceso permite a los afiliados acceder a una parte de sus ahorros previsionales bajo ciertas condiciones. A continuación, se detallan los requisitos, el procedimiento y las implicaciones de solicitar el retiro de fondos.

¿Quiénes pueden solicitar el retiro de fondos?

Afiliados con Cuenta de Capitalización Individual

  • Quienes poseen una cuenta de capitalización individual de afiliado voluntario.

Beneficiarios de Pensión de Sobrevivencia

Asimismo, podrán efectuar el retiro los beneficiarios de pensión de sobrevivencia bajo la modalidad de renta temporal o retiro programado. La reforma constitucional estableció que podrán solicitar el retiro de fondos quienes estén recibiendo pensión de sobrevivencia bajo la modalidad de renta temporal o retiro programado. Los beneficiarios de pensión de sobrevivencia bajo la modalidad de renta temporal o retiro programado también están incluidos.

Pensionados

  • Los pensionados en retiro programado que se encuentran en el extranjero acogidos a convenio de seguridad social, podrán retirar fondos.
  • Los trabajadores y pensionados afiliados al actual sistema de pensiones y que registren fondos en su cuenta individual de cotizaciones obligatorias podrán solicitar el retiro de sus fondos.
  • Los pensionados de Capredena y Dipreca, afiliados al D.L. también pueden retirar fondos.
  • Si una persona recibe una renta vitalicia, pero tiene saldo en la AFP que le paga como pensión adicional en la modalidad retiro programado, también puede hacer el retiro.

Importante: Quienes están pensionados por renta vitalicia no podrán hacer retiro.

Extranjeros bajo Ley N°18.156

La ley N°18.156, en su Artículo 1º, establece requisitos específicos para la devolución de fondos a extranjeros:

  • Ser extranjero: Este requisito se puede acreditar mediante la presentación del pasaporte o cédula nacional de extranjero. No procede la devolución cuando el trabajador tiene doble nacionalidad (chilena y otra). Para los extranjeros nacionalizados chilenos deberán presentar certificado en el cual se indique la fecha de nacionalización. Para los chilenos nacionalizados extranjeros deberán presentar certificado en el cual se indique fecha de nacionalización.
  • Ser profesional o técnico: Se entiende que son técnicos los trabajadores que poseen conocimientos de una ciencia o arte, adquiridos en un proceso educativo formal, estructurado y entregado en forma sistemática, conducente a la obtención de un título profesional o técnico.
  • Estar afiliado a un régimen de seguridad social fuera de Chile: Cualquiera sea su naturaleza jurídica, que le otorgue prestaciones por enfermedad, invalidez, vejez y muerte. La afiliación referida deberá acreditarse mediante certificación de la institución de seguridad social extranjera correspondiente, debidamente legalizada y traducida en su caso, en la que conste su obligación de otorgar las prestaciones indicadas.
  • Haber expresado en el contrato de trabajo respectivo: Suscrito con una empresa la voluntad de mantener la afiliación al régimen de previsión extranjero.

Adicionalmente, la AFP podrá exigir el certificado de NO Nacionalizado emitido por el Servicio Nacional de Migraciones, el que podrá ser descargado en su sitio web. Además, se requiere un certificado que acredite cobertura en caso de enfermedad, vejez, invalidez y sobrevivencia en un régimen previsional en el extranjero (desde junio de 2014 Of.).

Beneficiarios en caso de fallecimiento del afiliado

  • Cónyuge, padres o hijos legítimos del afiliado (hijos menores de 18 años o menores de 24 que estén solteros), a quienes no se les requerirá acreditar la posesión efectiva para retirar los fondos y que constituyan herencia cuando correspondan a un monto inferior a 5 Unidades Tributarias Anuales.
  • Hijos declarados inválidos antes de los 18 o 24 años (según sea el caso), cualquiera sea su edad al momento del deceso del afiliado. En su defecto, de no existir un beneficiario de pensión, esos fondos constituyen herencia.
Esquema de los diferentes tipos de afiliados que pueden retirar fondos de la AFP

Cálculo y Montos del Retiro

Determinación del 10%

Al momento de la solicitud de retiro, la AFP deberá calcular el monto correspondiente al 10% del saldo y expresarlo en cuotas. El valor cuota experimentará las variaciones propias del mercado.

