Derechos, protección y convivencia: Guía integral para el adulto mayor y su familia

En la actualidad, el envejecimiento poblacional es una realidad innegable a nivel global y nacional. Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), para el año 2050, el 22% de los habitantes del planeta tendrá más de 60 años, incluyendo a unos 400 millones de personas mayores de 80 años. En Chile, este fenómeno avanza a pasos agigantados: la proyección del Índice de Adultos Mayores (IAM) indica una transformación demográfica profunda, donde la población mayor de 60 años alcanzará cerca de 4 millones para el año 2025.

Gráfico comparativo del envejecimiento poblacional en Chile desde 1970 hasta las proyecciones 2025

El marco jurídico: Hacia un Derecho de la Ancianidad

A pesar de estas cifras, existe un vacío significativo: en Chile no hay una ley de protección integral al adulto mayor. Históricamente, el Derecho Internacional ha considerado al anciano como un especial sujeto de protección a través de diversos instrumentos como la Declaración Universal de Derechos Humanos (1948), los Principios de las Naciones Unidas en favor de las personas de edad (1991) y el Pacto de San José de Costa Rica (1969).

La necesidad de reconocer un "Derecho de la Ancianidad" permitiría abordar de manera integral los temas jurídicos de las personas de 60 años o más, obligando al Estado a prevenir el abuso, abandono, negligencia y maltrato. Actualmente, nuestra legislación menciona la ancianidad en el artículo 223 del Código Civil, que consagra el deber de asistencia y socorro, estableciendo que los hijos tienen la obligación legal de cuidar a sus padres en su ancianidad, estado de demencia o ante cualquier necesidad.

Propuesta legislativa y protección del Estado

Se propone una moción parlamentaria orientada a fortalecer la Ley N° 19.828, que creó el Servicio Nacional del Adulto Mayor (SENAMA). El objetivo es transformar el enfoque asistencialista hacia uno basado estrictamente en los derechos humanos. Los ejes fundamentales de esta reforma incluyen:

  • Fortalecimiento de SENAMA: Otorgar mayores atribuciones para denunciar abandonos y demandar a hijos que desatiendan a sus padres mayores.
  • Obligación de cuidado: Establecer visitas frecuentes y asegurar las necesidades financieras y espirituales de los adultos mayores como un deber legal sancionable.
  • Implementación del SAPAM: Crear el Sistema de Aseguramiento y Protección del Adulto Mayor para fiscalizar técnicamente los Establecimientos de Larga Estadía (ELEAM), elevando la regulación de un simple reglamento a una ley integral.
Esquema de las facultades propuestas para el nuevo sistema de supervisión (SAPAM)

Desafíos en el ámbito familiar y social

Las cifras del SENAMA revelan que el grueso del maltrato ocurre al interior del hogar. En 2015 se registraron cientos de casos de abandono, negligencia y maltrato psicológico. Aunque la responsabilidad primaria de atención recae en la familia, el Estado debe actuar de forma supletoria cuando esta falla o cuando se atenta contra la integridad del adulto mayor.

Consejos para una convivencia basada en el respeto

La comunicación y el trato cotidiano son fundamentales para dignificar la vejez. Para mejorar la relación entre adultos mayores e hijos, considere las siguientes recomendaciones:

  1. Sujetos de derechos: Ser adulto mayor no es sinónimo de fragilidad. Son personas activas y capaces de tomar sus propias decisiones.
  2. Evite el infantilismo: No trate al adulto mayor como un niño ni utilice términos como "abuelito" si no existe parentesco.
  3. Comunicación no verbal: Mantenga contacto visual, use un tono de voz tranquilo (sin gritar) y evite distracciones como el celular al conversar.
  4. Fomente la autonomía: Permita que colaboren en las tareas domésticas y mantengan actividades sociales, recreativas y de ocio.
  5. Aprendizaje constante: Estimule la curiosidad por nuevos oficios o pasatiempos, independientemente de la edad.

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