Límites del Retiro

El monto máximo de retiro tiene un tope de 150 UF (aproximadamente $4.300.000) y un mínimo de 35 UF (aproximadamente $1.000.000).

La solicitud de retiro de fondos se calcula sobre el total de los fondos acumulados en la cuenta individual de cotizaciones obligatorias, sin hacer diferencia o excepción alguna. El monto del retiro se calculará sobre el monto acumulado en su cuenta individual de cotizaciones obligatorias.

Proceso de Solicitud y Pago

Plazos para solicitar

El borrador no especifica el número exacto de días que tienen los afiliados para solicitar su retiro. Sin embargo, indica que una vez que la administradora entrega el comprobante de solicitud de retiro al afiliado o beneficiario, desde esa fecha (incluida) comienza a regir el plazo para el pago de los fondos, que es de hasta 10 días hábiles. Si la solicitud fue aprobada, la AFP tiene el resto de los días hasta el décimo día hábil para pagar el retiro de los fondos.

Medios de Pago

Los fondos pueden ser transferidos de las siguientes maneras:

  • Transferencia a la cuenta de ahorro voluntario (Cuenta 2): Se realiza en la AFP donde se está efectuando el retiro. Si el afiliado no tiene una, se creará una automáticamente en la administradora en la que está realizando la solicitud.
  • Depósito en una cuenta bancaria: El afiliado debe ser el titular de la cuenta (corriente, vista o de ahorro). También se aceptan cuentas de instituciones financieras como cooperativas de ahorro y crédito. El solicitante del retiro deberá informar el número de cuenta, tipo de cuenta y nombre de la entidad.
  • Depósito en una cuenta de provisión de fondos: Disponible en cajas de compensación.

Retractación

En este proceso existe la posibilidad de retractarse, pero el afiliado o beneficiario debe comunicarlo a su AFP antes de recibir el primer pago.

Solicitudes Rechazadas

Cuando la solicitud de retiro de fondos es rechazada, la AFP debe explicar claramente al afiliado o beneficiario las razones del rechazo. De esta manera, la persona podrá corregir los errores o datos entregados, pero deberá ingresar una nueva solicitud.

Guía OFICIAL para solicitar el 8VO RETIRO | AFP INTEGRA 2025

Impacto en Otros Beneficios y Consideraciones

Comisiones y Descuentos

No, el retiro de los fondos no está afecto a ningún tipo de comisión o descuento.

Otros Beneficios Previsionales

La posibilidad de retirar los fondos de pensiones es un derecho excepcional que ha establecido la reforma constitucional aprobada por el Congreso y a quienes han hecho uso de ese derecho no les excluye de los otros beneficios previsionales. El retiro de los fondos de la cuenta de ahorro obligatorio no le excluye de solicitar los beneficios del Sistema de Pensiones Solidarias (SPS) como es, por ejemplo, la Pensión Básica Solidaria (PBS) y el Aporte Previsional Solidario (APS).

Inembargabilidad

No. La reforma constitucional establece que los fondos retirados se considerarán inembargables para todo efecto legal.

Impacto en la Pensión y Garantía Estatal

El retiro de los fondos de pensiones no afectará el número de períodos cotizados para el cálculo de pensión bajo la legislación chilena. Para los pensionados en retiro programado, el valor de su pensión depende, entre otras variables, de los fondos acumulados en su cuenta individual de cotizaciones obligatorias y de la tasa para el recálculo de la pensión. No se aplicará deducción. Si el saldo se agota antes por efecto del retiro de fondos, la Garantía Estatal se otorgará antes.

Bono por Hijo

Sí, se pueden retirar los fondos del bono por hijo.

Aporte Previsional Solidario de Invalidez (APSI)

Las personas pensionadas por invalidez en retiro programado y que, además, reciben APSI, al retirar saldo de su cuenta verán que el porcentaje que ellos financian con su saldo disminuirá.

Sistema de Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS)

El borrador no profundiza sobre el efecto en el SIS para empleadores e independientes ni si la tasa del SIS se vería afectada desde la próxima licitación, solo afirma que sí.

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